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Acuerdo 4 de 1886 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
15/02/1886
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/02/1886
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 4 DE 1886

(Febrero 17)

Sobre cobro de contribución directa municipal.

LA MUNICIPALIDAD DE BOGOTA,

En uso de sus atribuciones legales, y

Ver el Acuerdo Municipal 3 de 1876 , Ver el Acuerdo Municipal 14 de 1890 , Ver el Acuerdo Municipal 7 de 1897

CONSIDERANDO:

Que se adeudan varios créditos al Distrito de Bogotá por impuesto directo sobre fincas raíces de años atrasados, y que el Gobernador del Distrito Federal ha dictado un decreto número 36 creando el empleo de Recaudador Fiscal para recaudar lo que se adeuda de impuesto directo,

ACUERDA:

ARTICULO 1. Créase el destino de Recaudador Fiscal del Distrito de Bogotá, el cual tendrá el 20 por 100 de honorarios por lo que recaude por impuesto directo que se haya quedado a deber al Distrito de Bogotá hasta el 31 de Diciembre de 1885.

ARTICULO 2. Los Recaudadores del Distrito sacarán de sus libros una lista de los saldos que se adeudan al Distrito de Bogotá por impuesto directo hasta el expresado día, y lo pasarán, bajo su responsabilidad, al Recaudador Fiscal.

ARTICULO 3. Las sumas que cobre el Recaudador Fiscal de Bogotá las entregará tomando el recibo correspondiente al Tesorero municipal de Bogotá, los sábados de cada semana.

ARTICULO 4. El Recaudador Fiscal del Distrito prestará una fianza personal de $ 500 que aceptará el Sindico municipal y tomará posesión ante el Alcalde.

Dado en Bogotá, a quince de Febrero de mil ochocientos ochenta y seis.

El Presidente, JOSE SEGUNDO PEÑA

El Secretario, ANTONIO M. LONDOÑO

Alcaldía de Bogotá, - Febrero 17 de 1886.

Publíquese y ejecútese.

H. CUALLA

El Secretario, MANUEL SOLANILLA