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RESOLUCIÓN
106 DE 2019 (Febrero 20) Por el cual se adopta el Sistema Tipo de
Evaluación de Desempeño Laboral de los funcionarios de Carrera Administrativa y
en Período de Prueba del Instituto Distrital de Recreación y Deporte EL
DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE – IDRD En
ejercicio de las facultades legales, en especial las establecidas en la Ley 909
de 2004 y, CONSIDERANDO: Que
la Constitución Política de Colombia en el artículo 125, establece que los
empleos en los órganos y entidades del Estado sonde carrera; así mismo, el
ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los mismos, se harán previo
cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar
los méritos y calidades de los aspirantes. En el mismo artículo se indica, que
el retiro se hará; por calificación no satisfactoria en el desempeño del empleo;
por violación del régimen disciplinario y por las demás causales previstas en
la Constitución o la ley, como causal del retiro del servicio, entre otros, la
calificación definitiva y en forme en el nivel no satisfactorio en el desempeño
del empleo. Que
el artículo 38 de la Ley 909 de 2008 “Por la cual se expiden normas que regulan
el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras
disposiciones”, establece que: “(…) El desempeño laboral de los empleados de
carrera administrativa deberá ser evaluado y calificado con base en parámetros
previamente establecidos que permitan fundamentar un juicio objetivo sobre su
conducta laboral y sus aportes al cumplimiento de las metas institucionales. A
tal efecto, los instrumentos para la evaluación y calificación del desempeño de
los empleados se diseñarán en función de las metas institucionales (…)”. Que
el artículo 39 de la citada Ley, señala que: ”(…) Los
empleados que sean responsables de evaluar el desempeño laboral del personal,
entre quienes, en todo caso, habrá un funcionario de libre nombramiento y
remoción, deberán hacerlo siguiendo la metodología contenida en el instrumento
y en los términos que señale el reglamento que para el efecto se expida. El
incumplimiento de este deber constituye falta grave y será sancionable
disciplinariamente, sin perjuicio de que se cumpla con la obligación de evaluar
y aplicar rigurosamente el procedimiento señalado (…)”. Que
el artículo 40 Ibidem, señala: “Instrumentos de
evaluación. De acuerdo con los criterios establecidos en esta ley y en las
directrices de la Comisión Nacional del Servicio Civil, las entidades
desarrollarán sus sistemas de evaluación del desempeño y los presentarán para
aprobación de esta Comisión. Es
responsabilidad del jefe de cada organismo la adopción de un sistema de
evaluación acorde con los criterios legalmente establecidos. No adoptarlo o no
ajustarse a tales criterios constituye falta disciplinaria grave para el
directivo responsable. La
Comisión Nacional del Servicio Civil desarrollará un sistema de evaluación del
desempeño como sistema tipo, que deberá ser adoptado por las entidades mientras
desarrollan sus propios sistemas (…)”. Que
la Comisión Nacional del Servicio Civil- CNSC expidió el Acuerdo No. 6176 del
10 de octubre de 2018 (radicado CNSC 20181000006176), “Por el cual se establece
el Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral de los Empleados Públicos de
Carrera Administrativa y en Período de Prueba”, deroga el Acuerdo 565 de 2016 y
establece que las disposiciones del Nuevo Sistema Tipo, entrarán en vigencia a
partir del período anual u ordinario de Evaluación del Desempeño Laboral que
inicia el 1° de febrero de 2019. Que
las condiciones técnicas de la evaluación del desempeño laboral se encuentran
contenidas en el documento denominado: “Anexo técnico sistema tipo de
evaluación del desempeño laboral de los empleados públicos de carrera
administrativa y en período de prueba”, el cual hace parte del Acuerdo No. 6176
de 2018 (radicado CNSC 20181000006176). Que
como quiera que el Instituto Distrital de Recreación y el Deporte -IDRD, no
tiene implementado su propio Sistema de Evaluación del Desempeño Laboral para
los funcionarios de carrera administrativa y en período de prueba, se hace
necesario adoptar por excepción las reglas previstas en el Acuerdo 6176 de
2018, expedido por la Comisión Nacional del Servicio Civil. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1. Adoptar el Sistema
Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral - SEDEL en su integridad en el
Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD, establecido mediante el
Acuerdo No. 6176 de 2018 (radicado CNSC 20181000006176), proferido por la
Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, para el período anual u ordinario
de evaluación que inicia el 1 de febrero de 2019. PARÁGRAFO 1º: Las condiciones del
Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral se encuentran establecidas en
el “ANEXO TÉCNICO DEL SISTEMA TIPO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO LABORAL DE LOS
EMPLEADOS PÚBLICOS DE CARRERA ADMINISTRATIVA Y EN PERÍODO DE PRUEBA”, el cual
hace parte integral del Acuerdo No. 6176 de 2018 (radicado CNSC
20181000006176). ARTÍCULO 2. Vigencia y
Derogatoria:
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la
Resolución 114 del 20 de junio de 2017. PUBLÍQUESE,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en
Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de febrero del año 2019. PEDRO
ORLANDO MOLANO PÉREZ Director General |