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Decreto Local 002 de 2020 Alcaldía Local de Usaquén

Fecha de Expedición:
08/01/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/01/2020
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 002 DE 2020

 

(Enero 8)

 

Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Usaquén, por un periodo máximo de cuatro días calendario; con el fin de ocuparse de designar al representante dela Junta Administradora Local que integrará el Consejo Territorial de Planeación

 

EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN, (E)

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 71 del Decreto Ley

1421 de 1993, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Alcalde Mayor por medio del Decreto Distrital No 422 de 2019, encargó a, Antonio María López Buriticá, de las funciones de Alcalde Local código 030 Grado 05, de la Alcaldía Local de Usaquén.

 

Que, conforme con lo previsto en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, la Junta Administradora Local se reunirá extraordinariamente por convocatoria que le haga el respectivo Alcalde Local; evento en el cual sesionará por el término que éste le señale y para ocuparse exclusivamente de los asuntos que él mismo someta a su consideración.

 

Que el artículo 6. del Decreto Distrital 032 de 2007 “Por el cual se reglamenta el Acuerdo 12 de 1994, en lo referente al Consejo Territorial de Planeación Distrital”, señala que durante la primera semana de la posesión del Alcalde Mayor, la Secretaría Distrital de Gobierno procederá a citar a sesiones extraordinarias a las Juntas Administradoras Locales -JAL, con el único objeto de designar el representante de dicha Corporación ante el Consejo Territorial de Planeación del Distrito Capital -CTPD.

 

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo treinta y seis (36) del Acuerdo Local 006 de 2015 “Por medio del Cual se modifica el Acuerdo Local No 005 de 2015, Reglamento interno de la Junta Administradora Local de Usaquén, señala que Las sesiones extraordinarias son aquellas que convoca el Alcalde Local por iniciativa propia (…).”. que, en consecuencia, mediante radicado R No. 20201700000813 de fecha enero de 2020.; Según lo señalado en la Circular No.001 de 2020, el Secretario Distrital de Gobierno solicitó convocar a sesiones extraordinarias a las Juntas Administradoras Locales con el objeto de que designen a su representante ante el Consejo Territorial de Planeación del Distrito Capital -CTPD.

 

Que conforme con lo preceptuado en el Decreto Local No 001 del 7 de enero de 2019 “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Usaquén; con el fin de ocuparse de designar al representante dela Junta Administradora Local que integrará el consejo Territorial de Planeación del Distrito Capital- CTPD”.

 

Que conforme con lo anterior se considera pertinente establecer el número de sesiones máximas en el periodo establecido.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. Convocar a la Junta Administradora Local de Usaquén, a sesiones extraordinarias, las cuales se deberán realizar en el número máximo de sesiones permitidas, las cuales tendrán una duración de cuatro (4) días calendario; las sesiones podrán programarse a partir del 8 de enero y la fecha máxima en que podrán realizar las sesiones será el 31 de enero de 2020.

 

ARTÍCULO 2º. Con ocasión de la expedición del Decreto Local No 001 del 7 de enero de 2020, si a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Local No 002 del 8 de enero de 2020, la Junta Administradora Local ya ha sesionado, esta sesión se tendrá en cuenta a efecto de computarse con el número de sesiones establecidas en el presente Decreto.

 

ARTÍCULO 3°. En las sesiones extraordinarias, de la Junta Administradora Local se ocupará de designar al representante de dicha Corporación que integrará el Consejo Territorial de Planeación del Distrito Capital -CTPD.

 

ARTÍCULO 4°. Una vez la Junta Administradora Local designe a su representante ante el Consejo Territorial de Planeación del Distrito Capital –CTPD, cesará el objeto de la convocatoria y se darán por terminadas las respectivas sesiones extraordinarias.

 

ARTÍCULO 5°.  El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 8 días del mes de enero del año 2020.

 

ANTONIO MARÍA LÓPEZ BURITICÁ

 

Alcalde Local de Usaquén (E.)