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Resolución 100004452 de 2020 Superintendencia de Sociedades

Fecha de Expedición:
26/06/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/06/2020
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 51357 del 26 de junio de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 100-004452 DE 2020

 

(Junio 26)

 

Por medio de la cual se adicionan unas competencias en materia de insolvencia, en virtud del Decreto Ley 772 de 3 de junio 2020

 

El Superintendente de Sociedades, en uso de sus atribuciones legales, reglamentarias, y en especial las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 15, 18, 19 y 20 del artículo 8°, el Decreto 1023 de 2012, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en las Resoluciones 100-001106 y 11001107 de 31 de marzo de 2020, se han definido las funciones y competencias que corresponden a cada uno de los grupos internos de trabajo de las diferentes dependencias de la entidad;

 

Que mediante la Resolución 100-002560 de 17 de abril de 2020, se adicionó la Resolución 100-001107 de 31 de marzo de 2020, a fin de adicionar las competencias de los Grupos adscritos a la Delegatura de Procedimientos de Insolvencia en virtud de lo dispuesto en el Decreto Ley 560 de 15 de abril de 2020;

 

Que mediante el Decreto 772 de 3 de junio de 2020, “Por el cual se dictan medidas especiales en materia de procesos de insolvencia, con el fin de mitigar los efectos de la emergencia social, económica y ecológica en el sector empresarial”, el Gobierno nacional creó los procesos de Reorganización Abreviada y de Liquidación Judicial Simplificada;

 

Que algunas de las medidas establecidas en el Decreto Ley 772 de 3 de junio de 2020, implican un alcance y la asignación de funciones a la Superintendencia de Sociedades, como juez de insolvencia;

 

Que, en ese sentido, se requiere hacer una adición a las competencias de las dependencias de la Delegatura de Procedimientos de Insolvencia y las Intendencias Regionales; Que, como consecuencia de lo expuesto, el Superintendente de Sociedades,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Alcance de la resolución. La presente resolución adiciona las competencias que fueron asignadas a los funcionarios de la Delegatura de Procedimientos de Insolvencia y los Intendentes Regionales mediante la Resolución 100-001107 de 31 de marzo de 2020 y 100-002560 del 17 de abril de 2020, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Ley 772 de 3 de junio de 2020.

 

Artículo 2°. Extensión de competencias para la suscripción de providencias propias de los procedimientos del Decreto Ley 772 de 2020. La competencia para suscribir actos y providencias asignada a los funcionarios de la Delegatura de Procedimientos de Insolvencia y a los Intendentes Regionales mediante la Resolución 100-001107 de 2020, podrá igualmente ejercerse frente a los procesos de Reorganización Abreviada y de Liquidación Judicial Simplificada previstos en el Decreto Ley 772 de 3 de junio de 2020, según la distribución de competencias que haya sido realizada por el Superintendente de Sociedades.

 

Artículo 3°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de junio del año 2020.

 

El Superintendente de Sociedades,

 

JUAN PABLO LIÉVANO VEGALARA. (C. F.).