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Resolución 094 de 2020 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente

Fecha de Expedición:
21/05/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/05/2020
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 51322 del 22 de mayo de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 094 DE 2020

 

(Mayo 21)

 

Por la cual se desarrollan e implementan los Documentos Tipo para los procesos de obra pública de infraestructura de transporte que se adelanten por la modalidad de mínima cuantía

 

El Director General, en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confiere el Decreto Ley 4170 de 2011 y el Decreto 594 de 2020, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto-Ley 4170 de 2011 creó la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, entidad adscrita al Departamento Nacional de Planeación, como ente rector dela contratación pública, la cual tiene por objetivo desarrollar e impulsar políticas públicas y herramientas orientadas a la organización y articulación de los participantes en los procesos de compras y contratación pública, con el fin de lograr una mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos del Estado;

 

Que el artículo 4° de la Ley 1882 de 2018, por el cual se adicionó el parágrafo 7° al artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, otorgó al Gobierno nacional la facultad de adoptar Documentos Tipo para los pliegos de condiciones de los procesos de selección de obras públicas, interventoría para las obras públicas, interventoría para consultoría de estudios y diseños para obras públicas y consultoría en Ingeniería para obras, los cuales deben ser utilizados por todas las entidades sometidas al Estatuto General de la Contratación de la Administración Pública en los procesos de selección que adelanten;

 

Que el artículo 10 del Decreto-Ley 4170 de 2011 establece que a Colombia Compra Eficiente le corresponde dirigir la creación e Implementación de instrumentos y herramientas que faciliten las compras y contratación del Estado;

 

Que mediante el Decreto 594 del 25 de abril de 2020, que modifica el artículo 2.2.1.2.6.1.6 y adiciona la Subsección 3, a la Sección 6, del Capítulo 2, del Título 1, de la Parte 2, del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, el Gobierno nacional adoptó los Documentos Tipo para los procesos de obra pública de infraestructura de transporte que se adelanten por la modalidad de mínima cuantía;

 

Que el Decreto 594 del 25 de abril de 2020 señala que la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación (DNP) y el Ministerio de Transporte, desarrollará e implementará los Documentos Tipo;

 

Que los Documentos Tipo desarrollados e implementados por Colombia Compra Eficiente, en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación (DNP) y el Ministerio de Transporte, se someten a la reglamentación del Gobierno nacional y están subordinados a la Constitución y a la ley, como manifestación de la potestad regulatoria de orden técnico que poseen algunas autoridades, en virtud de las funciones atribuidas por el ordenamiento jurídico;

 

Que en cumplimiento de lo establecido en el numeral 8 del artículo 8° de la Ley 1437 de 2011, el presente acto administrativo se publicó en la página web de Colombia Compra Eficiente durante 18 días calendario, para recibir observaciones de la ciudadanía, las cuales fueron analizadas e incorporadas en lo posible en los Documentos Tipo;

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Desarrollo e implementación de los documentos tipo. En cumplimiento del Decreto 594 de 2020, se desarrollan e implementan los siguientes Documentos Tipo para los procesos de obra pública de infraestructura de transporte que se adelanten por la modalidad de mínima cuantía:

 

A. INVITACIÓN PÚBLICA

 

B. ANEXOS

 

1. Anexo 1 - Pacto de Transparencia

 

2. Anexo 2 - Comunicación de Aceptación de la oferta

 

C. FORMATOS

 

1. Formato 1 - Carta de presentación de la oferta

 

2. Formato 2 - Conformación del proponente plural

 

3. Formato 3 - Experiencia


4. Formato 4 - Capacidad financiera y/u organizacional

 

5. Formato 5 - Capacidad residual

 

6. Formato 6 - Pagos de seguridad social y aportes legales

 

D. MATRICES

 

1. Matriz 1 - Experiencia

 

2. Matriz 2 - Indicadores financieros y/u organizacional

 

3. Matriz 3 - Riesgos

 

E. FORMULARIOS

 

1. Formulario 1 - Formulario de Presupuesto Oficial.

 

Artículo 2°. Inalterabilidad de los documentos tipo. Las entidades estatales no pueden incluir condiciones ni modificar las previstas en los Documentos Tipo, a menos que expresamente se les faculte para hacerlo.

 

Artículo 3°. Vigencia. Esta resolución rige a partir de su publicación, y aplica a los procedimientos de mínima cuantía, para la contratación de obra pública de infraestructura de transporte, cuya invitación .se publique a partir del 10 de junio de 2020.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D. C., a los 21 días del mes de mayo del año 2020.

 

El Director General,

 

José Andrés O’Meara Riveira.