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Resolución 668 de 2018 Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV

Fecha de Expedición:
24/12/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/12/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6497 del 18 de febrero de 2019.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 668 DE 2018

 

(Diciembre 24)


Ver Resolución 453 de 2018

 

Por la cual se modifica la Resolución 453 del 19 de octubre de 2018 mediante la cual se dictan los lineamientos para la implementación del Plan Piloto del Teletrabajo en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV

 

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL

 

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el numeral 10 del artículo 19 del Acuerdo 10 de 2010 y el numeral 10 del artículo 2 del Acuerdo 11 de 2010, del Consejo Directivo de la UAERMV, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 1221 del 16 de julio de 2008, definió una nueva modalidad de empleo, regulando el teletrabajo como un instrumento de generación del empleo y autoempleo, mediante la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones (TIC).

 

Que mediante Decreto 884 del 30 de abril de 2012, se reglamentó la Ley 1221 de 2008, estableciendo las condiciones laborales especiales del teletrabajo que regirán las relaciones entre empleadores y teletrabajadores, que se desarrolle en el sector público y privado en relación de dependencia.

 

Que el Decreto Distrital 596 del 26 de diciembre de 2013, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá, dictó medidas para la aplicación del teletrabajo en organismos y entidades del Distrito Capital.

 

Que conforme a la facultad otorgada por el artículo 2 del Decreto 596 de 2013, la Dirección General, acatando la normativa expuesta, mediante Resolución No. 453 del 19 de octubre de 2018, dictó los lineamientos para la implementación del Plan Piloto del Teletrabajo en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.

 

Que el artículo 5 de la Resolución No. 453 del 19 de octubre de 2018, dispuso que la aplicación del plan piloto del teletrabajo en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial tendrá una duración de seis (6) meses a partir de diciembre de 2018 y el único parágrafo de esta disposición señaló que dicha fecha podría ser modificada cuando las circunstancias para la implementación de éste lo requieran.

 

Que la Entidad se encuentra en la etapa preliminar del proceso, que corresponde, entre otros, a la revisión de los posibles cargos teletrabajables, atendiendo lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 596 de 2013 y en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales; igualmente el análisis de los aspectos estratégicos, logísticos, presupuestales y jurídicos para la implementación del piloto.

 

Que la verificación y análisis de las actividades descritas en el considerando anterior, indispensables para la puesta en marcha de la prueba piloto del teletrabajo en la UAERMV, requiere la prórroga del plazo inicialmente previsto, por lo que se ampliará hasta el mes de abril de 2019, atendiendo, además, la recomendación del Comité Coordinador en la reunión del 20 de diciembre de 2018.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO.  MODIFÍQUESE el Artículo 5 de la Resolución No. 453 del 19 de octubre de 2018 “Por medio de la cual se dictan los lineamientos para la implementación del Plan Piloto del Teletrabajo en la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL - UAERMV”, el cual quedará así:

 

“Artículo 5. Prueba Piloto: La aplicación del plan piloto del teletrabajo en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UAERMV, tendrá una duración de seis (6) meses a partir de abril de 2019

 

PARÁGRAFO: La fecha prevista en el presente artículo para el inicio del plan piloto del teletrabajo, podrá ser modificada cuando las circunstancias para la implementación del mismo así lo requieran.”

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Los demás artículos de la Resolución 453 de 2018 no modificados se mantienen vigentes en todas sus partes.

 

ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de diciembre del año 2018.

 

ÁLVARO SANDOVAL REYES

 

Director General

 

Proyectó: Yiby Yajaira Carrascal Sanchez - P.E.Secretaría General/Proceso Talento Humano

Revisó: Luz Dary Castañeda Hernández/Jefe Oficina Asesora Jurídica.

Revisó: Martha Elisa Parra Téllez / Asesora Contratista.

Aprobó: Marcela Rocío Márquez Arenas / Secretaria General