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CIRCULAR 008 DE 2020(Junio 01)PARA: DIRECTIVOS Y ASESORES RESPONSABLES DE ÀREA DEL FONCEP
DE: SUBDIRECTORA FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA
ASUNTO: REGRESO GRADUAL AL TRABAJO PRESENCIAL
En concordancia con las determinaciones para afrontar la emergencia sanitaria producida por la pandemia causada por el COVID-19 establecidas tanto por el Gobierno Nacional como por la Administración Distrital, la entidad ha implementado lo necesario a nivel interno, buscando favorecer las condiciones adecuadas para que los servidores y contratistas de la Entidad puedan continuar desarrollando sus actividades acatando la medida de aislamiento obligatorio, tal como lo establece la Resolución DG Nº-009 del 6 de abril de 2020 la cual autoriza a los servidores a “cumplir sus funciones mediante la modalidad de trabajo en casa, haciendo uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones”.
Por su parte, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá mediante las Circulares números 043 y 044 del 6 mayo de 2020 emitió directrices para retomar el desempeño presencial de las funciones y obligaciones de los organismos públicos y distritales. Sobre el particular, se indica que el equipo directivo de cada entidad debe iniciar la implementación de protocolos de bioseguridad establecidos en las normas nacionales y distritales, la permanencia del trabajo en casa como medio preferencial y el establecimiento de turnos de trabajo en diferentes horarios para la reincorporación gradual y segura de funciones presenciales.
En ese sentido la entidad emitió la Resolución SFA 0093 del 20 de mayo de 2020 mediante la cual se establecen lineamientos para adoptar las medidas de bioseguridad para mitigar y controlar la pandemia del Coronavirus COVID-19, estipuladas en la Resolución 666 del 24 de abril del 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Con el propósito de dar aplicación a las anteriores normas a partir del próximo 2 de junio los directivos y asesores responsables de área, deberán retornar gradualmente al trabajo presencial un día a la semana y participar de las reuniones a las que sean convocados ya sea por la Dirección General o por su jefe inmediato.
Para tal efecto, es necesario que cada funcionario mantenga las normas de autocuidado establecidas en la Resolución SFA 0093 de 2020, las indicadas por las autoridades nacionales y distritales frente al tema de desplazamientos al lugar de trabajo y retorno a la casa y seguir los lineamientos indicados en los protocolos implementados por la administración del edificio de la Sede de la Entidad en la Cra 6 Nº 14-98 Torre A.
Se recuerda que con la expedición del Decreto Distrital 131 del 31 de mayo de 2020 con el fin de dar cumplimiento a la obligación de identificación o acreditación de que trata el artículo 3 del Decreto Nacional 749 de mayo de 2020, todas las personas exceptuadas de la medida de aislamiento obligatorio y las que deban movilizarse por temas laborales previamente autorizados, se deben inscribir a través de la aplicación de Gobierno Abierto de Bogotá (GABO APP) diligenciando el formulario que les permite registrarse y brindar información clave para el seguimiento y atención de la emergencia sanitaria por el COVID 19.
Es importante señalar que, en caso de presentarse alguna novedad en las condiciones de salud durante la permanencia en las instalaciones de la entidad, la misma deberá ser reportada de inmediato al correo electrónico sst@foncep.gov.co con el fin de iniciar las acciones que correspondan.
Atentamente,
ANGÉLICA MALAVER GALLEGOSubdirectora Financiera y Administrativa
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