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DECRETO
LOCAL 001 DE 2020 (Enero 09) Por medio del cual se convoca a sesiones
extraordinarias a la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe EL
ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE, En uso de
sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 71 del
Decreto Ley 1421 de 1993, y CONSIDERANDO: Que,
conforme con lo previsto en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, la
Junta Administradora Local se reunirá extraordinariamente por convocatoria que
le haga el respectivo Alcalde Local; evento en el cual sesionará por el término
que éste le señale y para ocuparse exclusivamente de los asuntos que él mismo
someta a su consideración. Que
el artículo 6 del Decreto Distrital 032 de 2007 “Por el cual se reglamenta el
Acuerdo 12 de 1994, en lo referente al Consejo Territorial de Planeación
Distrital”, señala que durante la primera semana de la
posesión del Alcalde Mayor, la Secretaría Distrital de Gobierno procederá a
citar a sesiones extraordinarias a las Juntas Administradoras Locales -JAL, con
el único objeto de designar el representante de dicha Corporación ante el
Consejo Territorial de Planeación del Distrito Capital -CTPD-. Que,
según lo señalado en la Circular No.001 de 2020, el Secretario Distrital de
Gobierno solicitó convocar a sesiones extraordinarias a las Juntas Administradoras
Locales con el objeto de que designen a su representante ante el Consejo
Territorial de Planeación del Distrito Capital -CTPD. Que
conforme con lo anterior se considera pertinente convocar a sesiones
extraordinarias a la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe, con el propósito de que se encargue exclusivamente
de designar a su respectivo representante que integrará el Consejo Territorial
de Planeación del Distrito Capital -CTPD-. Que,
en mérito de lo anteriormente expuesto, DECRETA: Artículo Primero. Convocar a la Junta
Administradora Local de Rafael Uribe Uribe, a
sesiones extraordinarias para el periodo comprendido entre el trece (13) de
enero de 2020 y el treinta y uno (31) de enero de 2020 inclusive. Artículo Segundo. En las sesiones
extraordinarias, la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe se ocupará de designar al representante de dicha
Corporación que integrará el Consejo Territorial de Planeación del Distrito
Capital -CTPD-. Artículo Tercero. Una vez la Junta
Administradora Local de Rafael Uribe Uribe designe a
su representante ante el Consejo Territorial de Planeación del Distrito Capital
-CTPD- cesará el objeto de la convocatoria y se darán por terminadas las
respectivas sesiones extraordinarias. Artículo Cuarto. El presente Decreto
rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en
Bogotá, D.C., a los 09 días de enero del año 2020. LUIS
ALEJANDRO VARGAS PINZÓN ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE |