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Resolución 1594 de 2017 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU

Fecha de Expedición:
03/04/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 1594 DE 2017

 

(Abril 03)

 

Por la cual se da cumplimiento a la Directiva Distrital 002 de 2017

 

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU,

 

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo del Concejo de Bogotá No. 19 de 1972 y el Acuerdo del Consejo Directivo del IDU No. 001 de 2009, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., en el marco del Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá mejor para todos” que aguarda en su núcleo la Felicidad, en procura de implementar iniciativas que impulsen la participación de las mujeres e impacten positivamente en su bienestar y calidad de vida, determinó mediante Directiva No. 002 del 8 de marzo de 2017 los lineamientos que las entidades distritales deben adoptar con el propósito de avanzar hacia el desarrollo pleno del potencial de las Servidoras Públicas y armonizar el ejercicio de sus diversos roles con los cuales transforman la ciudad, en procura de la conciliación entre la vida laboral y familiar que fortalezca vínculos e incremente de forma equitativa las oportunidades y responsabilidades de hombres y mujeres.

 

Que los lineamientos en materia de bienestar que deben hacerse efectivos por parte de las entidades distritales están configurados por los beneficios que se describen a continuación, de conformidad con los términos establecidos en la Directiva No. 002 del 8 de marzo de 2017.

 

1. Reconociendo el preciado tiempo con los bebés: Se concederá a las Servidoras Públicas una hora dentro de la jornada laboral para compartir con su hijo, sin descuento alguno del salario por dicho concepto durante los siguientes seis (6) meses de haber finalizado el disfrute de la hora de lactancia, es decir hasta que el hijo cumpla su primer año de edad. El tiempo concedido será concertado con el superior jerárquico inmediato, garantizando la adecuada prestación del servicio.

 

2. Tarde de juego: Se otorgará a las Servidoras y Servidores Públicos que tengan hijos entre 0 y 10 años de edad, una "tarde de juego”, que consiste en conceder al servidor un permiso remunerado por cuatro (4) horas, dentro de la jornada laboral de la tarde, para que pueda(n) compartir con su Hijo(s) y afianzar lazos afectivos con el(los) menor(es). Esta tarde deberá ser concedida en los meses de octubre, en uno de los días de la semana de receso establecida en el calendario escolar. El tiempo será concertado con el superior jerárquico inmediato, sin menoscabo de la prestación del servicio.

 

3. Salas amigas de la Familia Lactante en entorno laboral: En aras de resaltar la importancia de estos espacios, el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., hace un llamado a las entidades para que acondicionen a la mayor brevedad la sala de lactancia prevista en la Ley 1823 de 2017, bajo las normas técnicas de seguridad requeridas, cuidando que sea un espacio confortable, conservando la- armonía y delicadeza de la maternidad. Es así, que el Instituto de Desarrollo Urbano de conformidad con los parámetros establecidos en el Acuerdo 480 del 16 de diciembre de 2011 “Por medio del cual se establecen políticas para la adopción de las salas amigas de la familia lactante en el ámbito laboral en las entidades distritales y se dictan otras disposiciones”, puso en funcionamiento desde el año 2013 la "Sala Amiga” para las servidoras y contratistas en período de lactancia, la cual se encuentra instalada en el segundo piso del Edificio de la sede principal de la entidad; programa que ya cuenta con el reconocimiento por parte de la Secretaría de Integración Social en mayo de 2014, por la labor de promoción, protección, apoyo y defensa de la lactancia materna en el Distrito Capital.

 

Que en consideración a lo anterior, en lo que concierne a los programas “Reconociendo el preciado tiempo con los bebés” y la “Tarde de juego”, estos serán institucionalizados como beneficios en favor de los (sic) servidoras (es) Públicos del Instituto, dentro de cada uno de los planes de Bienestar que adopte la Entidad.

 

Que respecto a la “Sala Amiga” es claro que el Instituto de Desarrollo Urbano ya ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el mencionado acuerdo y la Directiva No 002 del 8 de marzo de 2017 de la Alcaldía Mayor de Bogotá y continuara con su compromiso promoviendo su uso.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar los lineamientos que en materia de bienestar consagra la Directiva No. 002 del 8 de marzo de 2017 expedida por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., en favor de los (as) servidores (as) del Instituto de Desarrollo Urbano, a través de los siguientes programas:

 

1. Reconociendo el preciado tiempo con los bebés:

 

Las Servidoras Públicas de la Entidad tendrán derecho a una (1) hora dentro de la jornada laboral para compartir con su hijo durante los siguientes seis (6) meses de haber finalizado el disfrute de la hora de lactancia, es decir, hasta que el hijo cumpla su primer año de edad. El tiempo concedido no será objeto de descuento alguno del salario y éste será concertado con el superior jerárquico inmediato, garantizando la adecuada prestación del servicio.

 

2. Tarde de juego:

 

Los servidores y Servidoras públicas de la Entidad que tengan hijos entre los 0 y 10 años de edad, tendrán derecho a una tarde de juego que consiste en un permiso remunerado por cuatro (4) horas dentro de la jornada laboral en la tarde, el cual será concedido en el mes de octubre en uno de los días de semana de receso establecida en el calendario escolar. Este tiempo será concertado con el superior jerárquico inmediato, sin menoscabo de la prestación del servicio.

 

3. Salas amigas de la Familia Lactante en entorno laboral:

 

La “Sala Amiga” que está en funcionamiento desde el año 2103, continuará beneficiando a las madres lactantes que laboren al servicio del Instituto.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 03 días del mes de abril del año 2017

 

YANETH ROCIO MANTILLA BARÓN

 

Directora General