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Acuerdo 4 de 1946 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
08/03/1946
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/03/1946
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 4 DE 1946

(Marzo 11)

Por el cual se autoriza al Alcalde y al personero Municipal para contratar el servicio de alumbrado público con las Empresas Unidad de Energía Eléctrica, S.A.

EL CONCEJO DE BOGOTÁ,

ACUERDA:

ARTICULO 1. Autorízase al Alcalde y al Personero Municipal para contratar con las Empresas Unidas de Energía Eléctrica la instalación, conservación y sostenimiento de alumbrado público, el de los edificios destinados para el funcionamiento de las distintas dependencias municipales y el de los que con el mismo fin, se construyan por administración directa del Municipio.

ARTICULO 2. El Valor del contrato no excederá el monto total de las partidas destinadas o que se destinen en el Presupuesto para atender los servicios a que se refiere el artículo anterior.

ARTICULO 3. La Junta Asesora y de Contratos de la Administración Municipal deberá impartir su aprobación al contrato que se celebre en desarrollo del presente Acuerdo .

ARTÍCULO 4. Este Acuerdo regirá desde su sanción.

Dado en Bogotá, a ocho de marzo de mil novecientos cuarenta y seis.

El Presidente, PLINIO MENDOZA NEIRA

– El Secretario, Luis González S.

Alcaldía de Bogotá – Marzo 11 de 1946.

Publíquese y ejecútese.

RAMON MUÑOZ T.

El Secretario de Obras Públicas, Luis Alberto Martínez A.

("Anales del Concejo, número 1116)

Gobernación de Cundinamarca – Secretaría de Gobierno – Revisión de Acuerdos Municipales – Bogotá, marzo 15 de 1946.

Es exequible

MIGUEL ARTEAGA, Gobernador

– El secretario de Gobierno, Carlos Samper Sordo.