![]() |
Cargando el Contenido del Documento |
Por favor espere... |
ACUERDO 38 DE 1928 (Junio 1) Por el cual se dictan algunas disposiciones relativas a la reorganización de la Oficina municipal de estadística. EL CONCEJO DE BOGOTÁ En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO:
ACUERDA ARTÍCULO 1. Desde la sanción de este acuerdo la Dirección municipal de estadística funcionará con el siguiente personal y asignaciones mensuales:
ARTÍCULO 2 . Trasládase la cantidad de seis mil pesos ($6.000) en moneda corriente del artículo 62, capítulo VIII, departamento de vigencias anteriores, al artículo 36, capítulo V, departamento de hacienda, y destínase dicha cantidad para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo único del acuerdo número 22 de 1928, y al pago del sueldo del auxiliar para servicios externos.ARTÍCULO 3. Facúltase al Alcalde de la ciudad para que traslade al artículo 16, capítulo I, departamento de gobierno, las sumas que sean necesarias a fin de dotar la Imprenta municipal de los elementos necesarios para publicar el Boletín de Estadística del Municipio. ARTÍCULO 4. Este acuerdo regirá desde su sanción. ARTÍCULO 5. Queda en estos términos reformado el acuerdo 81 de 1927. Dado en Bogotá, a primero de junio de mil novecientos veintiocho. El Presidente, JUAN ANTONIO MONTOYA El Secretario, Miguel Santamaría Caro Alcaldía de Bogotá – Junio 6 de 1928. Publíquese y ejecútese JOSE M. PIEDRAHITA – El Secretario de Hacienda, Alipio Pabón G. Gobernación de Cundinamarca – Bogotá, junio 20 de 1928 Es exequible. RUPERTO MELO – El Secretario de Gobierno, Ignacio Barberi |