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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 013 DE 2003 (Marzo 10) Modificada por el art. 2, Resolución de la Contraloría Distrital 35 de 2003 , Derogada por el art. 6, Resolución Contraloría Distrital 16 de 2005 Por la cual se adoptan los procedimientos relacionados con el Proceso de Prestación de Servicio Macro de la Contraloría de Bogotá, D.C. EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C. En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001; y CONSIDERANDO De conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 "Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones", se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos, así como, la simplificación y actualización de normas y procedimientos.Que el Acuerdo 24 de 2001 del Concejo de Bogotá, D. C., "Por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá D.C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones", fija la estructura organizacional de la Contraloría de Bogotá, D.C. y faculta al Contralor de Bogotá, D. C. para establecer y reglamentar la organización interna, la forma de ejercer las funciones a su cargo y el funcionamiento de la Entidad, en armonía con los principios consagrados en la Constitución, la Ley y los Acuerdos. Que el citado acuerdo expresa en: El numeral 3, Objetivos de la entidad: "Ejercer en representación de la comunidad la vigilancia de la gestión fiscal de la administración del Distrito Capital y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes del Distrito; evaluar los resultados obtenidos por las diferentes organizaciones y entidades del Sector Público Distrital, en la correcta, eficiente, económica, eficaz y equitativa administración del patrimonio público, de los recursos naturales y del medio ambiente; establecer si las operaciones, transacciones, acciones jurídicas, financieras y materiales en las que se traduce la gestión fiscal se cumplieron de acuerdo con las normas prescritas por las autoridades competentes, los principios de contabilidad universalmente aceptados o señalados por el Contador General; evaluar el cumplimiento y conformidad de las acciones de la Administración Distrital en sus diferentes niveles y sectores con los objetivos, planes, programas y proyectos que constituyen en un período determinado, las metas y propósitos de la Administración; realizar el balance social de las políticas públicas del Distrito Capital; generar una cultura del control del patrimonio del Sector Público Distrital y de la gestión pública; establecer las responsabilidades fiscales e imponer las sanciones administrativos pecuniarias que corresponda, y las demás acciones derivadas del ejercicio de la vigilancia y control fiscal, tal como la jurisdicción coactiva, y procurar el resarcimiento del patrimonio público" Artículo 5. Funciones. Numeral 1. "Ejercer la vigilancia de la gestión fiscal del sector Público Distrital y los particulares que manejen bienes o fondos del Distrito Capital a través, entre otros, de un control financiero, de gestión y de resultados; fundado en la eficiencia, la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales" Artículo 27. Sectorización; "Para garantizar el adecuado ejercicio de las funciones, facultades y actividades de la vigilancia y control fiscal señaladas en la Constitución, las leyes y demás normas, y para lograr un alto desarrollo del nivel técnico del ejercicio de las mismas, la Contraloría de Bogotá, D.C., agrupará por sectores a los sujetos de control fiscal, de acuerdo con el ámbito en el cual desarrollen sus actividades de gestión pública, prestación de servicios, funciones administrativas o regulativas, producción de bienes o actividades comerciales, económicas y financieras". "Con el fin de lograr una adecuada sectorización se aplicaran a las entidades vigiladas los procedimientos, métodos, formas y elementos de la vigilancia de la gestión fiscal claramente identificados y definidos por la Contraloría de Bogotá, D.C., mediante reglamentos". Artículo 29. "Nivel Macro de la vigilancia de la gestión fiscal. Se entiende por nivel macro de la vigilancia de la gestión fiscal la consolidación de análisis y resultados y situaciones en que se encuentran y desarrollan las finalidades de la actuación pública del Distrito Capital, tanto a escala general y por localidades, como por sectores de actividad". Que en el Artículo 55. Se expresan las funciones de las Subdirecciones de Análisis Sectoriales. De igual forma en el artículo 61 se encuentran consignadas las funciones de la Dirección de Economía y Finanzas Distritales y en los parágrafos se expresa lo siguiente: Parágrafo 1. "La dirección de Economía y Finanzas Distritales será la fuente oficial de información de las estadísticas fiscales de la Contraloría de Bogotá". Parágrafo 2. "Para la emisión de dictámenes, conceptos y análisis de la Dirección de Economía y Finanzas Distritales, así como para la solicitud de información a los sujetos pasivos de control y vigilancia fiscal en el Distrito Capital, se coordinarán las acciones con las direcciones de fiscalización y se establecerán sistemas únicos de solicitud de información que eviten la duplicidad de dichos requerimientos de información". Que el numeral 13 del artículo 42 del acuerdo 24 de 2001, establece como una de las funciones de la Dirección de Planeación, "Elaborar y actualizar el manual de procedimientos de la Contraloría en coordinación con las demás dependencias". Que la racionalización de los trámites, métodos y procedimientos se constituye en una herramienta fundamental para el sistema de gestión de la calidad y el mejoramiento de la función pública, al facilitar el cumplimiento de las funciones y objetivos institucionales, la delimitación de responsabilidades, la inducción del empleado en su puesto de trabajo, la definición de controles internos y el desarrollo de los sistemas de información en los procesos misionales y administrativos de la Entidad. Que para la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad se requiere adoptar procedimientos para el proceso de Prestación del Servicio Macro bajo la responsabilidad de la Dirección de Economía y Finanzas Distritales. Los procedimientos que se adoptan en la presente resolución fueron objeto de revisión y aprobación por las dependencias competentes. Ver el Acuerdo Distrital 24 de 2001 RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar los siguientes documentos y procedimientos relacionados con el Proceso de Prestación del Servicio Macro de la Contraloría de Bogotá, D.C., los cuales se incorporan en este acto administrativo para todos los efectos legales: 1. Caracterización de productos (informes) estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos 2. Plan de calidad de seguimiento y medición del proceso de prestación de Servicio Macro 3. Procedimiento para la elaboración del Plan Anual de Estudios -PAE. 4. Procedimiento para el control y monitoreo al Plan Anual de Estudios ¿PAE 5. Procedimiento para la elaboración de Pronunciamientos 6. Procedimiento para el control del producto (informes) no conformes, estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos. 7. Procedimiento para la identificación y trazabilidad de los informes estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos. 8. Procedimiento para la preservación del producto (informes) estructurales, sectoriales y obligatorios 9. Procedimiento para la elaboración del Estado de la Deuda Pública del Distrito Capital 10. Procedimiento para la elaboración de los informes Estructurales y Sectoriales 11. .Procedimiento para la elaboración informe certificación Estados Contables del Distrito Capital. 12. Procedimiento para la certificación y registro de la Deuda Pública del Distrito Capital. 13. Procedimiento para la elaboración del informe del Balance Social y el impacto de las políticas en el Distrito. 14. Procedimiento para la elaboración del informe Integrado de la Gestión del Distrito Capital. 15. Procedimiento para la elaboración del Estado de Tesorería e Inversiones Financieras. 16. Procedimiento para la elaboración del Balance sobre la cuenta General del Presupuesto 17. Procedimiento para la elaboración de Estadísticas Fiscales. 18. Procedimiento para elaborar el informe anual estado de los Recursos Naturales y el Medio Ambiente de Bogotá. ARTÍCULO SEGUNDO. Delegar en la Dirección de Planeación en coordinación con la Dirección Economía y Finanzas Distritales, la actualización de los procedimientos adoptados. ARTÍCULO TERCERO. Es responsabilidad del Director de Economía y Finanzas Distritales, velar por la administración, divulgación y mejoramiento de los procedimientos adoptados. ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D. C. a los diez (10) días del mes de marzo de dos mil tres (2003) JUAN ANTONIO NIETO ESCALANTE Contralor de Bogotá D.C. Nota: Publicada en el Registro Distrital 2830 de Marzo 11 de 2003. Los documentos referidos en la presente resolución, puede ser consultada en el Registro Distrital, o en las oficinas de la entidad que la expidió. |