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RESOLUCIÓN 267 DE 1999 (agosto 9) por la cual se delega unas facultades en el Director de la Oficina Jurídica de la Secretaría de Tránsito y Transporte de Santa Fe de Bogotá, D.C., El Secretario de Tránsito y Transporte de Santa Fe de Bogotá, D.C., y Director Ejecutivo del FONDATT en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Constitución Política Nacional artículo 211, Decreto Ley 1421 de 1993, Decreto Distrital 1023 de 1997 y Ley 489 de 1998. CONSIDERANDO: Que la Constitución Política Nacional, establece las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras dependencias asuntos propios de sus facultades o de su competencia, que así mismo preceptúa que la delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente. Que el Decreto Ley 1421 de 1993 consagra en unos de sus apartes, el Alcalde Mayor, los Secretarios del Despacho y los Jefes de Departamento Administrativo, y en cada caso particular el Alcalde y el Secretario o Jefe de Departamento Administrativo correspondiente, constituyen el Gobierno Distrital. Que el Decreto 1023 de 1997, por el cual se reestructura la Secretaría de Tránsito y Transporte de Bogotá, determina las funciones a cargo del despacho del Secretario de igual forma lo faculta a expedir los actos administrativos propios de la Secretaría que correspondan a su naturaleza, así como realizar las acciones y gestiones necesarias que permitan asegurar el cumplimiento de la misión y los objetivos de la Secretaría. Que la Ley 489 de 1998, por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones, establece las autoridades administrativas en virtud de lo dispuesto en la Constitución y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras dependencias con funciones afines o complementarias. Que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones, y para el caso en comento se hace necesario delegar en el Director de la Oficina Jurídica de la Secretaría para que tramíte, conteste e impugne en nombre y representación del Secretario de Tránsito y Transporte del Distrito Capital, las acciones de tutela, acciones de cumplimiento y derechos de petición que en razón de su naturaleza sean de su competencia. Habida consideración de lo anteriormente expuesto el señor Secretario de Tránsito y Transporte D.C., en uso de sus facultades constitucionales y legales.
RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en el Director de la Oficina Jurídica para que en nombre y representación de la Secretaría, tramíte, conteste e impugne las acciones de tutela, acciones de cumplimiento y derechos de petición que sean de competencia de este Despacho. Artículo 2º.- Las peticiones que por su esencia correspondan a otras dependencias, sus respuestas serán de los titulares correspondientes. Artículo 3º.- Comunicar el presente acto administrativo al interesado para su conocimiento y fines pertinentes. Dada en Santa Fe de Bogotá D.C., a 9 de agosto de 1999. Comuníquese y cúmplase. El Secretario de Tránsito y Transporte, ALEJANDRO RUEDA SERBOUSEK. NOTA: La presente Resolución aparece publicada en el Registro Distrital No. 1959 de agosto 11 de 1999.
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