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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 027 DE 2003 (Mayo 6) Subrogada por la Resolución de la Contraloría Distrital 046 de 2005, en cuanto se refiere al Proceso de Gestión de Recursos Físicos y Financieros. Por la cual se adoptan los procedimientos relacionados con el Proceso de Gestión de Recursos Físicos y Financieros de la Contraloría de Bogotá, D.C. EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C. En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001; y CONSIDERANDO De conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 "Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones", se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos, así como, la simplificación y actualización de normas y procedimientos.Que el artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001 del Concejo de Bogotá, D. C., "Por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá D.C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones", fija la estructura organizacional de la Contraloría de Bogotá, D.C. y faculta al Contralor de Bogotá, D. C. para establecer y reglamentar la organización interna, la forma de ejercer las funciones a su cargo y el funcionamiento de la Entidad, en armonía con los principios consagrados en la Constitución, la Ley y los Acuerdos. Que el numeral 13 del artículo 42 ibídem, consagra como una de las funciones de la Dirección de Planeación, "Elaborar y actualizar el manual de procedimientos de la Contraloría en coordinación con las demás dependencias". Que de acuerdo con el artículo 45 ídem la Dirección Administrativa y Financiera debe proponer las políticas, planes y programas relacionados con la gestión de recursos físicos y financieros que se deban desarrollar para el buen funcionamiento de la Entidad. Que se requiere contar con un documento que oriente las actividades y operaciones para una mejor administración de los recursos físicos y financieros por parte de la Subdirección de Recursos Materiales y demás actividades relacionadas con esta materia. Que la racionalización de los trámites, métodos y procedimientos se constituye en una herramienta fundamental para el sistema de gestión de la calidad y el mejoramiento de la Función pública, al facilitar el cumplimiento de las funciones y objetivos institucionales, la delimitación de responsabilidades, la inducción del empleado en su puesto de trabajo, la definición de controles internos y el desarrollo de los sistemas de información en los procesos misionales y administrativos de la Entidad. Que para la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad se requiere adoptar procedimientos relacionados con la gestión de los recursos físicos y financieros de la Entidad. Que en la Resolución Reglamentaria No. 009 de 24 de Febrero de 2003, se consideraron las actividades que conforman los procedimientos, de manera global. Que se hace necesario actualizar la Resolución, para la coordinación en las actividades diarias de estás áreas y contribuir así al mejoramiento Institucional. Que los procedimientos que se adoptan fueron actualizados y ajustados con la normatividad vigente. RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar los siguientes procedimientos relacionados con el Proceso de Gestión de Recursos Físicos y Financieros versión 2.0, los cuales están incorporados a este acto administrativo para todos los efectos legales: 1. Procedimiento de Compras Versión 2.0 2. Procedimiento de Gestión Ambiente de Trabajo Versión 2.0 3. Procedimiento de Gestión de Infraestructura Versión 2.0 ARTÍCULO SEGUNDO. Es responsabilidad de la Dirección de Planeación en coordinación con la Dirección Administrativa y Financiera la actualización de los procedimientos adoptados. ARTÍCULO TERCERO. Es responsabilidad del Director Administrativo, velar por la administración, divulgación y mejoramiento de los procedimientos adoptados. ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las Resoluciones Reglamentarias 028 de 1995, 017 de 1998, 026 de 2002, 037 de 1.994, 001 de 2000 y 009 de 2003 y las demás que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D. C. a los seis (6) días del mes de mayo de dos mil tres (2003) JUAN ANTONIO NIETO ESCALANTE Contralor de Bogotá, D.C. Nota: Publicado en el Registro Distrital 2866 de Mayo 9 de 2003. |