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ACUERDO 4 DE 1946 (Marzo 11) Por el cual se autoriza al Alcalde y al personero Municipal para contratar el servicio de alumbrado público con las Empresas Unidad de Energía Eléctrica, S.A. EL CONCEJO DE BOGOTÁ, ACUERDA: ARTICULO 1. Autorízase al Alcalde y al Personero Municipal para contratar con las Empresas Unidas de Energía Eléctrica la instalación, conservación y sostenimiento de alumbrado público, el de los edificios destinados para el funcionamiento de las distintas dependencias municipales y el de los que con el mismo fin, se construyan por administración directa del Municipio.ARTICULO 2. El Valor del contrato no excederá el monto total de las partidas destinadas o que se destinen en el Presupuesto para atender los servicios a que se refiere el artículo anterior. ARTICULO 3. La Junta Asesora y de Contratos de la Administración Municipal deberá impartir su aprobación al contrato que se celebre en desarrollo del presente Acuerdo . ARTÍCULO 4. Este Acuerdo regirá desde su sanción. Dado en Bogotá, a ocho de marzo de mil novecientos cuarenta y seis. El Presidente, PLINIO MENDOZA NEIRA – El Secretario, Luis González S. Alcaldía de Bogotá – Marzo 11 de 1946. Publíquese y ejecútese. RAMON MUÑOZ T. El Secretario de Obras Públicas, Luis Alberto Martínez A. ("Anales del Concejo, número 1116) Gobernación de Cundinamarca – Secretaría de Gobierno – Revisión de Acuerdos Municipales – Bogotá, marzo 15 de 1946. Es exequible MIGUEL ARTEAGA, Gobernador – El secretario de Gobierno, Carlos Samper Sordo.
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