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Acuerdo 34 de 1879 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
05/12/1879
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/12/1879
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 34 DE 1879

(Diciembre 5)

Que establece un mercado de cerdos.

LA MUNICIPALIDAD DE BOGOTA,

Ver el Acuerdo Distrital 1 de 1999

ACUERDA:

ARTICULO 1. Establécese en la ciudad y en el lote de propiedad del Distrito en la antigua Plazuela de la Carnicería, un mercado de cerdos.

ARTICULO 2. Todo individuo que introduzca en la ciudad cerdos par dar al consumo tendrá la obligación de llevarlos al lugar de su expendio.

ARTICULO 3. El individuo que lleve cerdos a este mercado pagará los siguientes derechos.

Veinte centavos por cada cerdo gordo.

Diez centavos por cada cerdo flaco.

ARTICULO 4. El Consejo administrativo dictará los reglamentos necesarios para el mejor desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Dado en Bogotá, a 5 de Diciembre de 1879.

El Presidente, VESPACIO JARAMILLO

El Secretario, Manuel Vallarino.

Jefatura Municipal - Bogotá, Diciembre 9 de 1879.

Publíquese y ejecútese.

R. HINESTROSA

Marcelino Rodríguez C., Secretario,