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Resolución Reglamentaria 040 de 2003 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
18/07/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/07/2003
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2914 de julio 21 de 2003
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 040 DE 2003

(Julio 18)

"Por la cual se establece el procedimiento de sorteo para seleccionar a los proponentes que puedan presentar ofertas en las convocatorias públicas que la Entidad adelante".

EL CONTRALOR (E) DE BOGOTA D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas por el Artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001 y

CONSIDERANDO

Que el Gobierno Nacional en ejercicio de sus facultades legales y constitucionales expidió el Decreto 2170 de 2002, mediante el cual se reglamenta la Ley 80 de 1993, se modifica el Decreto 855 de 1994 y se dictan otras disposiciones en aplicación de la Ley 527 de 1999.

Que el numeral 3º del Artículo 11 del Decreto 2170 de 2002, faculta a las Entidades Estatales que adelanten contratación de menor cuantía a la que se refiere el literal a) del numeral 1º del Artículo 24 de la Ley 80 de 1993, para realizar un sorteo cuando el número de posibles oferentes sea superior a diez (10).

Que es necesario establecer el procedimiento único de sorteo que utilizará la Entidad cuando el número de proponentes posibles en dichos procesos de selección sea superior a diez (10).

Que en virtud de lo anterior y en aras de dar aplicación a los principios de transparencia, selección objetiva y economía, se hace necesario adecuar la reglamentación interna de la Entidad a la normatividad vigente en cumplimiento del deber de los funcionarios públicos de cumplir y hacer cumplir las Leyes.

Que en mérito de lo anterior,

RESUELVE

ARTICULO PRIMERO.- El procedimiento para escoger los posibles oferentes dentro de los procesos de convocatoria pública, que adelante la Entidad cuando su número sea superior a diez (10) será:

a. Teniendo claridad respecto del número de posibles oferentes, la Entidad practicará una audiencia pública presidida por el Director Administrativo y Financiero con la asistencia del Subdirector de Recursos Materiales.

b. La Entidad dispondrá de una bolsa de tela gruesa donde se introducirán un número de balotas igual al número de posibles oferentes.

c. Entre las balotas depositadas en la bolsa, se distinguirán diez de un color, que otorgarán la posibilidad de participar en la convocatoria y el número restante, de otro color, que descalificará la continuidad en el proceso de convocatoria.

d. El Representante Legal o la persona Autorizada por cada una de las firmas oferentes, procederá a extraer la balota en estricto orden alfabético, teniendo en cuenta el nombre o razón social de la persona jurídica o persona natural según la calidad en la que haya manifestado su interés de participar, obteniendo al azar la posibilidad de continuar o no en el proceso.

e. Del desarrollo de la audiencia de sorteo quedará constancia en la respectiva acta, la cual será suscrita por los asistentes.

ARTICULO SEGUNDO.- A esta diligencia deberá asistir el Director de la Oficina Asesora de Control Interno o su delegado, a quien previamente se le cursará la invitación correspondiente por parte de la Dirección Administrativa y Financiera.

ARTICULO TERCERO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D. C., a los dieciocho (18) días del mes de julio de dos mil tres (2003)

MIGUEL ANGEL MORALES RUSSI

Contralor (E) de Bogotá D.C.

Nota: Publicado en el Registro Distrital 2914 de Julio 21 de 2003.