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Decreto 829 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/12/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/12/2019
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 829 DE 2019

 

(Diciembre 27)

 

Por medio del cual se aceptan unas renuncias

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que este Despacho recibió las renuncias presentadas por los siguientes funcionarios:

 

 

 

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°.- Aceptar a partir del 1 de enero de 2020, las renuncias presentadas por los siguientes funcionarios:

 

 

 

 

Artículo 2°.- Comunicar a los funcionarios y entidades relacionados en el artículo 1 y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de esta última Secretaría.

 

Artículo 3°.- El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de diciembre del año 2019.

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor


Nota: Ver norma original en Anexo.