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RESOLUCIÓN 4411 DE 2019
(Noviembre 15)
Por la cual se delega la asistencia y partición en la Comisión IDECA y en la Mesa de Trabajo de la Comisión IDECA
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE LA VIVIENDA POPULAR
En ejercicio de sus facultades legales en especial las conferidas por los Acuerdos Distritales 20 de 1942 y 15 de 1959, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Ley 1421 de 1993, en el Acuerdo Distrital 257 de 2006, el artículo 17 del Acuerdo 003 de 2008, el artículo 2 del Acuerdo 004 de 2008 emanados del Consejo Directivo y en especial las facultades que le confiere el artículo 9° de la Ley 489 de 1998; y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 209 y 211 de la Constitución Política de Colombia, en concordancia con el artículo 3° de la Ley 1437 de 2011, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante, entre otras figuras, la delegación de funciones.
Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998 dispone que las autoridades administrativas, en virtud de los dispuesto en la Carta Constitucional, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones afines o complementarias.
Que el inciso 2° del artículo antes citado establece “Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, (…) en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente Ley.”(Subrayado fuera del texto).
Que de acuerdo con lo indicado en el artículo 10 de la Ley 489 de 1998, uno de los requisitos exigidos para la delegación es que en el acto administrativo que la ordene, se determinen expresamente las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren.
Que mediante el Decreto Distrital 653 de 2011 se reglamentó la infraestructura integrada de Datos Espaciales para el Distrito Capital –IDECA, se creó la Comisión IDECA y las mesas de Trabajo para dicha comisión.
Que mediante el Acuerdo No. 1 del 9 de noviembre de 2018, se adoptó el Reglamento Interno de la Comisión IDECA, facultando en el artículo 8 a efectuar delegación para participar en las mesas de trabajo para la comisión IDECA, en el mismo sentido el parágrafo 1 del artículo 6 del Decreto Distrital 653 de 2011 permite efectuar la correspondiente delegación.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Delegar la asistencia y participación con voz en la Comisión IDECA del Director General de la Caja de la Vivienda Popular cuando sea invitado a la misma en el Director de Gestión Corporativa y Control Interno Disciplinario.
ARTÍCULO 2. Delegar la asistencia y participación con voz y voto en la mesa de trabajo de la Comisión IDECA, del Director General de la Caja de la Vivienda Popular en el Director de Gestión Corporativa y Control Interno Disciplinario.
ARTÍCULO 3. El servidor público a quien se le ha delegado la participación de qué tratan los artículos primero y segundo no podrán ser delegadas.
ARTÍCULO 4. Comunicar la presente decisión al servidor delegado.
ARTÍCULO 5. La presente Resolución rige a partir del día siguiente a su publicación en el Registro Distrital conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 1437 del 2011.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de noviembre del año 2019.
LINO ROBERTO POMBO TORRES
Director General
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