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Acuerdo 12 de 1927 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/04/1927
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/04/1927
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 12 DE 1927

(Abril 28)

sobre fomento de deportes físicos

EL CONCEJO DE BOGOTÁ,

en uso de sus atribuciones legales,

Ver el Acuerdo Municipal 4 de 1923

ACUERDA:

ARTÍCULO 1 Destinase la parte oriental del barrio obrero Primero de Mayo para establecer allí el campo de deportes físicos para los niños de las escuelas publicas y de los obreros

PARÁGRAFO: La universidad y los colegios oficiales que no tengan campos de deportes en propiedad podrán hacer uso de los terrenos del barrio Primero de Mayo para deportes físicos, previo permiso del Alcalde.

ARTICULO 2 El Alcalde asesorado de la comisión de instrucción pública del Concejo, procederá a señalar los predios destinados para los fines de este acuerdo.

ARTICULO 3 Destinase hasta la suma de mil pesos ($1.000) anuales para los gastos que demande el implantamiento y conservación de dichos campos de deportes.

ARTICULO 4 La Sociedad de Embellecimiento al llevar a cabo los trabajos de El Bosque de la bandera, en la parte occidental de la calle 58 y carrera 14, lo hará sobre la base de un campo de deportes con destino especial a La Casa del estudiante de Bogotá.

Dado en Bogotá, a veintiséis de abril de mil novecientos veintisiete.

El Presidente del Concejo, RAFAEL BARBERI

El Secretario, Ignacio Castro.

Alcaldía de Bogotá Abril 28 de 1927

Publíquese y ejecútese.

JOSÉ M. PIEDRAHITA

-El Secretario de gobierno, Hernando, de Velasco

-El Secretario de hacienda, Alipio Pabón.