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Acuerdo 004 de 2020 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD - Consejo Directivo

Fecha de Expedición:
25/06/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/06/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6843 del 28 de junio de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 004 DE 2020

 

(Junio 25)

 

Por medio del cual se aprueba una modificación al presupuesto de Gastos de Inversión de la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL - UAECD para la vigencia fiscal 2020

 

El CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL, en virtud de lo establecido en el artículo 63 del Decreto 714 de 1996 y en uso de las facultades legales, en especial la que le confiere el artículo 9 del Decreto Distrital 777 de 2019, en el ejercicio de sus atribuciones legales, reglamentarias y estatutarias, en especial las contenidas en el artículo 18 del Acuerdo 003 de 2012 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 9º del Decreto Distrital 777 de 2019 establece como una de las funciones de las Juntas o Consejos Directivos aprobar las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación, cuando no se modifique el monto agregado de las apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C.

 

Que estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Salvo las excepciones previstas en el parágrafo del artículo anteriormente citado.

 

Que tratándose de gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Que conforme con el numeral 5° del artículo 18 del Acuerdo 003 del 2 de mayo de 2012, el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD tiene dentro de sus funciones la de aprobar anualmente los planes, programas y proyectos y el presupuesto de esta Unidad, así como las modificaciones que se efectúen sobre los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y las competencias definidas en su reglamento.

 

Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, “Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”, establece que cuando fuere necesario aumentar o disminuir las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, se pueden hacer las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.

 

Que la Resolución SDH - 000191 del 22 de septiembre de 2017, “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital”, establece en su Módulo 1 numeral 3.2.1.4.2 “Traslados presupuestales internos” los requisitos para efectuar un traslado presupuestal al interior de agregados.

 

Que la Secretaría Distrital de Planeación emitió la Circular Nº 001 de 2017, en la cual se establecen los lineamientos para presentar modificaciones al presupuesto de inversión.

 

Que en lo referente a la armonización presupuestal, de conformidad con lo establecido en la Ley 152 de 1994[1],Acuerdos 12 de 1994[2], 63 de 2002[3] y 190 de 2005[4], es necesario adelantar este proceso en la presente vigencia con el propósito de iniciar la ejecución del Plan de Desarrollo Distrital 2020 - 2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”.

 

Que mediante la Circular Conjunta Nº 007 de 2020, expedida por las Secretarías Distritales de Planeación y Hacienda, se establecieron los lineamientos para efectuar dicha armonización presupuestal.

 

Que la Unidad cuenta con presupuesto autorizado mediante el Decreto 816 del 26 de diciembre de 2019, “Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 y se dictan otras disposiciones”, en cumplimiento del Decreto 744 del 6 de diciembre de 2019, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá, Distrito Capital.

 

Que mediante Acuerdo del Concejo de Bogotá N°. 761 de 2020 se adoptó el Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020- 2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”.

 

Que mediante comunicación SDP 2-2020-26598 de junio 19 de 2020, la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable a la modificación al Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2020 con motivo del proceso de armonización presupuestal.

 

Que mediante comunicaciones SHD 2020EE80170 y SHD 2020EE80172 de junio 25 de 2020, la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, emitió concepto favorable a la modificación al Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2020 en el marco del proceso de la armonización presupuestal.

 

Que la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital requiere efectuar una modificación al Presupuesto de Gastos de Inversión de la Vigencia 2020 por la suma de SIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($7.844.231.496), para armonizar el presupuesto al Plan de Desarrollo Distrital 2020- 2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”.

 

Que con el traslado presupuestal se contribuirá al cumplimiento de los compromisos de ciudad planteados en el Plan de Desarrollo Distrital 2020- 2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”.

 

En mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la siguiente modificación en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital de la vigencia 2020 en el marco del proceso de armonización presupuestal, por la suma de SIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS ($7.844.231.496) M/ CTE, según el siguiente detalle:


Contracréditos

 

Rubro

Descripción

Contracrédito

3-3

INVERSION

$7.844.231.496

3-3-1

DIRECTA

$7.844.231.496

3-3-1-15

Bogotá Mejor Para Todos

$7.844.231.496

3-3-1-15-07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

$7.844.231.496

3-3-1-15-07-42

Transparencia, gestión pública y servicio a la ciudadanía

$221.821.265

3-3-1-15-07-42-1180

Afianzar una gestión pública efectiva

$221.821.265

3-3-1-15-07-42-1180-185

Fortalecimiento a la gestión pública efectiva y eficiente

$221.821.265

3-3-1-15-07-44

Gobierno y ciudadanía digital

$7.622.410.231

3-3-1-15-07-44-0983

Capturar, integrar y disponer información geográfica y catastral para la toma de decisiones

$7.622.410.231

3-3-1-15-07-44-0983-192

Fortalecimiento institucional a través del uso de TIC

$7.622.410.231

Total      Contracréditos

 

$7.844.231.496

 

Créditos

 

Rubro

Descripción

Crédito

3-3

INVERSION

$7.844.231.496

3-3-1

DIRECTA

$7.844.231.496

3-3-1-16

Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI

$7.844.231.496

3-3-1-16-05

Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente

$7.844.231.496

3-3-1-16-05-53

Información para la toma de decisiones

$5.308.549.471

3-3-1-16-05-53-7839

Fortalecimiento de la Infraestructura de Datos Espaciales de Bogotá como herramienta para la integración de la información de las entidades distritales para la toma de decisiones

$4.708.413.795

3-3-1-16-05-53-7840

Fortalecimiento de la gestión catastral con enfoque multipropósito en Bogotá D.C.

$600.135.676

3-3-1-16-05-56

Gestión pública efectiva

$2.535.682.025

3-3-1-16-05-56-7841

Fortalecimiento Institucional de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital

- UAECD

$2.535.682.025

Total Créditos

 

$7.844.231.496


ARTÍCULO SEGUNDO: Remítanse copias del presente Acuerdo a la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente acuerdo rige a partir de su publicación en el Registro Distrital.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de junio del año 2020.

 

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS

 

Presidente Consejo Directivo

 

HELVER ALBERTO GUZMÁN MARTÍNEZ

 

Secretario Consejo Directivo

 

NOTAS DE PIE DE PÁGINA:


[1] Por la cual se establece la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo

[2] Por el cual se establece el Estatuto de Planeación del Distrito Capital y se reglamenta la Formulación, la Aprobación, la Ejecución y la Evaluación del Plan de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, y se dictan otras disposiciones complementarias.

[3] "Por el cual se definen los procedimientos de armonización del presupuesto con los Planes de Desarrollo"

[4] Por el cual se modifica el artículo 1 y el Parágrafo único del Acuerdo 63 de 2002.