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Resolución 2563 de 2020 Registraduría Nacional del Estado Civil

Fecha de Expedición:
11/03/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

 

RESOLUCIÓN 2563 DE 2020

 

(Marzo 11)

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 2031 del 27 de febrero de 2020 "Por la cual se modifica y adiciona la Resolución 1074 del 4 de febrero de 2020 “Por la cual se establece la fecha de realización de Consejos Municipales y Locales de Juventud y se dicta un calendario electoral””


EL REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Y EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

 

En uso de las atribuciones constitucionales y legales y en especial las consagradas en el artículo 265 y 266 Constitución Política, el artículo 26 Numeral 20 del Código Electoral y el Numeral 1 1 del artículo 50 del Decreto Ley 1010 de 2000, la Ley Estatutaria 1885 de 2018, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Resolución No. 2031 del 27 de febrero de 2020, se modificó y adicionó la Resolución No. 1074 del 4 de febrero de 2020.


Que los artículos 31 y 33 de la Ley Estatutaria de 1475 de 2011 establecieron el periodo de modificación de la inscripción de candidatos (al día siguiente hábil del cierre de la inscripción), la publicación de la relación de los candidatos inscritos y la remisión de los mismos a los organismos competentes para certificar las causales de inhabilidad (dentro de los dos días calendario siguientes al vencimiento del término del periodo de modificación).

 

Que el artículo 20 de la Ley Estatutaria 1885 de 2018 establece que los aspectos no regulados por esta Ley que se refieran a temas electorales, se regirán por las disposiciones vigentes.


En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, es necesario modificar en el calendario electoral las fechas de las actividades aludidas en el considerando anterior.

 

Que, con fundamento en lo anterior,

 

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR el artículo segundo de la Resolución 2031 del 27 de febrero de 2020 proferida por el Registrador Nacional del Estado Civil y el Presidente del Consejo Nacional Electoral, en las fechas que a continuación se relacionan:


SOPORTE

10 de agosto de

2020

Art. 31 Ley

Estatutaria 1475 de 2011

Art. 20 Ley

1885 de 2018

Inicia el período de modificación de inscripción de candidatos de los

Partidos y Movimientos Políticos, Procesos y Prácticas Organizativas y Listas Independientes

(Día hábil siguiente al cierre de inscripción de candidatos)

14 de agosto de

2020

Art. 31 Ley

Estatutaria

1475 de 2011

Art. 20 Ley

1885 de 2018

Finaliza el período de modificación de inscripción de candidatos de los Partidos y Movimientos Políticos, Procesos y Prácticas

Organizativas y Listas Independientes

(5 días hábiles siguientes al cierre de inscripción de candidatos)

16 de agosto de

2020

Art. 33 Ley

Estatutaria

1475 de 2011

Publicación del listado de candidatos inscritos en un lugar visible de sus dependencias y en la página oficial de la Registraduría y remisión a los organismos competentes para certificar sobre las causales de inhabilidad.

2 días calendario al vencimiento de la modificación

  

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente resolución rige a partir de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de marzo del año 2020.

 

ALEXANDER VEGA ROCHA

 

Registrador Nacional       del Estado Civil

 

HERNÁN PENAGOS GIRALDO

 

Presidente del Consejo Nacional Electoral