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Resolución 240 de 2020 Secretaría Distrital de Movilidad

Fecha de Expedición:
01/09/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 240 DE 2020

 

(Septiembre 01)

 

Por medio de la cual se suspenden los términos de las actuaciones contravencionales y los beneficios para la realización de cursos pedagógicos

 

El SECRETARIO DISTRITAL DE MOVILIDAD

 

En uso de sus facultades legales en especial las conferidas en el Decreto No. 672 de 2018

 

CONSIDERANDO

 

Que la Secretaría Distrital de Movilidad viene efectuando un proceso de modernización en los trámites, que por ende implica la virtualización de algunos procedimientos, con ocasión de la nueva etapa de aislamiento selectivo en el territorio nacional y en orden a la nueva normalidad en la ciudad de Bogotá, D.C.

 

Que debido al cúmulo de solicitudes que se presentaron a través del aplicativo Ciudadano 360, con ocasión de levantamiento de la suspensión de términos, y debido a los inconvenientes presentados en el aplicativo que han impedido su utilización, la Secretaría Distrital de Movilidad garantizando el debido proceso y velando por la correcta prestación de los servicios a los ciudadanos, suspende los términos desde el día 1 de septiembre de 2020, hasta el día 2 de septiembre de 2020, en los procedimientos originados por la presunta transgresión a las normas tránsito.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Suspender los términos procesales desde el día 1 de septiembre de 2020, hasta el día 2 de septiembre de 2020, en los procedimientos originados con la presunta trasgresión a las normas de tránsito.

 

Parágrafo: Los términos suspendidos se reanudarán automáticamente el día 3 de septiembre de 2020.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Publicar la presente resolución en la página Web institucional y en un lugar visible de los puntos de atención a cargo de la Dirección de Atención al Ciudadano de la Secretaría Distrital de Movilidad.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., al 01 día del mes de septiembre del año 2020.

 

NICOLÁS ESTUPIÑAN ALVARADO

 

Secretario Distrital de Movilidad