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Resolución 816 de 2019 Secretaría Distrital de Desarrollo Económico

Fecha de Expedición:
30/12/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/12/2019
Medio de Publicación:
N/A
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 816 DE 2019

 

(Diciembre 30)

 

Por medio de la cual se adopta el Manual de procedimientos Administrativos y Contables para el manejo y control de los bienes de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico y se crea un Equipo Técnico de Gestión para el Manejo de Bienes y Servicios de la Entidad

 

LA DIRECTORA DE GESTIÓN CORPORATIVA (E)

 

SECRETARIA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO

 

En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales y en especial las conferidas en la Constitución Política de Colombia; la Ley 87 de 1993, la Ley 489 de 1998, el Acuerdo 257 de 2006, el Decreto 437 de 2016 y las Resoluciones No. 088 de 2017, 500 de 2017, 834 de 2017 y,

 

CONSIDERANDO,

 

Que el artículo 269 de la Constitución Política determina el marco general sobre la obligatoriedad de diseñar y aplicar métodos y procedimientos de control interno por parte de las Entidades y Organismos del Sector Público.

 

Que el literal a) del artículo 3° de la Ley 87 de 1993, establece que el Sistema de Control Interno forma parte integrante de los sistemas contables, financieros, de planeación y operacionales de la respectiva Entidad.

 

Que la Contaduría General de la Nación en el artículo 1° de la Resolución No. 533 de 2015 y sus modificatorias, incorporó al Régimen de Contabilidad Pública, el Marco Normativo Contable, conformado por el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de la Información Financiera, las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los hechos económicos, los Procedimientos y Guías Contables, el Catálogo General de Cuentas y la respectiva Doctrina Contable Pública, aplicables a las Entidades de Gobierno.

 

Que el Procedimiento para la Evaluación del Control Interno Contable, anexo a la Resolución No. 193 de 2016, expedida por la Contaduría General de la Nación, “orienta a los responsables de la información financiera de las entidades en la realización de las gestiones administrativas necesarias para garantizar la producción de información financiera que cumpla con las características fundamentales de relevancia y representación fiel a que se refieren los marcos conceptuales de los marcos normativos incorporados en el Régimen de Contabilidad Pública”.

 

Que, con la entrada en vigencia de la citada resolución, es necesario definir los lineamientos generales para que las entidades adelanten las gestiones necesarias que conduzcan a garantizar el manejo, custodia, conservación, administración, protección, recibo, traslado, salida y retiro definitivo de los bienes y representen fielmente la realidad de los hechos económicos.

 

Que con la emisión de la Resolución No. SDH-00068 de 2018 por parte de la Secretaria Distrital de Hacienda, se adoptó el Manual de Políticas Contables de la Entidad Contable Pública (ECP) Bogotá D.C., y estableció que los Entes y Entidades deben definir Políticas de Operación para el tratamiento de situaciones particulares y actualizar sus procedimientos administrativos, mediante los cuales determinen los flujos de información y los soportes requeridos para garantizar la objetividad y verificabilidad de los registros contables.

 

Que mediante la Resolución 001 del 30 de septiembre de 2019, la Secretaria Distrital de Hacienda- Contador General de Bogotá D.C, se adoptó el Manual de Procedimientos Administrativos y Contables para el manejo y control de los bienes de las Entidades de Gobierno Distritales, como instrumento de aplicación general.  

 

Que el 28 de noviembre de 2019, en sesión del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría, fue socializado el Manual de procedimientos Administrativos y Contables para el manejo y control de los bienes de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, documento que se requiere adoptar.

 

Que, se hace necesario además crear una Instancia de apoyo al Comité Institucional de Gestión y Desempeño que permita establecer los planes y programas para velar por el control y seguimiento de los bienes de la Secretaría, cuyas recomendaciones y propuestas técnicas deben ser presentadas en adelante ante el Comité Institucional de Gestión y Desempeño para lo de su competencia.

 

Que, en mérito de lo expuesto

 

RESUELVE

 

Artículo Primero: Adoptar el Manual de procedimientos Administrativos y Contables para el manejo y control de los bienes de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, el cual forma parte integral de esta resolución.

 

Artículo Segundo: Crear el Equipo Técnico de Gestión para el Manejo de Bienes y Servicios de la Secretaría, como un grupo técnico de apoyo al Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Entidad, cuyas recomendaciones y propuestas técnicas permitirán establecer los planes y programas para velar por el control y seguimiento de los bienes de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico. Este equipo técnico estará conformado, así:

 

• El Director(a) de Gestión Corporativa o su Delegado(a)

 

• El Subdirector(a) Administrativo(a) y Financiero(a)

 

• El profesional con funciones de almacén.

 

• El Profesional responsable de las funciones/obligaciones de contador de la Secretaría.

 

Podrán asistir como invitados cuando se considere necesario a los siguientes servidores públicos:

           

· El(a) Jefe de la Oficina de Control Interno

 

· Servidores públicos de las áreas técnicas relacionadas con la administración de los bienes,

 

 

· Quien se considere pueda aportar elementos de juicio necesarios para cumplir con los objetivos de su competencia.

 

Parágrafo: La Secretaría Técnica de esta instancia de apoyo estará a cargo del profesional con funciones de almacén que asista al mismo, quien documentará la asistencia a sus reuniones, así como los estudios realizados, los conceptos emitidos, las recomendaciones y soportes de la presentación al Comité Institucional de Gestión y Desempeño teniendo en cuenta los procesos y procedimientos adoptados por la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

 

Artículo Tercero: Funciones del Equipo Técnico de Gestión para el Manejo de Bienes y Servicios: Las funciones a cargo de esta instancia de apoyo relacionada con la gestión de bienes, serán las descritas a continuación:

 

a. Recomendar los mecanismos y acciones requeridas para realizar la verificación de la existencia y estado de los bienes, que puede ser a través de la toma física o a través de mecanismos o herramientas diseñadas por la SDDE.

 

b. Sugerir las acciones pertinentes para la gestión de los bienes sobrantes y faltantes.

 

c. Emitir recomendaciones respecto de los resultados arrojados por los estudios técnicos realizados al interior de la SDDE, en materia de reclasificación de bienes, determinación del catálogo de elementos, entre otros, que permitan dar claridad en la administración de los mismos.

 

d. Presentar al Comité Institucional de Gestión y Desempeño, como instancia máxima de coordinación de la SDDE, para que autorice o recomiende el retiro, baja en cuentas y destino final de los bienes, atendiendo lo mencionado en el Capítulo 5° Retiro de los Bienes y Baja en Cuentas, del Manual, previo análisis y presentación de los estudios técnicos, jurídicos, entre otros.

 

e. Gestionar las acciones para realizar la valuación de aquellos bienes que lo requieran, a partir de consultas técnicas, comerciales, contables, de personal experto, entre otros.

 

f. Las demás que le sea asignadas por parte del Comité Institucional de Gestión y Desempeño y procedimientos internos establecidos.

 

Artículo Quinto: Comunicar la presente resolución a los designados como parte del Equipo Técnico de Gestión para el Manejo de Bienes y Servicios de la Secretaría

 

Artículo Sexto: La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición.

 

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de diciembre del año 2019

 

LUZ MARY PERALTA RODRÍGUEZ 

 

Directora de Gestión Corporativa (E)