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Resolución 503 de 2018 Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A

Fecha de Expedición:
10/08/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/08/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6375 del 21 de agosto de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 503 DE 2018

 

(Agosto 10)


Derogada por el art. 2, Resolución 053 de 2019. Transmilenio

 

Por la cual se modifica el Manual de gestión para el desarrollo (M-DA-006)

 

EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA  DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE  TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO  “TRANSMILENIO S.A.”,

 

En ejercicio de sus facultades conferidas mediante la Resolución 143 del 2 de marzo de 2016, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con lo señalado en el artículo segundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANSMILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.

 

Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A.

 

Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público, considera necesario actualizar los Manuales de Procedimientos de las diferentes dependencias de la Entidad, con el objeto de ajustarlos a los nuevos parámetros documentales, necesidades y desarrollo del Sistema.

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°: Modificar y adoptar el siguiente documento con la versión registrada a continuación:

 

Código

Versión

Nombre

M-DA-006

2

Manual de la gestión para el desarrollo

 

ARTÍCULO 2°: Derogar totalmente la Resolución 677 del 10 de noviembre de 2016, donde se modificó y adoptó el documento M-DA-006 “Manual de la gestión para el desarrollo”, versión uno (1).

 

ARTÍCULO 3°: La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C. a los 10 días del mes de agosto del año 2018.

 

SOFÍA ZARAMA VALENZUELA

 

Jefe de Oficina Asesora de Planeación