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ACUERDO 10 DE 1881 (Abril 27) Derogado por el Acuerdo Municipal 8 de 1884 Por el cual se fija el período de los Jueces del Distrito LA MUNICIPALIDAD DE BOGOTA, En uso de sus atribuciones legales conforme a la ley de 14 de Enero de 1873. ACUERDA: ARTICULO UNICO. El período de los Jueces del Distrito de Bogotá será de un año, contado desde el primero de Abril siguiente a su elección. Dado en Bogotá, a veintitrés de Abril de mil ochocientos ochenta y uno El Presidente, FELIPE F. PAUL El Secretario, Antonio M. Londoño Alcaldía del Distrito – Bogotá, Abril 27 de 1881. Publíquese y ejecútese. ALEJANDRO BORDA El Secretario, Elías Jaimes |