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PROYECTO DE ACUERDO 010 DE 2004 "POR EL CUAL SE CREA EL PROGRAMA BOGOTA CON VIDA, CONTRA EL HAMBRE Y LA MISERIA, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" EXPOSICION DE MOTIVOS De acuerdo con las proyecciones del DANE, Bogotá se ubica como la ciudad más poblada de Colombia, registrando entre 1998-2003, una tasa de crecimiento poblacional promedio anual de 2,4% frente a 1,8% nacional; de hecho Bogotá presenta una de las tasas más altas comparada con las cuatro principales ciudades del país. En el 2003, la población de Bogotá ascendió a 6.865.997 de habitantes, lo que representa el 15,3% de la población nacional.Para el año 2001 el D.A.P.D., estimo la población de la ciudad en 6.495.873, repartidos en 1.170.978 viviendas y 1.732.118 hogares. El porcentaje de población se distribuye en estratos así: 1- 6.86%, 2- 36.62%, 3- 42.95, 4- 7.36%, 5- 3.03% y 6- 2.13%, con una ocupación geográfica de 20 localidades en 4 zonas y un índice de N.B.I (Necesidades básicas insatisfechas) de alrededor de 20 puntos. Bogotá D.C., capital de la nación, imagen de la misma, representante comercial y económico del país y territorio donde se asienta la mayor parte de establecimientos educativos, de salud y gubernamentales, cuyo régimen especial se encuentra enmarcado en la Constitución Política y reglamentado en el Decreto Ley 1421 de 1993, en donde se crean derechos y deberes a todas las instancias Distritales. Le da atribuciones al Alcalde Mayor y alcaldes menores, a Ediles y Concejales de la ciudad. Al Concejo de Bogotá le dá una serie de atribuciones y reglas de funcionamiento, entre las que se encuentra la aprobación de proyectos de Acuerdo, que serán lineamientos de ruta para la ciudad. Dentro del papel del Concejo y primordial línea de trabajo se encuentra el defender y crear las pautas de acción para mejorar la calidad de vida de la población más vulnerable. Desde esta perspectiva Administración y Concejo deben trabajar mancomunadamente para atender la ciudad. En la capital los problemas son múltiples y variables. Uno de los de mayor profundidad y base para otra serie, es el de la pobreza. El Distrito aporta el 21% del PIB nacional, concentra el 19% de los hogares y presenta una tasa de migración del 41% donde la mayoría de desplazados incrementa la población en pobreza, la cual se estima en los últimos años en:
Fuente: DANE, Encuesta Nacional de Hogares El crecimiento de la proporción de personas en situaciones de miseria en Bogotá, que en el año 2000 se ubica en 14.9%, se duplica en relación con 1998. Para el año 2002 este indicador superó el nivel de 17%, lo que equivale a decir, que más de 1.100.000 habitantes de la ciudad se encuentran en situación de miseria. La distribución de la línea de pobreza y de indigencia para el año 2003 según cálculos del CID con base en la encuesta Nacional de Hogares DANE 2003, bajo un total de 6.861.499 de personas, determino que el 55.38% de la población se encontraba bajo la línea de pobreza, es decir 3.060.940 habitantes; mientras que la población no pobre llegaba a los 3.800.559 habitantes (44.62%). Bajo la línea de indigencia se encuentran 1.182.631 habitantes (38.64%) y no indigentes 1.178.309 (61.36%) de la población. La distribución de hogares (1.934.828) determinó que el 49.1% de estos se encontraba bajo la línea de pobreza (950.080 de hogares), es decir que 984.748 hogares no son pobres. Bajo la línea de indigencia se encuentran 289.999 hogares (29.8%) y 660.081 hogares son pobres más no indigentes (70.2%). La distribución de los hogares bajo la línea de pobreza por localidad a junio de 2003 es:
Fuente: Calculo CID La distribución de los hogares bajo la línea de indigencia por localidad a junio de 2003 es:
Fuente: Calculo CID El indicador de necesidades básicas insatisfechas, es la base de la planeación Distrital. Para 1997, el 14.52% de la población del Distrito presento NBI; ubicadas principalmente en las localidades de Ciudad Bolívar, Usme, san Cristóbal y Bosa, zonas consideradas como críticas. Las localidades que presentaron menores porcentajes de NBI fueron Teusaquillo, Barrios Unidos y Puente Aranda. Según el DNP, en el año 2000 el 14% de la población de Bogotá tenía al menos una Necesidad Básica Insatisfecha y el 2.6% se encontraba en miseria. A escala nacional estos porcentajes eran del 22.9% y 6.5% respectivamente. Para el año 2003 el CID calcula que el indicador NBI se encuentra alrededor del 5.4%, en donde las localidades de Ciudad Bolívar, Usme, San Cristóbal, Bosa, Tunjuelito y Santa Fe presentan los índices más altos (superiores a 7%), mientras que las localidades de Chapinero y Teusaquillo presentan los índices más bajos (inferiores a 1%).
Según la FAO el 13% de la población del planeta sufre de desnutrición. Bogotá presenta una tasa de alrededor del 14.4%, mientras que la desnutrición aguda se mantiene alrededor de un 0.5%1. Dichos resultados están bastante alejados de los reportados por el Sistema de Vigilancia Alimentaria y Nutricional (SISVAN) de la SDS, en la población atendida en las empresas sociales del Estado, los cuales muestran para el promedio de las veinte localidades, una desnutrición aguda del 23% y una desnutrición crónica del 41% con tendencia al aumento en varias localidades2. La contribución sectorial del PIB de Bogotá, que como ya se dijo aporta el 21% del PIB Nacional, es:
OBJETO DEL PROYECTO El Alcalde de la Ciudad, Sr. Luis Eduardo Garzón, ha planteado la creación de un programa denominado "Bogotá Sin Hambre", con el cual se pretende atacar los déficits de calidad de calidad de la población Bogotá, especialmente de las localidades más críticas y con los mayores índices de necesidades básicas insatisfechas (NBI): Ciudad Bolívar, Usme, Tunjuelito, Bosa, Suba y San Cristóbal. Pretende el programa no sólo atender las necesidades de las comunidades más pobres, sino aplicar medidas de choque para solucionar los problemas de seguridad de estas localidades. La alimentación es un derecho humano básico, todos y cada uno debe tener acceso a alimentos sanos, nutritivos y culturalmente apropiados, en cantidad y calidad suficientes para llevar una vida sana, completa y digna. Por este hecho, cada Administración distrital y nacional debe declarar políticas que lleven a crear pautas de acceso a los alimentos como un derecho constitucional, mejorar la calidad de vida de la población vulnerable y menos favorecida, y desarrollar la economía agrícola del Distrito, la región y la nación a través de alianzas estratégicas con los productores agrícolas, con los distribuidores comerciales, las cadenas de almacenes y la comunidad internacional. La soberania alimentaria requiere el cuidado y el uso sostenible de los recursos naturales, especialmente el de tierra y agua; por lo cual es necesario que dentro del programe se impulsen políticas y proyectos de desarrollo sostenible, mediante la enseñanza y la educación a cada uno de los individuos que participen en el programa, es decir a los más de seis millones de habitantes de la ciudad. Como lo expresó el periódico el Espectador el 18 de noviembre de 2003, "es muy temprano para conoce todo sobre la propuesta del Día sin Hambre. Cabe esperar, sin embargo, que éste no sea un evento aislado sino que haga parte de un proyecto completo para reducir definitivamente el hambre en la ciudad... Una cosa que llama la atención es que el nuevo alcalde impulsará la donación de mercados en las zonas más ricas para llevarlas a aquellas con hambre, ...en sus propias palabras, es absolutamente necesario dada la severa crisis que afronta la ciudad. Se puede anticipar, por último, que los críticos de Lucho Garzón estarán atentos a que el Día sin Hambre no sea útil únicamente para la edificación del futuro político de los nuevos gobernantes". Bajo la última aseveración, de que este programa se convertirá en rasero para los nuevos gobernantes, es que el presente proyecto de Acuerdo crea el "Programa de Bogotá Viva, contra el Hambre y la Miseria" , como parte de una política de desarrollo social que debe permanecer en el tiempo, como acción de planeación a largo plazo y con el objeto de mantener en las futuras administraciones el espíritu de que la sociedad pobre debe mejorar su calidad de vida, como fruto del esfuerzo conjunto del resto de la sociedad, no sólo local, sino distrital, regional, nacional e internacional, bajo la dirección y apoyo de la Administración pública y del Estado. El programa pretende vincular a las personas, los dirigentes mundiales, nacionales y distritales, las organizaciones de la sociedad civil, las empresas privadas, las fundaciones, las asociaciones de agricultores, grupos comunitarios, etc., unidos con el sólo fin de mejorar la comunidad, erradicar el hambre y la miseria y hacer de Bogotá una ciudad vivible para todos. Los compromisos y las promesas como las dadas por el nuevo Alcalde Mayor son sólo puntos de partida en el camino hacía la consecución de una ciudad sin hambre. Es necesario orientar las políticas, programas, proyectos, recursos y actividades para lograr la seguridad alimentaria de manera que se garanticen la disponibilidad y estabilidad de los suministros alimentarios y la accequibilidad de los mismos, así mismo como la calidad e inocuidad de éstos. Pero, el hambre no sólo se erradica dando alimento a los más pobres, se necesita además una serie de políticas que den seguridad, educación, empleo, vivienda, participación en la toma de decisiones, salud, cultura, entre otros. De esta manera y basado que dentro del papel del Concejo de Bogotá se encuentra el promover "la organización de los habitantes y comunidades del Distrito y estimular la creación de las asociaciones profesionales, culturales, cívicas, populares... ...De conformidad con o que disponga la ley, el Concejo dictará normas para asegurar la vigencia de las instituciones y mecanismos de participación ciudadana y comunitaria..."3 Igualmente posee la Corporación de garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito. Razón de más del presente proyecto de Acuerdo como base sólida para el desarrollo del programa de "Bogotá Sin hambre" que será desarrollado por la presente Administración y sustento para el mantenimiento de la atención de la población pobre sin ser discrecionalidad de la Administración de turno sino como una obligación de legalidad y legitimidad. PROGRAMA BOGOTA SIN HAMBRE Como se ha mencionado, el proyecto de Acuerdo tiene como objeto dar piso al programa de la actual Administración Distrital "Bogotá sin hambre", con la cual se busque mantenimiento de las políticas de desarrollo de la población más necesitada de la ciudad. El programa Bogotá Sin hambre, busca atender a la población marginal de la ciudad en campos de educación, salud, empleo, vivienda, desmarginalización, seguridad alimentaria y participación; basados en un compromiso social contra la pobreza. Busca el programa: Erradicar la pobreza extrema y el hambre, lograr la educación primaria universal, promover la igualdad entre los sexos y la autonomía de la mujer, reducir la mortalidad infantil, mejorar la salud materna, combatir el VIH/SIDA, el paludismo y otras enfermedades; garantizar la sostenibilidad ambiental y fomentar una asociación mundial para el desarrollo. El programa se dirigirá especialmente a la atención de seis localidades marginales, en dos etapas: De emergencia y Estructurales. Como complemento del programa se crea el día sin hambre, como estrategia simbólica, para generar conciencia sobre la gravedad del problema, despertar la solidaridad de toda la ciudadanía y promover campañas pedagógicas sobre la alimentación saludable y la educación nutricional. Con base en las anteriores, pongo a su disposición el presente articulado. Cordialmente, ISAAC MORENO DE CARO Concejal NOTAS DE PIE DE PAGINA: 1 La importancia del sector comercial se presenta a través de su representación de un 10.9% en el PIB de la ciudad, ocupando el sexto renglón de la economía de la capital. Es el segundo sector, después del sector servicio en el ofrecimiento de empleo con un 25.2%.2 Periódico el Tiempo. Lunes 22 de Diciembre de 2003.3 Decreto - Ley 1421 de 1993. Artículo 7°.PROYECTO DE ACUERDO __ DE 2004 "POR EL CUAL SE CREA EL PROGRAMA BOGOTA CON VIDA, CONTRA EL HAMBRE Y LA MISERIA, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" EL CONCEJO DE BOGOTA D.C. En uso de las atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas por el numeral 1°, artículo 12 del Decreto 1421 de 1993, ACUERDA Artículo 1. Créase el programa Bogotá Con Vida, Contra el Hambre y la Miseria, como fundamento de la política dirigida a mejorar la calidad de vida de la población menos favorecida de la cada una de las localidades de la ciudad. Artículo 2. El programa se constituirá en los pilares de construcción del Estado Social de Derecho, del Sistema Integrado de Protección en Seguridad Social y de Erradicación de la Pobreza. Artículo 3. Objetivos del programa: 1. Mejorar la calidad de vida de la población con mayor índice de necesidades básicas insatisfechas. 2. Disminuir los índices de desnutrición hasta el punto universal. 3. Mejorar el sistema social integral de la sociedad. 4. Crear conciencia y cultura de solidaridad con el pobre. 5. Adelantar acciones de largo plazo, encaminadas a atender la población vulnerable por sectores geográficos del Distrito. Artículo 4. La Administración central por medio de la Secretaria de Gobierno adelantará, según la viabilidad, con Canal Capital y con otros medios de Comunicación diferentes a esté, de tipo verbal, visual y escrito; alianzas estratégicas para inculcar en la población ideas y valores de Solidaridad, de lucha contra la pobreza y de erradicación del hambre. (SIC) Artículo 7. Las Entidades de la Administración Central implementarán estrategias para que las empresas, entidades, organizaciones, asociaciones e industrias del sector privado nacional e internacional y gobiernos extranjeros; adelanten campañas de solidaridad y apoyo con el programa. Artículo 8. Se crea el día "Bogotá sin hambre" como estrategia simbólica, para generar conciencia sobre la gravedad del problema del hambre, crear la cultura de la solidaridad y promover campañas pedagógicas sobre alimentación saludable y la educación nutricional. El día Bogotá sin hambre se celebrara todos los 02 de enero de cada año. Para dicha fecha se establecerán campañas de donación de alimentos, donación monetaria, donación de recurso humano y otras donaciones en especie; se adelantarán campañas educativas de alimentación y nutrición. Articulo 9. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. |