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Acuerdo 60 de 1931 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
19/12/1931
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/01/1932
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 60 DE 1931

(Diciembre 19)

Por el cual se crean la Inspección 9 Municipal y el Juzgado 2 de Demandas verbales.

EL CONCEJO DE BOGOTÁ

Ver el art. 50 y ss, Ley 270 de 1996

ACUERDA:

ARTÍCULO 1. Créase la Inspección 9 municipal o Inspección de los barrios del Sur.

La Alcaldía señalará el territorio de jurisdicción que corresponda a esta Inspección.

ARTÍCULO 2. La partida necesaria para la creación y funcionamiento de la inspección 9 municipal se incluirá precisamente en el Presupuesto de la próxima vigencia.

ARTÍCULO 3. Créase un Juzgado 2 municipal de Demandas verbales con el mismo personal y asignaciones de que trata el Acuerdo número 58, reorgánico de la Administración de Justicia del Municipio.

Parágrafo. Este nuevo Juzgado iniciará sus funciones el día en que sea sancionado el Acuerdo número 58 citado.

Dado en Bogotá, a diez y nueve de diciembre de mil novecientos treinta y uno.

El Presidente, GUILLERMO NANNETTI

El Secretario, Abel Botero.

Alcaldía de Bogotá – Enero 16 de 1932

Publíquese y ejecútese.

LUIS PATIÑO GALVIS

– El Secretario de Gobierno, Felipe Lleras Camargo.

Gobernación de Cundinamarca – Bogotá, 4 de febrero de 1932.

Es exequible

LIBORIO CUELLAR DURAN

– El Secretario de Gobierno, Carlos Suárez Latorre