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PROYECTO DE ACUERDO 098 DE 2004 "Por medio del cual se ordena la publicación de los indicadores de gestión y resultados de las finanzas públicas de las entidades que hacen parte del presupuesto general del Distrito" EXPOSICION DE MOTIVOS Ver el Acuerdo Distrital 67 de 2002 La Constitución Política de 1991, prevé diferentes formas en que la ciudadanía pueda tener participación y vigilar la gestión de las entidades, además el control de gestión se ha impuesto en nuestra sociedad como un instrumento de credibilidad de que las políticas del Estado operen en función del interés público. No obstante los mecanismos existentes, la ciudadanía no tiene la oportunidad de conocer como va nuestra ciudad desde el punto de vista presupuestal, cuales son los proyectos que se planean implementar por las diferentes entidades y mucho menos saber si la ejecución de las inversiones y los gastos se realizan en forma oportuna y como resultado de los diferentes Planes de Acción, con una debida anticipación o simplemente como un requisito que casi siempre se cumple en los últimos meses del año. Todos tenemos derecho a saber en que invertimos nuestros recursos, cual es el manejo de los mismos, en qué términos se van a ejecutar, a cuanto asciende la deuda pública, cuales compromisos se han asumido o están por asumirse, etc. El concepto de gestión está asociado al logro de resultados por eso debe entenderse la gestión no como un conjunto de actividades, sino como un conjunto de logros. Partiendo de este punto podemos observar que los indicadores de gestión se convierten en un instrumento para el ejercicio democrático de la participación en la medida que facilita a la comunidad una fiscalización más efectiva de la gestión pública, dando un especial protagonismo a la sociedad civil. Es así como emerge además el ejercicio de la democracia participativa prevista en nuestra Constitución Política, dando garantías y dotando de herramientas al conglomerado social para que ejerza la denominada veeduría ciudadana. De esta forma se permitirá que:
Uno de los principales objetivos de los indicadores de gestión es medir el logro asociado con el desarrollo de la sociedad, siendo herramientas que permiten determinar la gestión o calcular el logro de objetivos sociales e institucionales. Un indicador de gestión, es un indicador de control que sirve para conocer en que partes se presentan algunas dificultades y en donde deben hacerse las correcciones que nos permitan mejorar. En tal sentido se pretende con el presente proyecto, hacer obligatorio como Acuerdo de la ciudad la publicación de los indicadores de gestión, para permitir que la ciudadanía en forma permanente conozca los resultados de gestión respecto a las finanzas públicas, ejerza su veeduría y participe del debate amplio que puede generarse de la toma de decisiones polémicas en materia de negocios, gerencia y administración. Los artículos 1 y 2 de la Constitución política en los principios fundamentales, pone la participación ciudadana entre los principales objetivos del Estado y la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación, derechos que solo pueden ejercerse si se tiene una buena información, actualizada en tiempo y espacio, y la dimensión justa de lo que acontece con la gerencia de lo público. Por esta razón resulta conveniente la publicación trimestral de los indicadores de gestión y resultado garantizando a todos los ciudadanos el acceso a esta información sin que requiera de más trámites que el de acceder a la página web de cada Entidad debidamente actualizada, al boletín que con destino a cada una de las localidades deberán enviar las Entidades Distritales y otros mecanismos de publicidad a que pueda recurrir cada Entidad. Por lo anterior, respetuosamente solicito su aprobación al presente proyecto. Atentamente, MARIA SUSANA GONZALEZ RONCANCIO PROYECTO DE ACUERDO __ DE 2004. "Por medio del cual se ordena la publicación de los indicadores de gestión y resultados de las finanzas públicas de las entidades que hacen parte del presupuesto general del Distrito" EL CONCEJO DE BOGOTA En uso de sus atribuciones legales y constitucionales, especialmente las conferidas por el numeral 1 articulo 12 Decreto Ley 1421 de 1993 ACUERDA: Artículo Primero: Definición. Los indicadores de gestión y resultados de las finanzas públicas serán una herramienta de cara a la ciudadanía que permita determinar la medición de la ejecución presupuestal de las entidades Distritales, conforme al respectivo Plan de Desarrollo y al presupuesto anual aprobado. Artículo Segundo: Objeto. La finalidad de esta publicación es que la comunidad ejerza la labor de veeduría ciudadana a través del seguimiento y control sobre la utilización de los recursos públicos por parte de las entidades públicas en busca del mejoramiento continuo. Articulo Tercero: Término para la presentación. La presentación de los indicadores de gestión y resultados se efectuará en forma trimestral. Artículo Cuarto: Entidades. Todas las entidades del nivel central y descentralizado del Distrito Capital, publicarán sus indicadores de gestión presupuestal, en desarrollo del derecho a la información y carácter de publicidad de las actuaciones administrativas. Artículo Quinto: Obligatoriedad. Los indicadores de gestión de publicación obligatoria serán:
Artículo Sexto: Publicidad. Los indicadores de gestión y resultados mencionados en el presente Acuerdo, serán publicados en la página web de cada Entidad y de los mismos se expedirá un boletín con destino a la Alcaldía de cada una de las Localidades, para efecto de hacerlos públicos a la ciudadanía. Artículo Séptimo: El presente acuerdo rige a partir de su publicación. |