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Resolución Reglamentaria 036 de 2003 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
17/06/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/07/2003
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2901 de julio 2 de 2003
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 036 DE 2003

(Junio 17)

"Por la cual se adopta el Manual de Fiscalización para Bogotá MAFISBO Versión 2.0"

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C.

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los artículos 268 y 272 de la Constitución Política, las Leyes 42 de 1993 y 610 de 2000, los artículos 105 y subsiguientes del Decreto 1421 de 1993 y artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001; y

CONSIDERANDO

Que el Artículo 267 de la Constitución Política señala que el control fiscal es una función pública que se ejerce en forma posterior y selectiva conforme a los procedimientos, sistemas y principios que establezca la Ley, para vigilar la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes públicos.

Que el Artículo105 del Decreto Ley 1421 de 1993, estipula que la vigilancia de la gestión fiscal del Distrito y de los particulares que manejen fondos o bienes del mismo, corresponde a la Contraloría de Bogotá.

Que de conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 "Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones", se deben implementar como elementos del Sistema de Control Interno Institucional la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos, así como, la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

Que el artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001 del Concejo de Bogotá, D. C., "Por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá D.C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones", fija la estructura organizacional de la Contraloría de Bogotá, D.C. y faculta al Contralor de Bogotá, D. C. para establecer y reglamentar la organización interna, la forma de ejercer las funciones a su cargo y el funcionamiento de la Entidad, en armonía con los principios consagrados en la Constitución, la Ley y los Acuerdos.

Que el numeral 13 del artículo 42 ibídem, consagra como una de las funciones de la Dirección de Planeación, "Elaborar y actualizar el manual de procedimientos de la Contraloría en coordinación con las demás dependencias".

Que la racionalización de los trámites, métodos y procedimientos se constituye en una herramienta fundamental para el Sistema de Gestión de la Calidad y el mejoramiento de la función pública, al facilitar el cumplimiento de las funciones y objetivos institucionales, la delimitación de responsabilidades, la inducción del empleado en su puesto de trabajo, la definición de controles internos y el desarrollo de los sistemas de información en los procesos misionales y administrativos de la Entidad.

Que el Manual de Fiscalización para Bogotá - MAFISBO, contiene un modelo de vigilancia y control orientado al mejoramiento de la gestión del Distrito Capital y el resarcimiento del daño al patrimonio público.

Que para garantizar la efectividad del nuevo modelo de control fiscal contenida en Manual de Fiscalización para Bogotá -MAFISBO, se debe articular el ejercicio de sus competencias y estandarizar sus procesos misionales: Prestación de Servicio Macro, Prestación de Servicio Micro y Prestación de Servicio de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva en articulación con el Proceso de Enlace con Clientes, así como la Estructura para la caracterización de dichos procesos, en concordancia con el Sistema de Gestión de Calidad.

Que dentro de los objetivos del Sistema de Gestión de Calidad debe contemplarse la implementación de acciones correctivas y preventivas para mejorar continuamente el desempeño de los procesos, con el fin de aumentar la satisfacción de los clientes y de las partes interesadas.

Que en consecuencia, es necesario armonizar el Manual de Fiscalización para Bogotá - MAFISBO con el Sistema de Gestión de calidad.

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO.- Integrar el Manual de Fiscalización para Bogotá - MAFISBO, como instrumento de calidad para el ejercicio de la vigilancia y el control fiscal en la Contraloría de Bogotá, D. C., con todas y cada una de las Resoluciones Reglamentarias del Sistema de Gestión de Calidad de los Procesos Misionales y de Enlace con Cliente, así como la Estructura para la Caracterización de dichos procesos, los cuales para todos los efectos legales forman parte integral de la presente Resolución.

ARTICULO SEGUNDO.- Que como consecuencia del artículo anterior, el Manual de Fiscalización para Bogotá Versión 2.0 está constituido por el Ámbito y Modelo del Control Fiscal en concordancia con el Sistema de Gestión de Calidad; los Documentos y Procedimientos de los Procesos Misionales, de Enlace con el Cliente y la Estructura para la Caracterización de dichos procesos.

ARTICULO TERCERO.- El citado documento se convertirá en un instrumento interactivo de consulta en Intranet de la entidad.

PARAGRAFO: No obstante lo dispuesto en este artículo y para facilitar el acceso a esta herramienta por todos los usuarios, la misma podrá reproducirse en medio magnético (diskette o CD) o medio físico, según lo determine el Contralor Auxiliar en coordinación con la Dirección de Planeación.

ARTÍCULO CUARTO.- Delegar en la Dirección de Planeación en coordinación con la Dirección de Informática la actualización del Manual de Fiscalización para Bogotá - MAFISBO Versión 2.0, para lo cual se tendrán en cuenta las modificaciones a los documentos y procedimientos debidamente presentados por los responsables de los procesos y aprobados por las instancias competentes.

PARÁGRAFO: Las Resoluciones Reglamentarias que adopten o modifiquen documentos o procedimientos de los Procesos Misionales o de Enlace con el Cliente, se entenderán incorporadas al Manual de Fiscalización para Bogotá - MAFISBO Versión 2.0, siempre y cuando las mismas hayan surtido el trámite de publicación y/o comunicación de acuerdo con el Proceso de Gestión Documental.

ARTÍCULO QUINTO.- Es responsabilidad del Contralor Auxiliar y de los Responsables de los procesos, velar por la administración, divulgación y mejoramiento del Manual de Fiscalización para Bogotá - MAFISBO Versión 2.0.

ARTÍCULO SEXTO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C. a los diecisiete (17) días del mes de junio de dos mil tres (2003)

JUAN ANTONIO NIETO ESCALANTE

Contralor de Bogotá, D.C.

Nota: Publicado en el Registro Distrital 2901 de Julio 2 de 2003.

El manual referido en la presente resolución, puede ser consultada en el Registro Distrital, o en las oficinas de la entidad que la expidió.