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Acuerdo 9 de 1878 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
18/03/1878
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/03/1878
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 9 DE 1878

(Marzo 18)

Sobre adoquinados de las calles de la ciudad.

LA MUNICIPALIDAD

Ver el Acuerdo Municipal 9 de 1912

ACUERDA:

ARTICULO 1. El Jefe Municipal, o el Alcalde de Bogotá, promoverá la refacción de las calles y carreras principales de la ciudad, de manera que en éstas se establezca el sistema de adoquinados. Pero en ningún caso se comenzará la reedificación de una calle o carrera sin haber concluido la principiada antes.

ARTICULO 2. El Jefe Municipal, o el Alcalde, excitará a los dueños de habitaciones situados en las carreras y calles enumeradas, con el fin de que manifiesten si tienen voluntad de hacer la obra, y una vez que la mayoría de los dueños convengan a hacerla, los demás quedarán obligados a contribuir con la cuota correspondiente para que la obra se lleve a efecto.

ARTICULO 3. Convenido los dueños, a la mayoría de ellos, en adoquinar una carrera o calle, se llamará a licitación pública, con el fin de contratar la construcción de la obra, con las mayores facilidades y ventajas para los dueños de las habitaciones.

ARTICULO 4. La dirección de la obra quedará encargada al Director de obras públicas del Distrito, quien trazará los niveles y dispondrá lo conveniente a fin de que la obra se lleve a efecto de la manera más adecuada, procediendo de acuerdo con el contratista.

ARTICULO 5. El costo que ocasione la refección de las cañerías de las casas que se encuentren en las calles que se refeccionen, es de cargo de los dueños de las respectivas casas.

Dado en Bogotá, a diez y ocho de Marzo de mil ochocientos setenta y ocho.

El Presidente, PEDRO J. SARMIENTO

El Secretario, Alejandro Saavedra

Alcaldía del Distrito y Jefatura Municipal - Bogotá, Marzo 19 de 1878.

Publíquese y ejecútese.

RICARDO HINESTROSA

El Secretario, Marcelino Rodríguez C.,