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Resolución 001 de 2019 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD

Fecha de Expedición:
22/02/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/03/2019
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6507 del 04 de marzo de 2019
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 001 DE 2019

 

(Febrero 22)

 

Por la cual se fija el incremento salarial para la vigencia fiscal 2019, para los empleados públicos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD” – y se dictan otras disposiciones.

 

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE - IDRD En ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 7 del artículo 17 de la Resolución 005 de 1997, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por disposición de la Ley 489 de 1998, las entidades descentralizadas, tanto nacionales como distritales o municipales, se regulan por la Constitución, por las normas legales, por el acto de su creación y por los estatutos internos y, en virtud de la autonomía administrativa y presupuestal de la que gozan, corresponde a sus juntas directivas según lo previsto en sus estatutos, determinar la escala de remuneración correspondiente a sus empleados, sin que de modo alguno pueda sobrepasar los límites máximos de remuneración que señale el Gobierno Nacional, conforme a lo dispuesto por el artículo 12, parágrafo, de la Ley 4ª de 1992.

 

Que, en concordancia con lo anterior, el numeral 7 del artículo 17 de la resolución de Junta Directiva 005 de 1997, establece que son funciones de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Recreación y Deporte: “Adoptar la estructura orgánica del Instituto. Crear, suprimir, fusionar, clasificar y reestructurar dependencias y cargos de la entidad, sin generar con ello nuevas obligaciones presupuestales, adoptando las escalas, asignaciones y remuneraciones y determinar las funciones básicas de las distintas dependencias.” (Subrayado fuera de texto).

 

Que, en este orden, es importante resaltar que el Consejo de Estado- Sala de Consulta y Servicio Civil, mediante providencia del 18 de julio de 2012, con radicación 1393, señaló: “(…) 1. y 2. Las juntas directivas de las entidades descentralizadas del orden distrital tienen la potestad de fijar los emolumentos de sus empleados públicos, respetando el límite máximo salarial establecido por el gobierno mediante decreto 2714 de 2001. Las prestaciones y los factores salariales que se tienen en cuenta para efectos de su reconocimiento son los establecidos por el gobierno nacional conforme con la ley.”

 

Que el Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, con radicación interna 2348 del 11 de julio de 2017, al resolver la consulta a través del Ministerio del Interior, sobre la competencia del Concejo de Bogotá para fijar las escalas salariales de entidades distritales descentralizadas textualmente respondió: “(…) El Concejo de Bogotá, no es competente para expedir acuerdos por medio de los cuales se fijen escalas salariales de entidades descentralizadas distritales, (…), puesto que solamente le compete fijar las de la administración central.

 

Para el caso de las entidades descentralizadas distritales, son las respectivas juntas directivas las llamadas a fijar las escalas de remuneración. (…)”

 

Que el Decreto Distrital 826 de 2018 “Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo 728 del 26 de diciembre de 2018, expedido por el Concejo de Bogotá” en su artículo 13º, contempla que la junta o consejo directivo de las entidades descentralizadas, definirán con base en la Circular Conjunta expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital –DASCD-, el incremento salarial de sus empleados públicos, previo concepto favorable del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital -DASCD-.

 

Que en virtud de lo anterior, se profirió la Circular Conjunta No. 001 de 23 de enero de 2019, por la Secretaría Distrital de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, en la que imparten los lineamientos para el Incremento Salarial de los empleados públicos distritales para la vigencia 2019, fijando un porcentaje del 4.38% de incremento salarial para las entidades descentralizadas del orden distrital, correspondiente al 3.18% cifra de inflación certificada por el DANE para la vigencia 2018, más 1.2% adicional, en cumplimiento de los compromisos pactados entre la Administración Distrital y las organizaciones sindicales, en observancia del Decreto Nacional No. 160 de 2014, tal como consta en el Acta del Acuerdo Laboral suscrita el 12 de julio de 2018.

 

Que de acuerdo con el parágrafo del artículo 12 de la Ley 4ª de 1992, al Gobierno Nacional le corresponde señalar el límite máximo salarial de los servidores públicos de las entidades territoriales, guardando equivalencias con cargos similares en el orden nacional.

 

Que, en consecuencia, el Incremento Salarial para los empleados públicos distritales se debe efectuar dentro de los límites máximos fijados por el Gobierno Nacional, en el artículo 7 del Decreto No. 309 de 2018, de la siguiente manera:

 

NIVEL JERARQUICO

LIMITE SALARIAL MENSUAL

Directivo

$13.152.443

Asesor

$10.513.161

Profesional

$  7.344.289

Técnico

$  2.722.574

Asistencial

$  2.695.559

 

Que en el presupuesto correspondiente al año 2019, para el Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD - cuenta con la apropiación necesaria para garantizar el pago de las sumas derivadas de la aplicación de la presente Resolución, conforme a la certificación expedida por el Profesional Especializado, Código 222, Grado 10, responsable del Área Presupuesto.

 

Que mediante oficio 2019EE401 O1 de fecha 13 de febrero de 2019, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto técnico a la propuesta de incremento salarial de los empleados públicos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD, para la vigencia 2019.

 

Que la Junta Directiva del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD, en sesión y Acta No. 1 del 22 de febrero de 2019, consideró y aprobó el incremento salarial para los empleados públicos de la entidad.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. - ASIGNACIÓNES BÁSICAS. Fijar a partir del 1º de enero de 2019, el incremento salarial del 4.38% en la asignación básica mensual para las diferentes categorías de empleos públicos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD - así:

 

NIVEL

DIRECTIVO

ASESOR

PROFESIONAL

TÉCNICO

ASISTENCIAL

01

5.767.927

4.515.014

3.426.031

 

1.376.237

02

7.097.691

5.101.910

3.451.103

2.233.178

1.485.343

03

7.288.209

5.767.927

3.500.488

2.307.682

1.541.779

04

9.111.474

6.052.079

3.660.192

 

 

05

 

 

4.199.721

2.484.216

1.773.374

06

 

 

4.367.399

2.628.063

1.830.852

07

 

 

4.761.702

2.693.565

 

08

 

 

5.077.104

 

1.888.329

09

 

 

5.173.783

 

2.085.386

10

 

 

5.230.684

2.722.574

2.233.178

11

 

 

6.056.113

 

2.397.395

 

PARÁGRAFO 1°.- Para las asignaciones básicas de los niveles que trata el presente artículo, la primera columna fija los grados salariales correspondientes a las diferentes denominaciones de empleos, las siguientes columnas comprenden las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel respectivo a los empleos de carácter permanente y de tiempo completo.

 

PARÁGRAFO 2º.- Una vez el Gobierno Nacional fije los límites máximos salariales correspondientes a la vigencia 2019, de los empleados públicos del nivel territorial, se deberá reajustará la asignación básica correspondiente al grado salarial 10 del Nivel Técnico, sin que de ninguna manera se superen dichos límites. Dicha modificación debe ser realizada mediante resolución de Junta Directiva, previo concepto técnico favorable emitido por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.


Ver Resolución 002 de 2019.


ARTÍCULO 2°.- ASIGNACIÓNES BÁSICAS. PLANTA TRANSITORIA. Fijar a partir del 1º. de enero de 2019, el incremento del 4.38% en la asignación básica de la planta transitoria del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD, – así:

 

 

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

ASIGNACIÓN BÁSICA MENSUAL 2018

INCREMENTO 2019

ASIGNACIÓN BÁSICA MENSUAL 2019

Auxiliar Administrativo

5120

22

2.128.584

4,38%

2.221.816

Técnico Administrativo

4065

12

2.106.678

4,38%

2.198.951

Operario Calificado

5300

13

1.593.460

4,38%

1.663.254

Auxiliar de Servicios Generales

5335

7

1.074.092

4,38%

1.121.138

Operario Calificado

5300

11

1.436.323

4,38%

1.499.234

Auxiliar Administrativo

5120

9

1.210.679

4,38%

1.263.707

Operario Calificado

5300

9

1.210.679

4,38%

1.263.707

 

 

ARTÍCULO 3°. SUBSIDIO DE ALIMENTACIÓN Y AUXILIO DE TRANSPORTE. A los Servidores Públicos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD–, a quienes se les aplica la presente resolución, se les reconocerá y pagará el auxilio de transporte y el subsidio de alimentación en los términos decretados por el Gobierno Nacional, para los Empleados Públicos de la Rama Ejecutiva del orden Nacional.

 

ARTÍCULO 4°. COMUNICACIÓN. Comunicar el contenido del presente acto administrativo al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD.

 

ARTÍCULO 5°. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero del año dos mil diecinueve 2019.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes febrero del año 2019.

 

MARÍA CLAUDIA LÓPEZ SORZANO

 

Presidenta

 

LUZ PATRICIA CAMELO URREGO

 

Secretaria