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Acuerdo 52 de 1917 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
11/12/1917
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/12/1917
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 52 DE 1917

(Diciembre 13)

Reorgánico de la Sección de Justicia de la Alcaldía.

EL CONCEJO DE BOGOTÁ,

En uso de sus atribuciones legales,

Ver el Acuerdo Distrital 23 de 1917 , Ver el art. 11, Ley 270 de 1996

ACUERDA:

ARTICULO 1. La Sección de Justicia de la Alcaldía tendrá, desde la sanción de este Acuerdo, un Jefe y un Oficial Escribiente, con las asignaciones mensuales de ciento veinte pesos y sesenta pesos, respectivamente.

PARÁGRAFO. El Jefe de la Sección actuará como Secretario del Alcalde en el despacho de los juicios de que conoce este en segunda instancia.

ARTÍCULO 2. Se autoriza al Alcalde para comisionar al Jefe de la Sección de Justicia, el desempeño de las diligencias que sean necesarias para el despacho rápido de los asuntos relacionados con el ramo de Justicia. En tales diligencias el Oficial Escribiente de la Sección, actuará como Secretario.

ARTÍCULO 3. Las sentencias definitivas, los autos interlocutorios y resoluciones importantes, las circulares, etc, de la Sección de Justicia que deben publicarse, a juicio del Alcalde, se insertarán en el Registro Municipal de Bogotá, cuyo formato se aumentará, si para ello fuere necesario.

Dado en Bogotá, a once de diciembre de mil novecientos diez y siete.

El Presidente, POMPONIO GUZMAN

El Secretario, Antonio M. Londoño

Alcaldía de Bogotá – Diciembre 12 de 1917

Publíquese y ejecútese.

G. ARRUBLA

Por el Secretario, el Oficial Mayor, Angel M. Olivos

Gobernación de Cundinamarca – Bogotá, diciembre 13 de 1917

Es exequible.

R. ESCALLON

El Secretario de Gobierno, Jorge González García