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RESOLUCIÓN 2275 DE 2019
(Junio 11)
Por medio de la cual se modifica la Resolución número 1638 del 7 de mayo de 2019 “Por la cual se constituyen los Tribunales Seccionales de Garantías y Vigilancia Electoral”
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL,
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por los numerales 1, 4 y 6 del artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el artículo 12 del Acto Legislativo número 01 de 2009 y el artículo 39 de la Ley 130 de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Nacional Electoral en virtud de lo dispuesto en los numerales 1, 4 y 6 del artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el artículo 12 del Acto Legislativo número 01 de 2009, y los artículos 7° de la Ley 62 de 1988, 3° del Decreto número 2547 de 1989, 39 inciso segundo del literal a) de la Ley 130 de 1994, y 26 numeral 22 del Código Electoral, dispuso mediante Resolución número 1638 del 7 de mayo de 2019, la constitución de Tribunales Seccionales de Garantías y Vigilancia Electoral;
Que en el citado acto administrativo se estableció que los Tribunales Seccionales de Garantías y Vigilancia Electoral, funcionarán en todos los departamentos del país desde el 15 de junio y hasta el 15 de noviembre de 2019;
Que el Consejo Nacional Electoral, por cuestiones de logística, y con la finalidad de garantizar el correcto desarrollo de las actividades preventivas que permitan identificar posibles amenazas al proceso electoral, considera necesario modificar el periodo de funcionamiento de los Tribunales Seccionales de Garantías y Vigilancia Electoral; En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE:
Artículo 1°. Modifíquese el artículo primero de la Resolución 1638 de 2019, el cual quedará así:
Artículo 1°. Constitución. Constitúyanse los Tribunales Seccionales de Garantías y Vigilancia Electoral, que funcionarán en todos los departamentos del país, incluido el Distrito Capital, desde el 2 de julio y hasta el 30 de noviembre de 2019.
Artículo 2°. Modifíquese el parágrafo del artículo sexto de la Resolución 1638 de 2019, el cual quedará así:
Parágrafo. Los miembros de los Tribunales Seccionales de Garantías y Vigilancia Electoral, tendrán la calidad de servidores públicos de carácter especial, y ejercerán funciones públicas desde el 2 de julio y hasta el 30 de noviembre de 2019, sin sujeción a jornada laboral.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Se expide en Bogotá, D. C, a los 11 días del mes de junio del año 2019.
El Presidente,
HERIBERTO SANABRIA ASTUDILLO.
El Vicepresidente,
PEDRO FELIPE GUTIÉRREZ SIERRA.
(C. F.). |