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Acuerdo 13 de 1927 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/04/1927
Fecha de Entrada en Vigencia:
07/06/1927
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 13 DE 1927

(Abril 26)

por el cual se decreta una exención y se hace una condonación.

EL CONCEJO DE BOGOTÁ,

En uso de sus atribuciones legales,

Ver el Acuerdo Distrital 25 de 1932 , Ver el Acuerdo Distrital 8 de 1974

ACUERDA:

ARTICULO 1 Exímese a la señora Cruz Martín v. de Manrique de la obligación de contribuir al pago de la canalización del rió San Francisco en el frente de su finca marcada con los números 151 a 151B de la carrera 4 de esta ciudad.

PARÁGRAFO La cuota a que se refiere este acuerdo será pagada con los fondos a que se refiere el inciso 2 del articulo 29 del capitulo III del presupuesto de la actual vigencia económica.

ARTÍCULO 2 De acuerdo con la autorización conferida por la Asamblea departamental en el articulo 20 de la ordenanza numero 27 de 1926, condónase al señor Primitivo Madiedo la suma de ochenta y cuatro pesos veinte centavos ($84-20) que adeuda al Tesoro municipal por el impuesto predial, así como los respectivos intereses de la mencionada suma.

ARTÍCULO 3 Este acuerdo regirá desde su sanción.

Dado en Bogotá, a veintiséis de abril de mil novecientos veintisiete.

El Presidente del Concejo, RAFAEL BARBERI

El Secretario, Ignacio Castro.

Alcaldía de Bogotá Junio 7 de 1927

Publíquese y ejecútese.

JOSÉ M. PIEDRAHITA

-El Secretario de gobierno, Hernando, de Velasco

-El Secretario de Hacienda, Alipio Pabón.