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ACUERDO 52 DE 1917 (Diciembre 13) Reorgánico de la Sección de Justicia de la Alcaldía. EL CONCEJO DE BOGOTÁ, En uso de sus atribuciones legales, Ver el Acuerdo Distrital 23 de 1917 , Ver el art. 11, Ley 270 de 1996 ACUERDA: ARTICULO 1. La Sección de Justicia de la Alcaldía tendrá, desde la sanción de este Acuerdo, un Jefe y un Oficial Escribiente, con las asignaciones mensuales de ciento veinte pesos y sesenta pesos, respectivamente.PARÁGRAFO. El Jefe de la Sección actuará como Secretario del Alcalde en el despacho de los juicios de que conoce este en segunda instancia. ARTÍCULO 2. Se autoriza al Alcalde para comisionar al Jefe de la Sección de Justicia, el desempeño de las diligencias que sean necesarias para el despacho rápido de los asuntos relacionados con el ramo de Justicia. En tales diligencias el Oficial Escribiente de la Sección, actuará como Secretario. ARTÍCULO 3. Las sentencias definitivas, los autos interlocutorios y resoluciones importantes, las circulares, etc, de la Sección de Justicia que deben publicarse, a juicio del Alcalde, se insertarán en el Registro Municipal de Bogotá, cuyo formato se aumentará, si para ello fuere necesario. Dado en Bogotá, a once de diciembre de mil novecientos diez y siete. El Presidente, POMPONIO GUZMAN El Secretario, Antonio M. Londoño Alcaldía de Bogotá – Diciembre 12 de 1917 Publíquese y ejecútese. G. ARRUBLA Por el Secretario, el Oficial Mayor, Angel M. Olivos Gobernación de Cundinamarca – Bogotá, diciembre 13 de 1917 Es exequible. R. ESCALLON El Secretario de Gobierno, Jorge González García |