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Acuerdo 29 de 1874 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
14/09/1874
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/09/1874
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 29 DE 1874*

(Septiembre 15)

Sobre embaldosado de las aceras y construcción o composición de caños en la ciudad **

LA MUNICIPALIDAD DE BOGOTÁ,

En uso de sus facultades legales,

 Ver el Acuerdo Municipal 4 de 1865 , Ver el Acuerdo Municipal 9 de 1878

ACUERDA:

ARTICULO 1. Dentro de seis meses dará cuenta el Jefe Municipal del cumplimiento que haya tenido el acuerdo de 26 de Julio de 1865, "sobre embaldosados de las aceras."

ARTICULO 2. La obligación de construir embaldosados, caños laterales y centrales, se fija en los primeros seis meses a los habitantes de un radio de trescientos metros, tomado de las esquinas Norte, Oriente, Sur y Occidente de la Plaza de la Constitución; en los segundos seis meses, a los habitantes de un radio de ciento metros, tomando el punto de partida del lugar en que terminaron los anteriores, y sucesivamente en seis meses más, a los habitantes de los cien metros siguientes, hasta la terminación de la parte edificada.

ARTICULO 3. Para obligar a los propietarios a cumplir lo dispuesto en este acuerdo, el Tesorero podrá embargar, con las formalidades legales, la casa o el arrendamiento, hasta que se cubra el valor del embaldosado y de la construcción o composición de los caños.

Dado en Bogotá, a 14 de Septiembre de 1874.

El Presidente, MANUEL PLATA AZUERO

El Secretario, Eduardo Villegas

Jefatura Municipal - Bogotá, 15 de Septiembre de 1874

Publíquese y ejecútese.

El Jefe Municipal, PEREGRINO SANTACOLOMA

El Secretario, Ignacio Calvo

NOTAS:

* El número anotado, se introdujo para efectos de incorporación al sistema, por cuanto el texto original no contiene numeración.

** Adicionado por el acuerdo de 24 de Febrero de 1875.