| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
DIRECTIVA OPERATIVA PERMANENTE 20/20.1 003 / DIPON - INSGE -23.1 DE 2013
(Julio 11)
Parámetros de actuación policial para el despliegue de la Estrategia de Protección a Poblaciones Vulneradas – Espov.
I. OBJETO Y ALCANCE
A. FINALIDAD
Fijar criterios y establecer pautas para asegurar el despliegue operativo integral de la Estrategia de Protección a Poblaciones Vulnerables, conforme a la política institucional y del Gobierno Nacional en materia de promoción y protección de los Derechos Humanos.
B. REFERENCIAS
1. Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la Resolución 217 A (III) del IO de diciembre de 1948.
2. Constitución Política de Colombia.
3. Ley 74 de diciembre 26 de 1968 por la cual se aprueban los "Pactos Internacionales de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de Derechos Civiles y Políticos, así como el Protocolo Facultativo de este último, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en votación Unánime, en Nueva York, el 16 de diciembre de 1966"
4. Ley 16 de diciembre 30 de 1972 por medio de la cual se aprueba la Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José de Costa Rica", firmado en San José, Costa Rica, el 22 de noviembre de 1969".
5. Ley 26 de septiembre 15 de 1976 "Por la cual se aprueba el Convenio Internacional del Trabajo, relativo a la Libertad Sindical y a la Protección del Derecho de Sindicación, adoptado por la Trigésima primera reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo (Ginebra 1948)".
6.
Ley 22 de enero 22 de 1981 Por medio de la cual se aprueba "La Convención
Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación
Racial", adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en
Resolución 2106 (XX) del 21 de diciembre de 1965, y abierta a la firma el 7 de
marzo de 1966
7. Ley 62 de agosto 12 de 1993 "Por la cual se expiden normas sobre la Policía Nacional, se crea un establecimiento público de seguridad social y Bienestar para la Policía Nacional se crea la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y se reviste de facultades extraordinarias al presidente de la República.
8. Ley 248 de diciembre 29 de 1995 "Por medio de la cual se aprueba la Convención Internacional para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, suscrita en la ciudad de Belem Do Para, Brasil, el 9 de junio de 1994".
9. Ley 1257 de 2008 "Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los códigos penal y de procedimiento penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones”.
10. Decreto 1737 de mayo 19 de 2010 "Por el cual se modifica el Programa de Protección para Víctimas y Testigos de la Ley 975 de 2005, creado mediante el Decreto 3570 de 2007"
11.
Decreto 4912 de diciembre 26 de 2011 "Por el cual se organiza el Programa
de Prevención y
12.
Decreto 1225 de junio 12 de 2012 "Por el cual se modifica y adiciona
parcialmente el Decreto 4912 del 26 de diciembre de 2011 13. Decreto 2734 de diciembre 27 de 2012 "Por el cual se reglamenta las medidas de atención a las mujeres víctimas de la violencia”.
14 Resolución 00669 del 09 de marzo de 2011, "Por la cual se crea el Consejo Asesor de Derechos Humanos y el Consejo Táctico Asesor de Derechos Humanos en la Policía Nacional".
15.
Directiva Permanente 010 del 15 de junio de 2007 "Reconocimiento,
prevención y protección a comunidades negras, afrocolombianas, raizales y
palenqueras'
16.
Directiva Permanente 015 del 26 de julio de 2007 "Protocolo para la
valoración de los aspectos de seguridad por parte de la Policía Nacional en los
procesos de retorno o reubicación de la población en situación de
desplazamiento forzado por la violencia" 17. Directiva Administrativa Permanente 013 del 07 de octubre de 2008 "Consolidación y fortalecimiento de la Ética Pública Integridad Policial".
18. Directiva Administrativa Permanente 006 del 24 de febrero de 2010 "Garantías y respeto a los derechos de la comunidad LGBT".
19. Directiva Administrativa Permanente 025 del 20 de agosto de 2010 "Interlocución y apoyo a los Defensores de Derechos Humanos".
20.
Directiva Administrativa Permanente 012 del 07 de abril de 2011
"Desarrollo de las líneas de acción de la política de Derechos Humanos en
la Policía Nacional
21. Tomo 7.1 Derechos Humanos en la Policía Nacional y Tomo 7.2 Protección de los Derechos Humanos en el servicio de Policía.
22. Lineamiento de Política 7 GERENCIA DEL SERVICIO con trabajo en equipo para la sostenibilidad y proyección institucional.
C. VIGENCIA
A partir de la fecha de expedición y de carácter permanente. ll. INFORMACIÓN
Dando alcance a las políticas públicas del Gobierno Nacional en materia de promoción, garantía y protección de los Derechos Humanos, la Política Nacional de Convivencia y Seguridad Ciudadana, y en el marco del Plan Integral Policial para la Seguridad del Ciudadano "Corazón Verde" la Policía Nacional diseñó la Estrategia de Protección a Poblaciones Vulnerables -ESPOV, reconociendo la importancia de asegurar acciones de prevención, control e investigación, que aseguren los sujetos y grupos poblacionales que han sido definidos sujetos de especial protección constitucional.
La estratega en coherencia con las problemáticas coyunturales en materia de Derechos Humanos, ha priorizado seis grupos poblacionales con mayor demanda de acciones institucionales, así: líderes sindicales, sociales y ONG'S de Derechos Humanos; indígenas; población LGBTI mujeres; Afrodescendientes y desplazados.
Por Io anterior, la estrategia busca la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades individuales y colectivas de los grupos enunciados, estableciendo para ello la medición de la atención oportuna de las alertas de riesgo que se generen por hechos de violencia y amenaza contra los mismos; así mismo, mitigar el índice de homicidios y lesiones asociados a su condición, tema de trascendencia nacional e internacional por la obligación de la institucionalidad y el Estado en la protección de los derechos de minorías.
Cabe señalar que en armonía con la implementación por parte del Gobierno Nacional de una politica pública para la protección de los derechos de la mujer víctima de la violencia, la estrategia ESPOV contempla la adopción de acciones de prevención, atención, protección y acceso a la justicia.
Para el logro de los objetivos propuestos y dinamizar la operacionalizacion de la estrategia, concurre el desarrollo de siete componentes:
1. Formación: comprende el desarrollo de actividades de capacitación curriculares y extracurriculares en los procesos de formación y entrenamiento policial, con un enfoque especializado que garantice el conocimiento del marco normativo nacional e internacional para la protección de poblaciones vulnerables.
2. Interlocución: se considera como la iniciativa en la proyección y desarrollo de actividades de diálogo franco y directo con los representantes de los grupos poblacionales para atender sus necesidades y expectativas frente al servicio de policía alcanzando legitimidad.
3. Atención policial: conlleva a brindar el servicio oportuno con las unidades básicas de policía, las especialidades y sus programas para atender los casos y situaciones críticas de las poblaciones vulnerables de acuerdo con sus problemáticas en cada jurisdicción.
4. Investigación criminal: el desarrollo de este componente es la respuesta institucional en la lucha contra la impunidad por hechos de violencia y amenazas contra los defensores de Derechos Humanos y minorías, demandando de las unidades policiales la destinación de investigadores, la articulación del trabajo en la materia y el impulso de investigaciones con la Fiscalía General de la Nación.
5. Capacidades institucionales: la gestión de las direcciones y sus unidades desconcentradas tiene como eje principal la promoción y el respeto de los Derechos Humanos, impactando en cada proyecto y su resultado la garantía de los mismos; por tal razón, la articulación de sus acciones es fundamental para la protección de las poblaciones vulnerables.
6. Coordinación interagencial: el tema de Derechos Humanos es un tema de agenda política nacional e internacional que requiere la coordinación de acciones con las autoridades político administrativas, autoridades judiciales y los delegados de organismos internacionales, en cada región que cumplen mandato de observación para evaluar la situación de Derechos Humanos en Colombia.
7.
Integridad policial:
la prevención y cero tolerancia a violaciones de Derechos Humanos es el
componente que desarrolla a través de las inspecciones delegadas, oficinas de
Control Disciplinario Interno y coordinaciones de Derechos Humanos con
fundamento en las acciones determinadas para el despliegue del proceso de
Integridad Policial III. EJECUCIÓN
A. MISIÓN GENERAL
Corresponde a la Dirección General de la Policía Nacional impartir órdenes, instrucciones y asignar responsabilidades que garanticen el despliegue operativo de la Estrategia de Protección a Poblaciones Vulnerables. B. MISIONES PARTICULARES1. SUBDIRECCIÓN GENERAL
1.1 Supervisa e implementa la sinergia institucional a través del Consejo Asesor de Derechos Humanos, dando alcance a la presente directiva.
1.2 Lidera, conforma y convoca la mesa técnica para el seguimiento y evaluación de la estrategia en Io concerniente al cumplimiento de las metas, indicadores y actividades del plan de acción para su operacionalizacion. 2. DIRECCIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA
2.1 Designa un oficial de enlace atendiendo las capacidades institucionales con la Inspección General para dinamizar el desarrollo de la estrategia.
2.2 Imparte instrucción a las unidades bajo su mando, para que se adelanten de manera prioritaria, las acciones que permitan atender los compromisos en el marco de la estrategia de protección a poblaciones vulnerables y los delitos de violencia contra la mujer.
2.3 Dispone la definición del procedimiento y registros para la valoración del riesgo en las unidades de policía, ante motivos de Policía relacionados con delitos de violencia contra la mujer, según Io demanda la ley 1257 de 2008.
2.4
Supervisa la proyección y alcance de los programas de seguridad ciudadana,
dirigidos a las poblaciones vulnerables de la estrategia institucional
2.5 Difunde y verifica la aplicación del protocolo establecido en la guía de atención a mujeres victimas de violencia intrafamiliar (Código: 2CD-GU-0001 Suite Visión Empresarial).
2.6 Dispone el alcance de los programas de participación ciudadana a las poblaciones objeto de la estrategia institucional, de acuerdo con las necesidades y problemáticas en las regiones del país.
2.7 Monitorea los avances de las metropolitanas y departamentos de Policía, según el despliegue de la estrategia frente a los programas dirigidos a las poblaciones vulnerables, destacando el balance en cifras.
2.8 Participa en la proyección y definición de guías y protocolos de actuación policial frente a las poblaciones vulnerables de la estrategia.
2.9 Coordina con la Inspección General y la Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL, el impulso de campañas y el despliegue de los programas de participación ciudadana con enfoque en el tema de delitos contra la mujer, dando alcance a las medidas de sensibilización y prevención definidas en la ley.
2.10
Consolida la información remitida por cada una de las unidades bajo su mando,
frente a las responsabilidades asignadas para contrarrestar la violencia contra
la mujer y presenta mensualmente informes de avances a la Inspección General 2.11 Comandantes de Región de Policía
2.11.1 Consolidan los cinco (5) primeros de días de cada mes los avances y resultados de la difusión, socialización y capacitación, frente al protocolo de atención a víctimas de violencia intrafamiliar y de pareja, del personal bajo su mando, enviando informe ejecutivo a la Dirección de Seguridad Ciudadana a los correos exchange: disec.plane5@policia.qov.co y disec.arcos-gadec3@poIicia.gov.co.
2.11.2
Consolida la información remitida por cada una de las unidades bajo su mando,
frente a las responsabilidades asignadas para contrarrestar la violencia contra
la mujer y presenta mensualmente informes de avance a la Dirección de Seguridad
Ciudadana a los correos exchange 2.12 Comandantes de metropolitanas y departamentos de Policía
2.12.1 Responden por el despliegue y operacionalización de las actividades dispuestas en el marco de la estrategia.
2.12.2 Garantizan la disposición de los coordinadores de Derechos Humanos en las actividades propias de su misionalidad para dar alcance a los objetivos de la estrategia.
2.12.3 Fortalecen la dependencia de Derechos Humanos de acuerdo con las problemáticas de su jurisdicción, con el minino de personal establecido en el Manual de Funciones para el personal uniformado de la Policía Nacional.
2.12.4
Programan y lideran el desarrollo de las actividades de interlocución con las
poblaciones vulnerables en el marco de la estrategia institucional
2.12.5 Imparten instrucciones para priorizar las medidas preventivas y acciones a través de las unidades básicas de policia en la atención de las poblaciones objeto de la estrategia, manteniendo los vínculos directos con citadas comunidades.
2.12.6 Mantienen contacto directo con los líderes de las poblaciones vulnerables más representativos en su Jurisdicción identificando a su vez aquellos que hacen parte de la plataforma de Derechos Humanos y participan activamente en el programa presidencial.
2.12.7 Disponen el análisis en su unidad, de las problemáticas de las poblaciones objeto de la estrategia institucional, haciendo énfasis en su incidencia por grupo poblacional y las necesidades de mitigar hechos de violencia y amenazas.
2.12.8
Garantizan el desarrollo de actividades de promoción y difusión en Derechos
Humanos con enfoque en la estrategia, vinculando a los líderes especializados
en el tema para la capacitación del personal
2.12.9 Designan oficiales enlaces con los grupos poblaciones objeto de la estrategia, personas diferentes a los coordinadores de Derechos Humanos, quienes serán los encargados de liderar el desarrollo de las acciones institucionales.
2.12.10
Vinculan a los entes territoriales en el desarrollo de planes, programas y
campañas de participación ciudadana desde el punto de vista de la estrategia
institucional
2.12.11
Disponen en las jornadas de protesta social y procedimientos de desalojo, el
trato digno de las poblaciones vulnerables agotando las coordinaciones previas
con sus líderes y el monitoreo en Puesto de Mando Unificado para en último
recurso emplear la fuerza en ejercicio de mandato legal
2.12.12
Asumen el cumplimiento a los compromisos producto de las actividades de
interlocución, según su registro en matriz establecida mediante la directiva
administrativa permanente 025 DIPON INSGE del 200810
2.12.13 Articulan a través de los comandantes operativos de Seguridad Ciudadana las acciones institucionales que benefician a las poblaciones de la estrategia, en atención al proceso de restitución de tierras y el Sistema de Alertas Tempranas de la Defensoría del Pueblo.
2.12.14 Supervisan y monitorean la aplicación de las guías y protocolos institucionales para la atención de las poblaciones vulnerables en el servicio de policía.
2.12.15
Participan en los escenarios interinstitucionales propuestos por el Gobierno
Nacional para la atención de poblaciones vulnerables, entre otros, los comités
de justicia transicional, sesiones del Comité de Evaluación, Reglamentación y
Recomendación de Medidas CERREM, Mesas Territoriales de Garantías, reuniones de
concertación y seguimiento de Medidas Cautelares y Provisionales y demás
dispuestos como parte de la red de Derechos Humanos en cada jurisdicción
2.12.16 Disponen a través del Subcomando de la unidad, la evaluación de los avances de la estrategia institucional en el Consejo Táctico Asesor de Derechos Humanos.
2.12.17 Desarrollan en atención a las instrucciones de la Dirección de Seguridad Ciudadana, las campañas dispuestas y el despliegue de los programas de participación ciudadana con enfoque en el tema de delitos contra la mujer, dando alcance a las medidas de sensibilización y prevención definidas en la ley.
2.12.18 Coordinan con los entes territoriales la participación institucional en las actividades de prevención y atención que se proyecten en los planes de desarrollo departamental y municipal, acatando Io dispuesto en la ley 1257 de 2008.
2.12.19 Evalúan a través de los comités de vigilancia, los avances de acciones de prevención y estadísticas criminales por delitos de violencia contra la mujer, adoptando las medidas pertinentes.
2.12.20 Gestiona la vinculación del ciudadano, sector privado y público en las diferentes actividades de prevención y sensibilización de delitos de violencia contra la mujer.
2.12.21 Llevan un registro estadístico de la aplicación del protocolo establecido en la guía de atención a mujeres víctimas de violencia intrafamiliar (Código: 2CD-GU-0001 Suite Visión Empresarial).
2.12.22 Garantizan la aplicación del procedimiento y los registros definidos por la institución para la valoración del riesgo en las unidades básicas de policía, ante casos de delitos de violencia contra la mujer, según Io demanda la ley 1257 de 2008 y los decretos reglamentarios.
2.12.23 Dan aplicación al Instructivo "Parámetros para la evaluación de la situación especial de riesgo a mujer victima de violencia", según lo dispuesto en el Decreto 2734 del 2012.
2.12.24 Ejecuta operaciones estructurales y de impacto contra estructuras delincuenciales que afectan la integridad y libertad personal de la mujer.
2.12.25 Dan estricto cumplimiento a las tareas del plan de acción de la estrategia y elaboran plan de trabajo interno conforme a estas proyecciones.
2.12.26 Desarrollan los análisis criminológicos pertinentes como insumo para mitigar los homicidios y lesiones en las poblaciones vulnerables objeto de la estrategia.
2.12.27 Coordinan la elaboración de apreciaciones de inteligencia e informes ejecutivos sobre la situación de la población especialmente protegida que corresponde a la estrategia institucional, como insumo para la toma de decisiones en cada unidad.
2.12.28 Disponen del personal de investigadores y el grupo competente con dedicación exclusiva para coordinar las actividades de investigación criminal, de acuerdo con la problemática de hechos de violencia y amenazas contra las poblaciones objeto de la estrategia.
2.12.29 Disponen que las oficinas de denuncias y contravenciones recepcionen la información de las mujeres víctimas de la violencia, según protocolo sin dilación alguna.
2.12.30 Supervisa el cumplimiento a los avances institucionales en desarrollo de la estrategia de protección a poblaciones vulnerables, por intermedio del Coordinador de Derechos Humanos, remitiendo semanalmente la plantilla de seguimiento, los días viernes antes de las 14:00 horas al correo insqe.ardeh-grudh@policia.qov.co.
2.12.31
Coordina con las autoridades judiciales y gubernamentales la articulación
2.12.32 Consolida la información remitida por cada una de las unidades bajo su mando, frente a las responsabilidades asignadas para contrarrestar la violencia contra la mujer y presenta mensualmente informes al Comandante de Región. 3. INSPECCIÓN GENERAL
3.1 Gerencia las actividades de impacto para el despliegue de la Estrategia de Protección a Poblaciones Vulnerables.
3.2 Dispone los planes, el reporte y seguimiento a los índices de alertas de riesgo, homicidios y lesiones personales en poblaciones vulnerables.
3.3 Evalúa los avances de la operacionalización de la Estrategia de Protección a Poblaciones Vulnerables, por parte de las unidades comprometidas.
3.4 Asume como responsable de la proyección, monitoreo y ejecución de los planes para alcanzar los objetivos de la Estrategia de Protección a Poblaciones Vulnerables.
3.5 Coordina con las direcciones, oficinas asesoras y unidades desconcentradas, el conocimiento de sus compromisos y acciones para el despliegue de la Estrategia de Protección a Poblaciones Vulnerables.
3.6 Imparte instrucciones a los coordinadores de Derechos Humanos, con el fin de brindar asesoría oportuna a los comandantes de metropolitanas y departamentos de Policía en desarrollo de la Estrategia de Protección a Poblaciones Vulnerables.
3.7 Participa en los escenarios del Gobierno Nacional presentando el balance de la de la Estrategia de Protección a Poblaciones Vulnerables.
3.8 Consolida los avances institucionales en desarrollo de la Estrategia de Protección a poblaciones Vulnerables,
3.9 Atenderá en coordinación con la Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL las invitaciones y requerimientos de la Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, con motivo del comité dispuesto para el seguimiento a la implementación de los mecanismos de ley.
3.10 Mantiene canales de comunicación con los líderes u organizaciones no gubernamentales que trabajan para la equidad de la mujer.
3.11 Atiende y canaliza ante la instancia correspondiente la información requerida por la población de mujeres victimas.
3.12 Promueve iniciativas institucionales para la prevención de la violencia contra la mujer.
3.13 Dispone un estricto monitoreo semanal a las quejas recibidas que constituyen extralimitaciones en el ejercicio de funciones, en donde el quejoso es población vulnerable contemplada en la estrategia institucional.
3.14
Presenta información estadística y análisis trimestral de las quejas por
conductas que afectan la integridad de líderes e integrantes de las poblaciones
vulnerables
3.15 Considera los desarrollos tecnológicos para el registro de la información requerida en cuanto al monitoreo de quejas por poblaciones vulnerables.
3.16 Imparte instrucción a las Oficinas de Atención al Ciudadano y Centros de Conciliación Policial para la atención diferencial de mujeres víctimas de la violencia, garantizando su acceso a la justicia a partir de la aplicación de los protocolos institucionales.
3.17 Realiza un balance trimestral de la estadística de quejas y casos de conciliación aperturados conforme a la ley, por situaciones de violencia contra la mujer, en donde el hecho sea atribuido a funcionarios de la Institución.
3.18 Consolida la información remitida por cada una de las direcciones comprometidas, frente a las responsabilidades asignadas para contrarrestar la violencia contra la mujer y presenta mensualmente informes de avances a la Subdirección General.
3.19 Dispone que los inspectores delegados actúen como padrinos de la estrategia en cada una de sus regiones y se encarguen de supervisar, direccionar y coordinar con los comandantes de metropolitanas, departamentos y coordinadores de Derechos Humanos el cumplimiento a la Estrategia.
3.20 Garantiza el ejercicio del poder preferente por parte de la Procuraduría General de la Nación en investigaciones por casos especiales que puedan constituir violaciones a los Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario.
3.21 Presenta un informe ejecutivo trimestral dirigido a la Dirección y Subdirección General, en el cual se indique las actividades, avances y resultados operativos realizados en cumplimiento de la estrategia. 4. DIRECCIÓN DE CARABINEROS Y SEGURIDAD RURAL
4.1 Dispone el apoyo de los Escuadrones Móviles de Carabineros —EMCAR en las actividades programadas por los departamentos de Policía en las áreas rurales con asentamientos de poblaciones objeto de la estrategia, en especial población indígena, afro y desplazada.
4.2 Garantiza la participación de personal de los Escuadrones Móviles de Carabineros -EMCAR, en actividades de capacitación extracurricular en Derechos Humanos y poblaciones vulnerables, proyectadas por la Dirección Nacional de Escuelas y sus unidades desconcentradas.
4.3 Supervisa la activación de la asistencia inicial y medidas de autoprotección para victimas y testigos de la ley de justicia y paz, dispuestas por las metropolitanas y departamentos de Policía.
4.4 Remite a la Inspección General la información discriminada por grupo poblacional de la estrategia sobre los dispositivos individuales y colectivos, apoyados con los Escuadrones Móviles de Carabineros -EMCAR, en el marco del programa de protección para víctimas y testigos en el marco de la ley. 5. DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL E INTERPOL
5.1 Designa un oficial enlace para coordinar con el Área de Derechos Humanos de la Inspección General, lineamientos para fortalecer y desarrollar el componente de investigación y el manejo de la información estadística por hechos de violencia y amenazas contra población vulnerable, proyectado en el despliegue de la estrategia.
5.2 Garantiza a través del Centro de Investigaciones Criminológicas -CICRI, el monitoreo a la estadística de homicidios comunes y lesiones comunes en las poblaciones vulnerables objeto de la estrategia, tomando como fuente las variables del aplicativo SIEDCO (sistema de información estadístico, delincuencial, contravencional y operativo de la Policía Nacional).
5.3 Imparte instrucción a las seccionales de Investigación Criminal para dar aplicación a los parámetros de registro y reporte de homicidios y lesiones en las poblaciones vulnerables objeto de la estrategia.
5.4 Consolida las acciones de investigación criminal en la lucha contra la impunidad por homicidios y amenazas contra las poblaciones vulnerables objeto de la estrategia, presentando resultados por cada grupo.
5.5 Verifica la asignación de investigadores con dedicación exclusiva a la unidad especializada para atención de delitos de violencia Contra la Mujer, distribuidos en las metropolitanas y departamentos de Policía.
5.6
Realiza a través del Área de Información y Análisis Criminal los análisis
criminológicos sobre los delitos de violencia contra la mujer y poblaciones
vulnerables conforme a las medidas y políticas del Gobierno Nacional
5.7 Dispone que el jefe de grupo investigativo de delitos de violencia contra la mujer, atienda las invitaciones y requerimientos de la Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, con motivo del comité dispuesto para el seguimiento a la implementación de los mecanismos de ley.
5.8
Elabora un dossier y matriz de seguimiento mensual a los procesos adelantados
por las seccionales, de tal manera que se consoliden informes de avances y
resultados obtenidos en las actividades investigativas como parte de la
estrategia y en atención a la política para la equidad de género
5.9 Dispone que los jefes regionales y seccionales de Investigación Criminal, supervisen y direccionen las unidades investigativas asignadas para los delitos de violencia contra la mujer, estableciendo una matriz de seguimiento en que se indique el estado y avance de cada caso.
5.10
Consolida la información remitida por cada una de sus seccionales, frente a las
responsabilidades asignadas para contrarrestar la violencia contra la mujer y
presenta mensualmente informes de avances a la Inspección General
5.11 Dispone de 39 funcionarios para la atención de la Línea de Orientación No 155 para Mujeres Víctimas de Violencia, que tendrá cobertura a nivel nacional y será atendida los siete días a la semana contando con profesionales en Servicio de Policía, Derecho y Psicología. otros. 6. DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN Y SERVICIOS ESPECIALES
6.1 Designa un oficial enlace para coordinar con el Área de Derechos Humanos de la Inspección General, lineamientos para fortalecer y desarrollar las capacidades institucionales según la misionalidad de la dirección y el despliegue de la estrategia.
6.2
Dispone las acciones de prevención y protección de acuerdo con sus programas
para niños, niñas y adolescentes que hacen parte de grupos indígenas,
Afrodescendientes y desplazados en el marco de la estrategia institucional
6.3 Registra el balance de las acciones institucionales a favor de los niños, niñas y adolescentes, discriminando los avances frente a cada grupo poblacional de la estrategia.
6.4 Consolida la información remitida por cada una de sus seccionales, frente a las responsabilidades asignadas para contrarrestar la violencia contra niñas y adolescentes, presentando mensualmente informes de avances a la Inspección General.
6.5 Fortalece el Programa "Abre Tus Ojos" orientado a la primera infancia, adolescencia y núcleos familiares. 7. DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA POLICIAL
7.1
Designa un oficial enlace para coordinar con el Área de Derechos Humanos de la
Inspección General, las capacidades institucionales según su misionalidad para
el desarrollo de la estrategia
7.2 Dispone la cobertura en la elaboración y actualización trimestral de los mapas de riesgo, prevención y seguridad de las poblaciones vulnerables objeto de la estrategia institucional, agotando los convenios y alianzas interinstitucionales.
7.3
Presenta trimestralmente a la Inspección General un análisis e informe ejecutivo
de la situación de los sujetos de especial protección constitucional
considerados en la estrategia, que contribuyan en la toma de decisiones frente
a su despliegue operacional
8. DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA
Suministra el material de armamento, movilidad, elementos de intendencia e infraestructura, de acuerdo con la necesidad presentada por el gerente de la estrategia y previa disponibilidad presupuestal.
9. DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO
Coordinará la distribución del personal asignado a las unidades aportando al desarrollo de la estrategia, para Io cual tendrá en cuenta el incremento del personal autorizado por el Gobierno Nacional. 10. DIRECCIÓN NACIONAL DE ESCUELAS
10.1 Establece y desarrolla un plan de capacitación de acuerdo con las necesidades de la estrategia, previa coordinación con el gerente de la misma y las necesidades institucionales en materia de capacitación.
10.2 Implementa acciones tendientes a socializar la estrategia en todas las unidades policiales a nivel país, a través de los Equipos Móviles de Capacitación -EMCAP y los cursos de formación, ascenso, capacitación y entrenamiento.
10.3 Verifica la integración del Sistema Educativo Policial con el Plan Nacional de Educación en Derechos Humanos (PLANEDH) del Gobierno Nacional, garantizando el fortaleciendo de los programas pedagógicos transversales con enfoque en temáticas de poblaciones vulnerables.
10.4 Dispone la validación de los contenidos académicos en Derechos Humanos con énfasis en sujetos de especial protección constitucional a través del Centro de Pensamiento Policial en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.
10.5 Promueve el empleo de la plataforma virtual para el desarrollo de cursos básicos y tecnológicos de formación en Derechos Humanos y poblaciones vulnerables.
10.6 Garantiza la proyección de talleres de capacitación extracurricular que permitan de acuerdo con las problemáticas de las diferentes regiones, reforzar la instrucción para la protección de poblaciones vulnerables.
10.7
Proyecta instrucción especial en Derechos Humanos y poblaciones vulnerables
para personal de unidades básicas de policía a través de los Equipos Móviles de
Capacitación -EMCAP
10.8 Dispone la documentación de lecciones aprendidas en Derechos Humanos y poblaciones vulnerables a partir del Centro de Pensamiento Policial en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.
10.9
Implementa en los programas ofertados por la Institución el modulo único
pedagógico derechos sexuales y reproductivos, de equidad y violencia basada en
género, salud sexual y reproductiva con énfasis en VIH
10.10 Dispone que todas las capacitaciones relacionadas con los temas de violencia y equidad de género, brindadas por las diferentes direcciones y escuelas, sean avaladas por el Centro de Pensamiento Policial en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.
10.11 Envía trimestralmente a la Inspección General, un informe con el balance de las diferentes capacitaciones realizadas al personal de la Policía Nacional con énfasis en poblaciones vulnerables y equidad de género. 11. OFICINA DE PLANEACIÓN
11.1
Acompaña con el Grupo de Desarrollo Organizacional, la construcción
metodológica de guias y protocolos de actuación policial frente a las
poblaciones vulnerables 11.2 Asigna recursos financieros para el desarrollo de la estrategia, previa coordinación con el gerente de la estrategia y considerando la disponibilidad presupuestal y las prioridades institucionales.
11.3
Integra y asesora a la Subdirección General en la mesa técnica de seguimiento y
evaluación de la estrategia, en Io concerniente al cumplimiento de las metas,
indicadores y actividades del plan de acción, de acuerdo con la información y
resultados reportados en la Suite Visión Empresarial 12. OFICINA DE TELEMÁTICA
12.1 Adquiere y suministra el soporte técnico y tecnológico requerido para el desarrollo de la estrategia, previa coordinación con el gerente de la misma y teniendo en cuenta las prioridades institucionales.
12.2
Asesora técnicamente a la Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la
Mujer, con la puesta en marcha de una línea nacional enfocada a la orientación
de víctimas de violencia contra la mujer
12.3
Previa coordinación con la Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL 13. OFICINA DE COMUNICACIONES ESTRATÉGICAS
13.1 Designa un oficial de enlace con la Inspección General Área de Derechos Humanos para dinamizar el diseño e implementación de un plan de difusión con objeto en la estrategia.
13.2 Realiza las actividades necesarias que permitan visibilizar en medios institucionales, regionales, locales y/o comunitarios, las acciones realizadas por la Policía Nacional en el marco de la política para la equidad de la mujer.
13.3
Implementa y despliega al nivel interno y externo las acciones de comunicación
13.4 Envía mensualmente un informe de las acciones internas y externas adelantadas en el marco del programa Equidad de la Mujer. IV. INSTRUCCIONES DE COORDINACIÓN
A. Las unidades comprometidas en caso de ser requerido, efectuarán una redistribución de su presupuesto para dar cumplimiento a los compromisos adquiridos en el marco de la estrategia.
B. El gerente de la estrategia en coordinación con la Oficina de Planeación, realiza las acciones necesarias para la consecución de recursos financieros a través de las autoridades político administrativas y convenios con otras instituciones y entidades.
C. El gerente de la estrategia integra la mesa técnica que lidera la Subdirección General para el seguimiento y evaluación de la misma.
D. El gerente de la estrategia deberá realizar el seguimiento de los cumplimientos (mensual y trimestral) a cada una de las tareas desarrolladas por las unidades comprometidas.
E. Los comandos de Región, metropolitanas y departamentos de Policía, enfocaran el desarrollo del componente de interlocución, mediante la proyección de actividades y designación de oficiales enlace con las poblaciones vulnerables de mayor indecencia en su jurisdicción, presentando antes del 27 de febrero de cada año el cronograma de actividades.
F. Las direcciones comprometidas en la presente directiva, a partir de su entrada en vigencia deberán presentar el nombre del oficial enlace para efectos de agotar las capacidades institucionales en la operacionalización de la Estrategia y mensualmente presentarán ante el señor Inspector General un informe ejecutivo de Io actuado.
G. El balance de cada Dirección se considerará en la agenda del Consejo Asesor de Derechos Humanos, por lo cual los subdirectores correspondientes, deberán documentarse y participar activamente en las sesiones que se convoquen.
H. Corresponde a la Inspección General, presentar un informe ejecutivo trimestral de las acciones desarrolladas y resultados alcanzados a nivel nacional en el despliegue operacional de la Estrategia de Protección Poblaciones Vulnerables.
I. Para efectos de coordinación se podrá tomar contacto con el señor Coronel JOHN HENRY ARANGO ALZATE, Jefe Área de Derechos Humanos, Avantel 13*118, IP. 9438, e-mail: insge.ardeh-grudh@policia.gov.co, Teniente Coronel JACKELINE SALAZAR CASTELLANOS, Jefe Grupo Investigativo de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la DIJIN, avantel 13*7817, 4266900 ext: 104134 e-mail: dilin.avi-qivim@policia.gov.co y Mayor ALEXANDER COLLAZOS DÍAZ, Jefe Grupo Promoción, Difusión y Cooperación en Derechos Humanos, avantel 5*293, IP 9439, e-mail: Alexander.collazos@correo.policia.gov.co
General JOSÉ ROBERTO LEÓN RIAÑO Director General Policía Nacional de Colombia
DISTRIBUCIÓN
Para conocimiento Para cumplimiento
SEPRI DIPRON SUDRI – DISEC -INSGE SEPRI SUDIR DICAR-DIJIN-DIPOL DIPRO-DINAE Comandos de Región Metropolitanos de Policía Departamentos de Policía
Coronel HUMBERTO CASTILLO SAAVEDRA
Jefe Oficina Planeación (E) |