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Proyecto de Acuerdo 79 de 2004 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
23/04/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/04/2004
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO 079 DE 2004.

"Por medio del cual se ordena una exención tributaria en el impuesto de registro como política de apoyo a la creación de Microempresas"

EXPOSICION DE MOTIVOS

JUSTIFICACION

El problema de desempleo es una de las grandes preocupaciones actuales, no solo en Colombia, sino en todas las economías latinoamericanas, donde los índices de pobreza son crecientes, y donde los indicadores de desarrollo se han convertido en una de las prioridades de la agenda publica, mas aun en momentos donde todo gira en torno al desarrollo económico, donde la misma concepción de las políticas sociales han ido cambiando y todo se ha transformado hacia las economías de mercado que ya no brinda el bienestar dentro del marco del proteccionismo del estado, sino que adelanta esfuerzos por generar las posibilidades para que cada individuo se inserte formalmente en la economía de mercado, y de esta forma sea capaz de proveer su propio beneficio y cubrir sus necesidades.

La economía Bogotana observo una desaceleración en su crecimiento a partir del año 1995, por su parte el producto per. capita en la ciudad se redujo entre 1998 y el año 2002 en un 28% pasando de USD 3810 a USD 2745 y aunque presenta una gran disminución, sigue estando por encima del PIB de la Nación.

Entre el año 2000 y 2001 se alcanzo la mayor tasa de desempleo registrada en el país, un 21% que represento el empobrecimiento de muchos colombianos, la situación en la ciudad de Bogotá no presento mejores condiciones que la situación nacional, ya que además de concentrar la mayor parte de las industrias que entraron en quiebra, recoge la mayor demanda de empleos, por factores como la sobre oferta de mano de obra y otras situaciones como la gran cantidad de desplazados que cada día se asientan en la ciudad de Bogotá en busca de mejores oportunidades.1

Simultáneamente, fenómenos demográficos, como el éxodo rural, que ha venido alimentando desde hace medio siglo y de manera ininterrumpida los centros urbanos de migrantes en búsqueda de mejores condiciones de existencia, aceleraron la oferta laboral y el crecimiento de las ciudades a un ritmo sin precedentes.

Dentro de este marco globalizado, el estado Colombiano y la administración distrital, ha tratado en los últimos años, y mas aun a partir de la crisis generada en la economía, de fortalecer las redes locales que permitan reactivar los sectores productivos.

Dentro de este esfuerzo se han hecho grandes estudios sobre los sectores industriales mas preponderantes, los mas afectados por la crisis, los que mas mano de obra emplean, ( ver2) descubriendo por medio de estos el gran valor de las PYMES dentro de la industria y el desarrollo distrital, así como el lugar que desempeñan dentro de la economía, convirtiéndose en grandes generadores de empleo dentro de la ciudad.

La importancia de Bogotá como distrito capital, y como la mayor generadora de empleo en el país, la hace cobrar gran importancia en el momento de pensar en políticas que generen el crecimiento y fortalecimiento de la pequeña y mediana industria, sector que según la estadística general del DANE y de la Cámara de Comercio de Bogotá, recoge el 98% de las industrias que funcionan actualmente en la ciudad y que logran generar cerca del 90% del empleo formal de la ciudad.

Si se observa la dinámica del capital asociado a estas nuevas empresas a partir de 1997, se evidencia un relativo estancamiento o lenta formación de nuevo capital para la ciudad frente a la dinámica de períodos inmediatamente anteriores, pero con la reducción del empleo, y en particular con los empleados cesantes, se ha observado un mayor nivel de creación de microempresas en la ciudad.

Entre el año 2000 y 2002 se crearon 1391 empresas pequeñas, medianas y grandes (PMG), y cerca de 35,000 microempresas, esto es, por cada empresa PMG se crean 25 micro. La creación de este tejido microempresarial es más el resultado de la incapacidad del sector formal de absorber la mano de obra, como se expuso en el apartado de informalidad que de una estrategia o política empresarial3

Como sustento a esta situación, aparecen disposiciones especiales para promover el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas, con la ley 590 de 2000, que pretende coadyudar en el desarrollo de las organizaciones empresariales, así como promover una mas favorable dotación de factores para la micro, pequeñas y medianas empresas.

De igual forma la ley 590 de 2000 clasifica las pequeñas empresas y las microempresas de la siguiente forma:

Microempresas con planta de personal no superior a diez trabajadores y activos totales por valor inferior a quinientos uno(501) salarios mínimos mensuales legales vigentes. ( menos de $ 179.358.000 en el año 2004).

Pequeñas empresas con planta de personal entre 11 y 50 trabajadores y activos totales por valor entre quinientos uno (501) y menos de cinco mil uno (5001) salarios mínimos mensuales legales vigentes (entre 179´358.000 y 1.790´358.000 millones en el año 2004)

Actualmente existen muchas entidades que vienen trabajando conjuntamente para optimizar el sector de las PYMES y de esta forma proveer mas beneficios que les permitan ser rentables, como La alcaldía de Bogotá, la Cámara de Comercio de Bogotá, Acopi, Fundes, y la dirección de impuestos y aduanas Nacionales-Dian, porque si bien es cierto que la pequeñas industrias presentan los mayores índices de crecimiento, también es cierto que entre el año 2000 y el año 2002 muchas microempresas no sobrevivieron a los efectos de la crisis económica, por lo cual el mayor numero de empresas liquidadas estuvo a cargo de ellas con el 70% del total de liquidaciones.

Bogotá necesita promover la creación de mas y mejores empresas para aumentar el empleo, impulsar las exportaciones y mejorar la competitividad de la región, con el propósito de alcanzar tasas de crecimiento del 5% anual en producción y lograr en el año 2015 estar entre las cinco ciudades mas competitivas de América Latina4.

Uno de los problemas a los que se han enfrentado las empresas es a la dificultad en la agilización de los tramites y en el pago de los rubros en los que hay que incurrir para formalizar una empresa, como el registro mercantil ante la cámara de comercio, y el pago del impuesto de registro, Para darle solución a parte de estos problemas la Cámara de comercio de Bogotá, la dirección de impuestos distritales y La secretaria de hacienda distrital se esforzaron en poner en marcha la simplificación de tramites para la creación y formalización de las empresas, dentro del marco normativo de la ley 590 de 2000, con lo cual todas los tramites se realizan en la cámara de comercio, y por medio de ella se realiza la inscripción al Rut, Rit y Se diligencia la solicitud del Nit, Sin embargo el pago del impuesto de registro que se causa en el momento de la inscripción resulta elevado y en ocasiones difícil de pagar para las pequeñas industrias.

El proceso para que todas las microempresas legalizaran su situación y se constituyeran formalmente, traería un beneficio para los organismos distritales de control y los agentes de impuestos, que podrían tener un adecuado seguimiento, mas cercano a la realidad de cuantas empresas funcionan actualmente en la ciudad y que índices de productividad, utilidades y empleos generan.

Dentro de todo este marco anteriormente mencionado es necesario motivar e incentivar a los nuevos empresarios para que se constituyan nuevas industrias, con miras a convertirse en personas jurídicas o naturales generadoras de utilidades y beneficios dentro de la ciudad, colaborando con la meta de aumentar el desempeño de la ciudad dentro del marco de crecimiento económico y desarrollo sostenido necesario para afrontar los nuevos retos y la cantidad de oferta de mano de obra que cada día tiende a aumentar. De esta necesidad surge la idea de exonerar a las empresas que se conformen en adelante, y se cataloguen como microempresas del pago del impuesto de registro, que actualmente tiene una tarifa del 0.7% sobre el capital y que resulta demasiado costoso de pagar para las microempresas si se considera el capital de activos dentro del cual se constituyen, Especificando con la exoneración que aquí se plantea, que son las microempresas las que tienen mas dificultad para cancelar el impuesto, y que constituyen el mayor numero de empresas familiares y negocios informales que aun no pertenecen al régimen contributivo de la ciudad.

La informalidad definida como todas las unidades económicas de comercio, industria y servicios que no llevan contabilidad y no están registradas ante las autoridades legales. Con lo cual se genera otro problema creciente para la ciudad que podría disminuir si se motiva la creación formal de empresas.

El personal ocupado en las unidades informales se estima en 1.580.603 y se distribuye, así: 693.883 (52.3%) se encuentran en el comercio, 553.838 (41.7%) en los servicios y 332.882 (25.1%) en la industria. Conforme a los rangos de personal, el 47.4% son negocios con una persona ocupada, el 47.0% ocupan entre 2 y 5 personas y solo el 5.6% son establecimientos que tienen ocupadas entre 6 y 10 personas. De acuerdo al genero, el 59.0% son hombres y el 41.0% son mujeres. Al considerar la edad de las personas que laboran en el sector informal, se observa, que las personas que se encuentran entre 36 y 50 años, son las que más participan en el sector informal con el 39.5%, seguido del grupo de 25 a 35 con 27.3%; es importante anotar que la población menor de 18 años tiene una participación apenas del 2.1% del total.5

El eximir el pago de este impuesto inicial generaría que el futuro microempresario se motive de iniciar su actividad industrial y comercial dentro de la formalidad que se requiere para generar crecimiento.

MARCO JURIDICO.

Marco constitucional

Dentro de la carta fundamental se reconoce y defiende el derecho al trabajo, por medio de los siguientes artículos:

Art 1 – Colombia es un estado social de derecho, organizado en forma de republica unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.

Art. 2- Son fines esenciales del estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general, y garantizar la efectividad de los principios, derechos, y deberes consagrados en la constitución, facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación.

Art. 25-El trabajo es un derecho y una obligación social y goza en todas sus modalidades, de la especial protección del estado, Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas

Y Dentro del marco de optimizar esfuerzos para promover el desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa:

Ley 590 de 2000

Art.- 1 La presente ley tiene por objeto:

a. Promover el desarrollo integral de las micro, pequeñas y medianas empresas en consideración a sus aptitudes para la generación de empleo, el desarrollo regional, la integración entre sectores económicos, el aprovechamiento productivo de pequeños capitales y teniendo en cuenta la capacidad empresarial de los colombianos.

c. Inducir el establecimiento de mejores condiciones de entorno institucional para la creación y operación de micro, pequeñas y medianas empresas.

e. Promover la permanente formulación, ejecución y evaluación de políticas públicas favorables al desarrollo y a la competitividad de las micro, pequeñas, medianas empresas.

Art42- Capitulo VI

Regímenes tributarios especiales: Los municipios, los distritos, y departamentos, podrán establecer regímenes especiales sobre los impuestos, tasas y contribuciones del respectivo orden territorial con el fin de estimular la creación y subsistencia de Mipymes, Para tal efecto podrán establecer, entre otras medidas, exclusiones, periodos de exoneración y tarifas inferiores a las ordinarias.

COMPETENCIAS.

ARTICULO 12. ATRIBUCIONES. Corresponde al concejo distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

Establecer, reformar o eliminar tributos, contribuciones, impuestos y sobretasas; ordenar exenciones tributarias y establecer sistemas de retención y anticipos con el fin de garantizar el efectivo recaudo de aquellos;

Ejercer de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º del presente estatuto, las atribuciones que la Constitución y las leyes asignen a las asambleas departamentales;

NOTAS DE PIE DE PAGINA:

1 La pobreza desplazada en Bogota, Maria Fernanda Ocampo Saavedra, presidenta ejecutiva Cámara de Comercio de Bogota ( dic 5 de 2001)

2 Balance de Economía Bogotana, Exportaciones en Bogota y Cundinamarca, Mercado de trabajo en Bogota y la región- Cámara de Comercio de Bogota.

3 Plan de desarrollo 2004-2007. Bogota sin indiferencia.

4 En nuevo siglo, viernes 12 de Marzo de 2004

5 Plan de desarrollo- Bogota sin indiferencia 2004-2007.

PROYECTO DE ACUERDO__DE 2004

"Por medio del cual se ordena una exención tributaria en el impuesto de registro como política de apoyo a la creación de Microempresas"

El concejo de Bogota, Distrito capital, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el numeral 3 del articulo 12 del Decreto 1421 de 1993

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO: CREACION: Crease la exención al impuesto de timbre para las empresas catalogadas como microempresas de acuerdo a la ley 590 de 2000.

ARTICULO SEGUNDO: Facúltese a la Secretaria de Hacienda del Distrito, para que a partir de la fecha exceptué del impuesto de timbre en el momento de la inscripción a todas las empresas con capital menor a 501 SMMLV.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Bogota, D.C., a los _____ días del mes de Abril del año 2004