DECRETO LOCAL 007 DE 2020
(Marzo 09)
Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos
y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal
2020
EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y
legales y en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 de
2010, y
CONSIDERANDO:
Que en el numeral 4.4 del Módulo 3 de la Resolución N° SHD- 000191 22 de
2017 de la Secretaría Distrital de Hacienda, sobre el Ajuste por Cierre Presupuestal
se indica el procedimiento para efectuar el ajuste en mención.
Que de conformidad con lo estipulado en la Circular Con- junta de Secretaría
Distrital de Hacienda y Secretario Distrital de Planeación N° 003 de 2019, “Guía
de ejecución, seguimiento y cierre presupuestal 2019 y programación
presupuestal vigencia 2020”, en su Capítulo 3, establece el ajuste de las
Obligaciones por Pagar programadas en el Presupuesto de Funcionamiento e Inversión
de la vigencia 2020, al valor realmente constituido.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, apropio en la vigencia
2020 en las Obligaciones por Pagar el monto de $ 31.700.000.000, y el valor es superior
al valor de $ 25.528.037.535, correspondiente a las obligaciones por pagar
constituidas a 31 de diciembre de 2019.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Chapinero debe ajustar en
Funcionamiento el rubro “3.1.8.90.01 Obligaciones por pagar Vigencia Anterior”
y en la Inversión Obligaciones por pagar, así: En los rubros “3.3.6.15 Bogotá
Mejor para todos” y “3.3.6.90 Obligaciones por pagar Vigencias
Anteriores” hasta el monto de Obligaciones por pagar constituidas.
Que mediante comunicación la Dirección Distrital de Presupuesto según
radicado N° 2020EE31496 del 6 de marzo de 2020, emitió concepto favorable para
efectuar el ajuste presupuestal de las Obligaciones por Pagar del Fondo de desarrollo
local de Chapinero.
Que mediante comunicación 2-2020-10406 del 28 de febrero de 2020, la
Secretaria de Planeación expidió concepto favorable al Ajuste de la Inversión
presupuestal de las Obligaciones por Pagar del Fondo de desarrollo local de Chapinero.
Que la Administración Local para adelantar el respectivo ajuste cuenta con
el Certificado de Disponibilidad Presupuestal N° 273, 274 y 275 del 31 de enero
de 2020.
Que en mérito a lo expuesto anteriormente. El Alcalde Local Chapinero
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar el presupuesto de Gastos del Fondo de
Desarrollo Local de Chapinero, para la vigencia fiscal de 2020, conforme al
siguiente detalle:
|
CODIGO
|
CONCEPTO
|
AUMENTAR
|
REDUCIR
|
|
3
|
GASTOS
|
13.288.195
|
6.186.250.660
|
|
3.1
|
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
|
0
|
333.552.674
|
|
3.1.8
|
OBLIGACIONES POR PAGAR
|
0
|
333.552.674
|
|
3.1.8.90
|
Obligaciones por Pagar de
Funcionamiento
|
0
|
333.552.674
|
|
3.1.8.90.01
|
Obligaciones por pagar de Vigencia
Anterior
|
0
|
333.552.674
|
|
3.3
|
INVERSIÓN
|
13.288.195
|
5.852.697.986
|
|
3.3.6
|
OBLIGACIONES POR PAGAR
|
13.288.195
|
5.852.697.986
|
|
3.3.6.15
|
Bogotá Mejor para todos
|
13.288.195
|
583.740.457
|
|
3.3.6.15.01
|
Pilar Igualdad de calidad de vida
|
0
|
332.622.904
|
|
3.3.6.15.01.02
|
Desarrollo integral desde la gestación
hasta la adolescencia
|
0
|
129.818.249
|
|
3.3.6.15.01.02.1293
|
Contribuir en el desarrollo de la primera infancia y la eliminación de
las violencias
|
0
|
129.818.249
|
|
3.3.6.15.01.03
|
Igualdad y autonomía para una Bogotá
incluyente
|
0
|
71.486.967
|
|
3.3.6.15.01.03.1294
|
Fortalecimiento a las personas mayores
|
0
|
59.922.967
|
|
3.3.6.15.01.03.1295
|
Brindar acciones integrales, para personas con discapacidad y sus
respectivos cuidadores
|
0
|
11.564.000
|
|
3.3.6.15.01.04
|
Familias protegidas y adaptadas al
cambio climático
|
0
|
69.641.181
|
|
3.3.6.15.01.04.1296
|
Reducción y mitigación del riesgo frente
al cambio climático
|
0
|
69.641.181
|
|
3.3.6.15.01.07
|
Inclusión educativa para la equidad
|
0
|
5.567.000
|
|
3.3.6.15.01.07.1297
|
Por un territorio educado, incluyente y
diverso
|
0
|
5.567.000
|
|
3.3.6.15.01.11
|
Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la
recreación y el deporte
|
0
|
56.109.507
|
|
3.3.6.15.01.11.1298
|
Cultura y deporte: transformando vidas y haciendo ciudadanos felices
|
0
|
56.109.507
|
|
3.3.6.15.02
|
Pilar Democracia urbana
|
0
|
124.283.205
|
|
3-3-6-15-02-15
|
Recuperación, incorporación, vida
urbana y control de la ilegalidad
|
0
|
33.378.667
|
|
3.3.6.15.02.15.1299
|
Asesoría para legalización de barrios y
titulación de predios
|
0
|
33.378.667
|
|
3.3.6.15.02.17
|
Espacio público, derecho de todos
|
0
|
49.674.429
|
|
3.3.6.15.02.17.1300
|
Adecuación y mantenimiento de
parques
|
0
|
49.674.429
|
|
3.3.6.15.02.18
|
Mejor movilidad para todos
|
0
|
41.230.109
|
|
3.3.6.15.02.18.1301
|
Mejorar la calidad de la movilidad
|
0
|
41.230.109
|
|
3.3.6.15.03
|
Pilar Construcción de comunidad y
cultura ciudadana
|
0
|
11.821.040
|
|
3.3.6.15.03.19
|
Seguridad y convivencia para todos
|
0
|
11.821.040
|
|
3.3.6.15.03.19.1302
|
Entornos seguros para la ciudadanía
|
0
|
11.821.040
|
|
3.3.6.15.06
|
Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia
energética
|
0
|
12.597.628
|
|
3.3.6.15.06.41
|
Desarrollo rural sostenible
|
0
|
12.597.628
|
|
3.3.6.15.06.41.1303
|
Apoyo y asesoría a la ruralidad
|
0
|
12.597.628
|
|
3.3.6.15.07
|
Eje transversal Gobierno leg咜imo,
fortalecimiento local y eficiencia
|
13.288.195
|
102.415.680
|
|
3.3.6.15.07.45
|
Gobernanza e influencia local, regional e internacional
|
13.288.195
|
102.415.680
|
|
3.3.6.15.07.45.1304
|
Gobernanza y fortalecimiento del
desarrollo institucional
|
13.288.195
|
|
|
3.3.6.15.07.45.1305
|
En Chapinero participamos todos
|
0
|
102.415.680
|
|
3.3.6.90
|
OBLIGACIONES POR PAGAR
VIGENCIAS ANTERIORES
|
0
|
5.268.957.529
|
|
TOTAL
|
13.288.195
|
6.186.250.660
|
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su
publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de marzo
del año 2020.
HERNANDO JOSÉ QUINTERO MAYA
Alcalde Local de Chapinero