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Decreto Local 006 de 2018 Alcaldía Local de Puente Aranda

Fecha de Expedición:
17/12/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/12/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6457 del 19 de diciembre de 2018
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 006 DE 2018

 

(Diciembre 17)

 

Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, para la vigencia 2018.

 

EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA

 

En uso de sus facultades legales y en especial la que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 2010

 

CONSIDERANDO:

 

Que en virtud de lo establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde Local mediante Decreto puede realizar los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, previo concepto favorable de la secretaria Distrital de Hacienda.

 

Que mediante oficio 2018EE241361 del 14 de diciembre de 2018, la Secretaria Distrital de Hacienda conceptuó favorablemente a la Modificación Presupuestal.

 

Que mediante oficio 2-2018-74684 de fecha 05 de diciembre de 2018 la secretaria Distrital de Planeación conceptuó favorablemente a la Modificación Presupuestal.

 

Que el Proyecto 1312 “Fortalecimiento al desarrollo Local” Requiere adicionar recursos para poder cumplir con la totalidad de los compromisos para el apoyo a la administración.

 

Que el Proyecto 1289 “PROMOCION Y APOYO A LA PARTICIPACION CIUDADANA” Cumplió con la meta esperada y sus recursos pueden ser ejecutados

por otro proyecto.

 

Que se hace necesario adicionar el proyecto 1286: APOYO ECONÓMICO PARA PERSONAS MAYORES EN LA LOCALIDAD PUENTE ARANDA” con el fin de garantizar el pago de los meses restantes.

 

Que el proyecto 1286 “vejez feliz: Apoyo económico para personas mayores en la Localidad Puente Aranda requiere recursos para completar el cubrimiento de los beneficiarios.

 

Que el proyecto 1290 “Democracia Urbana mas vías para todos” requiere recursos para poder intervenir mas segmentos viales en la localidad.

 

Que en mérito de lo anterior expuesto,

 

DECRETA

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese unos contra créditos en el Presupuesto de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la Vigencia Fiscal 2018, por la suma de ($608.805.870) de acuerdo con el siguiente detalle:

 

016 

Fondo desarrollo local puente Aranda

 $608.805.870

3 -3

INVERSION 

$608.805.870

3 3-1

DIRECTA 

$608.805.870

3 3 -1 -15 

Bogotá: Mejor para todos 

$608.805.870

3 - 3 -1- 15- 07 

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia 

$608.805.870

3 - 3 -1- 15- 07 - 45

Gobernanza e influencia local, regional e internacional 

$608.805.870

3 - 3 -1- 15- 07-45 -1289 

Promoción y apoyo a la participación ciudadana

 $608.805.870

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese unos créditos en el Presupuesto de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la Vigencia Fiscal 2018, por la suma de ($608.805.870) de acuerdo con el siguiente detalle:

 

016 

Fondo desarrollo local puente Aranda

 $608.805.870

3 -3 

INVERSION 

$608.805.870

3 -3- 1 

DIRECTA 

$608.805.870

3 -3- 1 - 15

Bogotá Mejor para todos 

$608.805.870

3 -3- 1 – 15 - 01 

Pilar 1: Igualdad en calidad de vida 

$82.000.000

3- 3- 1- 15- 01-03 

Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente

 $82.000.000

3 - 3 - 1- 15- 01-03 -1286

 vejez feliz: Apoyo económico para personas mayores en la Localidad Puente Aranda 

$82.000.000

3 – 3 - 1- 15 - 02 

Pilar 2 : Democracia Urbana 

$485.805.870

3 - 3 - 1- 15 -02-18 

Mejor movilidad para todos 

$485.805.870

3- 3- 1- 15- 02-18 -1290 

Democracia Urbana mas vías para todos

$485.805.870

3 3 –1 - 15 -07

 Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

 $41.000.000

3 3 –1 - 15 -07-45 

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

 $41.000.000

3 3 –1 - 15 - 07-45 -1312 

Fortalecimiento al desarrollo local 

$41.000.000

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de diciembre del año 2018

 

CORNELIA NISPERUZA FLÓREZ

 

ALCALDESA LOCAL (E.)