| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
CIRCULAR
DDT - 003 DE 2019 (Marzo 27) PARA: Ordenadores del Gasto,
Responsables del Presupuesto, Responsables Financieros, Administrativos y
Contables; Tesoreros de las entidades que conforman la Administración Central;
Concejo de Bogotá, Personería Distrital Veeduría Distrital, Departamento Administrativo
del Servicio Civil, Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio
Público, Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos, Contraloría
de Bogotá, Ente Autónomo Universitario, Fondos de Desarrollo Local,
Establecimientos Públicos, Transmilenio, Personas Naturales y Personas
Jurídicas. DE: Tesorero Distrital ASUNTO: Modificaciones en el
recaudo de "Conceptos Varios" en moneda legal para Ingresos No
Tributarios. Mediante
la presente informamos las modificaciones que la Dirección Distrital de
Tesorería — DDT efectuó al recaudo de conceptos varios para Ingresos No
Tributarios, así como las instrucciones que para ese efecto deberán observar
las entidades destinatarias. En
resumen, el recaudo de conceptos varios por Ingresos No Tributarios se
efectuará a través de formatos con código de barras, cuyo pago podrá efectuarse
en efectivo o cheque girado a favor de la DDT en la(s) entidad(es)
financiera(s) recaudadora(s) autorizada(s). Con
este cambio, orientado al mejoramiento continuo y simplificación del servicio
de recaudo, se elimina la necesidad de desplazamiento hasta la Ventanilla de
Tesorería ubicada en el Supercade CAD y se garantiza una información más
detallada, oportuna, completa y veraz que permitirá a la DDT optimizar la
legalización de los Ingresos No Tributarios recaudados. Al
respecto, las entidades destinatarias observarán las siguientes instrucciones: 1.
Instrucciones que deberán observar las
entidades de la Administración Central Distrital, así como sus organismos
adscritos y los Fondos de Desarrollo Local: Estas
entidades serán las responsables de expedir y entregar a los interesados los
formatos de conceptos varios con código de barras, los cuales serán generados
mediante el sistema de información que disponga la Secretaría Distrital de
Hacienda. Creación
de Usuarios y Claves de Acceso: Dichas entidades deberán solicitar a la DDT la
creación de los usuarios y claves de acceso al aplicativo que permitirá a los
servidores públicos autorizados generar los formatos de conceptos varios con
código de barras. Para tal fin, cada entidad deberá diligenciar correcta y
completamente el formato Excel - Anexo No. 1 a la presente circular y remitirlo
a la dirección electrónica reciboscodiqodebarrasDDT@shd.gov.co. Capacitación:
Una vez sean creados los usuarios y claves, la DDT brindará capacitación sobre
el uso del aplicativo para generar los formatos de conceptos varios con código
de barras y seguidamente se habilitarán en el sistema de información los
conceptos de ingreso de manejo exclusivo de cada entidad. Sobre
este nuevo procedimiento es importante precisar: Novedades
Administrativas: Para la asignación de servidores públicos autorizados en cada Correcto
diligenciamiento del Formato de Conceptos Varios con Código de Barras: Se
requiere el correcto y completo diligenciamiento de todos los campos que
componen este Formato así: • Nombre del tercero que requiere efectuar el
pago. • Tipo y número de identificación del tercero que
requiere efectuar el pago. • Concepto del ingreso. • Valor del pago. • Observaciones específicas (Ejemplo: Número del
Acto Administrativo, Mes y Año del Pago del Concepto, Número de la Orden de
Pago o del Proceso, Beneficiario del Reintegro, Cantidad de SMLMV, etc.). En
este punto solicitamos la mayor responsabilidad y compromiso para evitar
errores que generen posteriores ajustes, reprocesos y/o demoras en la DDT, en
cuanto al proceso de legalización de los dineros recaudados en la(s)
entidad(es) financiera(s). Vigencia
del Formato: Los formatos de conceptos varios con código de barras tienen una
vigencia de 5 días calendario posteriores a su generación, lo que implica que
pasado ese plazo ya no será posible efectuar el pago con el mismo formato en
la(s) entidad(es) financiera(s) recaudadora(s); en consecuencia, deberá
generarse un nuevo formato. Correcta
impresión del Formato: Los formatos de conceptos varios con código de barras
deben ser generados en impresora láser, para garantizar la correcta lectura por
parte de la(s) entidad(es) financiera(s) recaudadora(s). 2.
Instrucciones que deberán observar las demás
entidades destinatarias de la presente circular: Estas
entidades serán las responsables de diligenciar en forma correcta y completa el
"Formato para el Recaudo de Conceptos Varios" - formato PDF adjunto a
la presente circular - Anexo No. 2. El
'Formato para el Recaudo de Conceptos Varios" deberá diligenciarse en
forma separada, un formato por cada uno de los conceptos que solicite cada
interesado en efectuar un pago a favor de la DDT. Una
vez diligenciado el mencionado formato, deberá enviarse escaneado y legible a
la dirección electrónica reciboscodiqodebarrasDDT@shd.qov.co. Una
vez dicho formato se reciba en la DDT y se verifique su completo y correcto
diligenciamiento, la DDT remitirá a la entidad por correo electrónico, el
formato de conceptos varios con código de barras. Tan
pronto la entidad reciba el formato de conceptos varios con código de barras,
procederá a imprimirlo y entregarlo al solicitante, quien deberá proceder a su
pago oportuno. Los
formatos de conceptos varios con código de barras tienen una vigencia de 5 días
calendario posteriores a su generación, lo que implica que pasado ese plazo ya
no será posible efectuar el pago con el mismo formato en la(s) entidad(es)
financiera(s) recaudadora(s); en consecuencia, deberá generarse un nuevo
formato. Los
formatos de conceptos varios con código de barras deben ser generados en
impresora láser, para garantizar la correcta lectura por parte de la(s)
entidad(es) financiera(s) recaudadora(s). 3. Inicio de
la vigencia del nuevo procedimiento de recaudo: El
procedimiento aquí descrito comenzará a operar a partir del día hábil siguiente
a la fecha de expedición de la presente circular. 4. Consideraciones
finales: Solicitamos
dar estricto cumplimiento a las instrucciones y plazos aquí establecidos, para
garantizar el éxito en la implementación de este nuevo procedimiento de recaudo. La
DDT procederá al cierre de la cuenta de ahorros No. 256-83514-1 del Banco de
Occidente, lo que implica que todos los conceptos varios en moneda legal
correspondientes a Ingresos No Tributarios se recibirán únicamente mediante
formatos con código de barras. A
partir del 1 de abril de 2019 la DDT cerrará la Ventanilla de Recaudo de
Conceptos Varios del Supercade CAD, en donde actualmente se atiende a la
ciudadanía. Para
atender cualquier inquietud sobre el contenido de la presente circular, pueden
dirigir sus consultas a la dirección electrónica reciboscodiqodebarrasDDT@shd.qov.co. FELIPE
ANGEL CARVAJAL Tesorero Distrital |