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Proyecto de Acuerdo 77 de 2004 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
23/04/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/04/2004
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO 077 DE 2004

"Por medio del cual se amplía el numero de curadurías urbanas para la ciudad de Bogotá"

EXPOSICION DE MOTIVOS

JUSTIFICACION

Ver el Proyecto de Acuerdo Distrital 162 de 2004

Bogota, se ha reconocido como una ciudad cosmopolita, donde desde hace algunos años es preocupación de los entes territoriales como de la administración Distrital, la planeación en la construcción y la ejecución de obras dentro del territorio de la capital, dicha necesidad quedo al descubierto y puesta como prioridad en el momento en que se organiza el plan de ordenamiento territorial, con el cual queda de manifiesto la intención de organizar la expansión de la ciudad y de dar soluciones a las necesidades de vivienda para la cantidad creciente de colombianos que por diversos motivos se están desplazando hacia la ciudad de Bogota.

Bogota se compone de 20 localidades entre las cuales se destacan como las mas grandes por población, la localidad de Kennedy, # 8, con 912.780 habitantes, la localidad de Bosa, # 7, con 410.099, la localidad de Engativa, # 10, con 749.066 habitantes, y la localidad de Suba, # 11 con 706.535 habitantes.1

Cabe anotar que las proyecciones indican que la localidad con mas tendencia de crecimiento es la localidad de Bosa, ya que es la que mayor numero de desplazados recogió en los últimos dos años.

Basados en los índices de crecimiento y desarrollo de la ciudad, queda de presente que Bogota es la ciudad de mayor crecimiento en el territorio nacional concentrando el 15% de la población del país, y la mayor tasa de crecimiento demográfico (2.29%) anual

De igual forma la planeación de crecimiento de Bogota, según el plan de ordenamiento territorial, cita estadísticas contundentes, de que la ciudad aumentara su población en 10 años en 1.800.000 habitantes, requiriendo así la construcción de 500.000 nuevas viviendas, de las cuales 110.000 podrían localizarse al interior del perímetro actual, y el resto, en áreas nuevas, a esta consideración debemos sumar todas las remodelaciones, reestructuraciones y demás diligencias que requieren de una licencia para poder ejecutarse, con lo cual se hace necesario ampliar en numero las curadurías de Bogota, como respuesta a la demanda actual y la demanda proyectada de los tramites que diariamente se deben atender como respuesta a los requerimientos de la ciudad.

Respondiendo a la misma preocupación se deben tener en cuenta que todas las construcciones en Bogotá, ejecutadas antes del 9 de Agosto de 1996, requieren la licencia de construcción, como cumplimiento de la normatividad vigente en materia de urbanismo de la ciudad, por lo cual en el caso de no tenerla, deberán tramitar la licencia de reconocimiento ante las curadurías urbanas, con lo cual se aumentaría en gran numero las licencias, esto considerando que aunque no se conocen cifras exactas sobre la cantidad de predios y construcciones que no poseen la licencia correspondiente, se sabe que la cifra ascendería a mas de la mitad de predios que actualmente no tienen legalizada su situación.

Una forma de revisar esta afirmación, seria comparar el numero de licencias que se han expedido por año con el numero de construcciones y edificaciones que aparecen diariamente. A continuaron aparecen el nro de licencias tramitadas desde el año 1948 hasta el año 2001, donde se nota especialmente que entre el año 1980 y 1999 disminuyeron sustancialmente las licencias con relacion a los años anteriores, esto debido a que son los años que presentan el mayor crecimiento de urbanización ilegal, predios piratas y construcciones y edificaciones sin ninguna normatividad.

BOGOTÁ.

 

NUMERO DE LICENCIAS

AÑO

TOTAL

VIVIENDA

OTROS

1948

1.792

 

 

1949

1.901

 

 

1950

2.278

 

 

1951

1.541

 

 

1952

2.052

1.956

96

1953

2.257

2.090

167

1954

4.417

4.235

182

1955

3.319

2.973

346

1956

4.717

4.143

574

1957

5.840

5.789

51

1958

5.401

5.218

183

1959

6.361

6.101

260

1960

5.897

5.614

283

1961

5.715

5.446

269

1962

5.667

5.409

258

1963

5.787

5.509

278

1964

 

 

1965

5.766

5.560

206

1966

7.611

7.404

207

1967

8.709

8.512

197

1968

9.514

9.360

154

1969

9.319

9.120

199

1970

6.254

6.116

138

1971

5.076

4.917

159

1972

4.436

4.233

203

1973

4.815

4.582

233

1974

5.088

4.787

301

1975

4.051

3.761

290

1976

3.213

2.955

258

1977

4.171

3.829

342

1978

4.227

3.960

267

1979

3.648

3.424

224

1980

2.803

2.584

219

1981

2.565

2.404

161

1982

3.256

3.002

254

1983

3.208

2.949

259

1984

3.127

2.861

266

1985

2.764

2.459

305

1986

2.629

2.355

274

1987

3.167

2.807

360

1988

2.656

2.311

345

1989

2.420

2.088

332

1990

1.829

1.495

334

1991

2.058

1.655

403

1992

2.282

1.828

454

1993

1.349

1.055

294

1994

1.697

1.221

476

1995

1.558

1.042

516

1996

1.241

715

526

1997

1.662

1.021

641

1998

1.678

1.093

585

1999

1.883

1.241

642

2000

3.760

2.951

809

2001

2.162

2.285

-123

Fuente: DANE

La historia de la planeación en Bogotá, viene desde principios del siglo, cuando en 1928 se crea la junta metropolitana de obras públicas, desde ahí se han dispuesto muchas medidas, todas tendientes a orientar el ordenamiento físico de la ciudad. Antes del año 1995, todos los trámites de urbanismo se hacían directamente en las oficinas de planeación nacional, lo cual resultaba casi interminable en trámites y muy dispendioso, algunas veces inconsistente en el cumplimiento de los requerimientos exigidos para darle trámite a una licencia o a una consulta.

A partir del decreto antitrámites 2150 de 1995, y como respuesta a una necesidad de mejoramiento en eficiencia y solución de los problemas que se venían presentando nace inicialmente el concepto de curadurías urbanas, es justamente el capitulo IV, el que establece la figura de curadores urbanos, y los faculta para estudiar, tramitar, y expedir licencias de urbanismo a petición del interesado en adelantar proyectos de urbanización o edificación, de igual forma en el parágrafo del articulo 51 cita textualmente: " los curadores se designaran por los alcaldes municipales o distritales a razón de uno por cada doscientos mil habitantes , cuando menos. El curador urbano es un particular que se encarga de acoger las medidas de Planeación Distrital, y en uso de esas atribuciones estudia y confiere las respectivas licencias. Su tratamiento se asemeja al de las notarias, en la medida que son ellos los que mantienen todos los gastos que se puedan generar por el ejercer su función, a cambio dichos curadores pagan un impuesto sobre el numero de licencias tramitadas en sus oficinas.

También establece que los municipios con población entre cien mil y doscientos mil habitantes tendrán dos curadores.

De esta manera la idea de crear más curadurías urbanas en la ciudad de Bogota, propende en la intención de mejorar la calidad del servicio para las personas que

acuden diariamente a la curaduría a solicitar licencias.

De igual forma seria necesario revisar la ubicación territorial de las curadurías que funcionan actualmente, de forma que al crear unas nuevas, estas queden ubicadas en puntos estratégicos de la ciudad, donde se concentra la mayoría de población de la ciudad, que le permitan a toda la población un acceso fácil sin grandes desplazamientos. Actualmente cuatro de las cinco curadurías existentes quedan situadas quedan situadas en la misma zona, y obligan a la población alejada como es el caso de las localidades mencionadas como de mas tamaño, a desplazarse de un lado a otro de la ciudad para poder acceder a cualquiera de los servicios, con lo que podría pensarse que la ubicación de las mismas obedece mas a la comodidad de los curadores que al servicio que deben prestarle a la comunidad

A continuación relacionaremos el número de licencias tramitadas por curadurías urbana, durante el último año. y sobre esta estadística esbozaremos algunos puntos que nos llevan a afirmar que hace falta la creación de mas curadurías urbanas en Bogota.

NUMERO DE LICENCIAS POR CURADURIAS URBANAS EN BOGOTA, OBRAS NUEVAS, AMPLIACIONES, ADECUACIONES Y MODIFICACIONES, OTROS USOS

INDUSTRIA, COMERCIO Y SERVICIOS-AÑO 2002

ENTRE ENERO Y DIC.

OBRAS NUEVAS

AMPLIACIONES

ADECUACIONES

MODIFICACIONES

TOTAL LIC.

AÑO 2002

CURADURIA NRO 1

184

41

18

19

262

CURADURIA NRO 2

149

76

40

57

322

CURADURIA NRO 3

74

4

26

20

124

CURADURIA NRO 4

552

159

146

124

981

CURADURIA NRO 5

190

37

32

24

283

TOTAL LIC.

2680

El año 2002 presenta una tendencia mayoritaria en lo que tiene que ver con la expedición de licencias para obras nuevas de industria comercio y servicios, vale la pena resaltar que la curaduria nro 4 es ante la cual se tramitan mas licencias alcanzando un porcentaje del 37% del total de licencias concedidas durante el año

NUMERO DE LICENCIAS POR CURADURIAS URBANAS EN BOGOTA, OBRAS NUEVAS, AMPLIACIONES, ADECUACIONES Y MODIFICACIONES, OTROS USOS

INDUSTRIA, COMERCIO Y SERVICIOS-AÑO 2003

ENTRE ENERO Y DIC.

OBRAS NUEVAS

AMPLIACIONES

ADECUACIONES

MODIFICACIONES

TOTAL LIC.

AÑO 2003

CURADURIA NRO 1

110

14

6

45

175

CURADURIA NRO 2

222

89

30

96

437

CURADURIA NRO 3

215

85

23

88

411

CURADURIA NRO 4 639

175

179

158

1151

CURADURI NRO 5

TOTAL

2174

  • la curaduría nro 5 no posee cifras reales anuales para el año 2003, ya que se produjo un cambio de curador que obstaculizo conseguir exactamente la información por lo cual dicha información aparece aquí registrada

Si contamos los tramites sin incluir los de la curaduría 5 se produjeron en total 2174 tramites en el año 2003 que comparados a 1689 tramites del año 2002, bajo las mismas condiciones presenta un aumento porcentual del 23%, lo que corroboraría las estadísticas de crecimiento en tramites y licencias citadas en la justificación de este proyecto de acuerdo.

Nuevamente la tendencia demuestra que la curaduría nro 4 lleva el mayor porcentaje de licencias tramitadas para el año 2003 con un 51% del total, lo que aumenta la concentración de licencias expedidas por esta curaduría donde específicamente las licencias crecieron un 15%

Cabe anotar que en las cifras presentadas anteriormente no se incluyen demoliciones, ni los cerramientos, así como tampoco las licencias de urbanismo, solo las de construcción.

LICENCIAS DE CONSTRUCCION, NUMERO DE LICENCIAS POR CURADURIAS URBANAS EN BOGOTA, OBRAS NUEVAS, AMPLIACIONES, ADECUACIONES Y MODIFICACIONES.

VIVIENDA AÑO 2002

ESTRATO 1

ESTRATO 2

ESTRATO 3

ESTRATO 4

ESTRATO 5

ESTRATO 6

TOTAL LIC X CUR.

OB NUEV

AM,AD,MO.

OB NUE

AM,AD,MO

OB NUE.

AM,AD,MO

OB NUE.

AM,AD,MO

OB NUE.

AM,AD,MO

OB NUE

AM,AD,MO

AÑO 2002

CURADURIA NRO 1

64

4

173

15

119

55

16

15

14

7

34

4

520

CURADURIA NRO 2

98

2

49

56

122

138

41

46

19

12

32

21

636

CURADURIA NRO 3

46

2

269

0

140

62

16

28

32

32

6

636

CURADURIA NRO 4

8

4

283

86

278

223

56

61

16

45

20

52

1132

CURADURIA NRO 5

43

0

146

9

85

30

16

15

6

7

9

8

374

TOTAL

3298

ESTRATO 1

ESTRATO 2

ESTRATO 3

ESTRATO 4

ESTRATO 5

ESTRATO 6

TOTAL LICENCIAS X CUR.

OB NUEV

*

AM,AD,MO.

OB NUE

AM,AD,MO

OB NUE.

AM,AD,MO

OB NUE.

AM,AD,MO

OB NUE.

AM,AD,MO

OB NUE

AM,AD,MO

AÑO 2003

CURADURIA NRO 1

55

5

110

12

47

27

16

12

8

9

23

17

341

CURADURIA NRO 2

22

3

117

118

117

99

56

72

33

18

33

36

724

CURADURIA NRO 3

20

2

112

110

104

80

45

68

23

10

32

35

641

CURADURIA NRO 4

49

5

331

155

311

234

72

148

41

60

63

72

1541

CURADURIA NRO 5

3247

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 TOTAL EXCLUYENDO CURAD. NRO 5 PARA HACER ANALISIS COMPARATIVO AL 2003 2915

Las cifras presentadas anteriormente no incluyen la estadística de las demoliciones, ni los cerramientos, así como tampoco las licencias de urbanismo, solo las de construcción, debido a que en este caso son las mas representativas

LICENCIAS DE CONSTRUCCION, NUMERO DE LICENCIAS POR CURADURIAS URBANAS EN BOGOTA, OBRAS NUEVAS, AMPLIACIONES, ADECUACIONES Y MODIFICACIONES.

VIVIENDA AÑO 2003

  • AM ,AD,MO representa ampliaciones, adecuaciones y modificaciones.

  • la Curaduría No 5 no se puede contar dentro de la estadística, ya que se produjo un cambio de curador que obstaculizo conseguir exactamente la información

Las cifras presentadas anteriormente no incluyen la estadística de las demoliciones, ni los cerramientos, así como tampoco las licencias de urbanismo, solo las de construcción, debido a que en este caso son las más representativas.

La estadística anterior demuestran que los tramites y las licencias en Bogota han aumentado significativamente de un año a otro, esto sin contar con los tramites denegados por no cumplir con los requisitos necesarios para acceder a una licencia, igualmente dentro de la estadística citada anteriormente falta las consultas y las licencias de urbanismo que también generan el cobro de un rubro importante.

El numero creciente de licencias ha sido impulsado entre otras razones, por la creciente reactivación del sector de la construcción que según datos del DANE alcanzo un incremento del 23% en el año 2003 con referencia al año 2002.de igual forma cita como el elevado inventario de vivienda que dejo la crisis tardo mucho tiempo en reducirse especialmente en los estratos medios y altos, con lo cual las licencias de construcción en el año 2002 y 2003 tienen una tendencia mas alta en el estrato 2 y 3. Aunque ya la demanda ha recuperado un poco su dinámica lo que ha permitido la sustancial reducción de los inventarios.2

Así pues mientras en Enero y Mayo del año 2001 se solicito autorización para construir 3 millones de mt2 en el mismo periodo del 2002 esta área fue de 4.5. Millones de mt2, de igual forma el área aprobada para proyectos de vivienda pasó de 69% al 76% entre los dos periodos.3

Así mismo Camacol y fedesarrollo agregan que el aumento de obras iniciadas de un año al otro obedece al 15% de aumento porcentual. Y que es una tendencia creciente para los siguientes trimestres.

Estas aclaraciones nos sirven como marco de referencia para poder analizar las cifras que arrojan nuestros datos, así pues las licencias analizadas aquí corresponden a los tramites referentes a las licencias de construcción de vivienda y otros usos, correspondientes estos a comercial, industrial y de servicios.

Los trámites efectivos para el año 2003 en vivienda alcanzaron el número de 3247 licencias, lo cual representa un incremento porcentual del 10 % respecto al año 2002 donde el número de licencias de vivienda alcanzo 2924 trámites

Nuevamente la curaduria cuatro aparece como la que mas concentra tramites, en el año 2002 con el 38% de total, y para el año 2003 con el 47.5%.

MARCO JURIDICO

La constitución política acoge la planeación como requerimiento básico para el desarrollo económico, y la ley 152 de 1994 establece dos mecanismos de planificación para las ciudades el plan de desarrollo municipal, y el plan de Ordenamiento territorial.

El artículo 84 de la constitución política de Colombia señala que cuando un derecho o una actividad hayan sido reglamentados de manera general, las autoridades públicas no podrán establecer ni exigir permisos licencias o requisitos adicionales, de modo tal que se responsabiliza específicamente a las curadurías Urbanas para el cumplimiento de dicha tarea

Que el articulo 83 de la ley 190 de 1995 cita que es voluntad del gobierno en cumplimiento de los fines esenciales del estado, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios derechos y deberes consagrados en la constitución mediante la eliminación de toda regulación, tramite o requisito que dificulte el ejercicio de las libertades ciudadanas.

Que el gobierno nacional expidió el decreto 2111 de 1997 por el cual se reglamento la materia de licencias de construcción y urbanismo, así como el régimen de los curadores urbanos y de las sanciones urbanísticas.

El decreto 2150 de 1995, en capitulo v, articulo 50 por el cual se define al curador urbano como el particular encargado de estudiar tramitar y expedir licencias, donde la curaduría implica el ejercicio de una función publica para la verificación del cumplimiento de las normas urbanísticas y de edificaciones vigentes en el distrito o municipio atravez del otorgamiento de licencias de urbanización y construcción.

Que el decreto 2150 De 1995 en capitulo V articulo 51 aclara " los curadores se designaran por los alcaldes municipales o distritales a razón de uno (1) por cada doscientos mil habitantes, cuando menos. Los municipios con población entre cien mil y doscientos mil habitantes tendrán dos curadores.

El decreto 1052 de 1998 reglamenta las disposiciones referentes a licencias de construcción y urbanismo, al ejercicio de la curaduría urbana y las sanciones urbanísticas.

COMPETENCIAS

El decreto 1421 en su artículo 12 aclara que son competencias del consejo Adoptar el Plan General de Ordenamiento Físico del territorio, el cual incluirá entre otras materias, la reglamentación de los usos del suelo y el desarrollo físico en las áreas urbanas y rurales. Con tal fin, dictará las normas que demanden los procesos de urbanización y parcelación, la construcción de vías y el equipamiento urbano

Por el mismo decreto es competencia del consejo Determinar la estructura general de la Administración Central, las funciones básicas de sus entidades y adoptar las escalas de remuneración de las distintas categorías de empleos.

Es competencia del consejo Revestir pro tempor al Alcalde Mayor de precisas facultades para el ejercicio de funciones que corresponden al Concejo. El alcalde le informará sobre el uso que haga de las facultades al término de su vencimiento.

Asi como Promover y estimular la industria de la construcción, particularmente la de vivienda; fijar los procedimientos que permitan verificar su sometimiento a las normas vigentes sobre el uso del suelo; y disponer las sanciones correspondientes. Igualmente expedir las reglamentaciones que le autorice la ley para la vigilancia y control de las actividades relacionadas con la enajenación de inmuebles destinados a vivienda.

De igual forma es competencia del consejo dividir el territorio del Distrito en localidades, asignarles competencias y asegurar su funcionamiento y recursos.

De igual forma corresponde a los Concejos como lo cita la constitución política de Colombia en el Articulo 313

  • Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio.

  • Adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social y de obras públicas.

  • Autorizar al alcalde para celebrar contratos y ejercer pro tempore precisas funciones de las que corresponden al Concejo.

  • Reglamentar los usos del suelo y, dentro de los límites que fije la ley, vigilar y controlar las actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda.

NOTAS DE PIE DE PAGINA

1. Pot, alcaldía mayor de Bogota, .

2 la semana económica, asobancaría, fuente DANE-2003

3 fuente DANE.

PROYECTO DE ACUERDO __ DE 2004

"Por medio del cual se amplía el numero de curadurías urbanas para la ciudad de Bogotá"

El concejo de Bogota, Distrito Capital, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales,

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: CREACION: Crease y establézcase cinco curadurías más en la ciudad de Bogota, producto de la necesidad de tramitar mayor número de licencias y consultas de construcción y urbanismo para la atención de los trámites de las 20 localidades de la ciudad.

ARTICULO SEGUNDO: Facúltese al alcalde mayor, responsable de la elección de los curadores Urbanos, para que por medio del mismo tramite de concurso de méritos que se ha venido utilizando entre los interesados a convertirse en Curadores Urbanos, seleccione los CINCO puntajes mas altos entre los aspirantes inscritos y proceda a su nombramiento.

ARTICULO TERCERO: Establézcase que las nuevas curadurías que funcionaran en Bogota, deben situarse geográficamente en las zonas de mayor concentración de población y con mas proyección de crecimiento para los próximos años.

ARTICULO CUARTO: Las nuevas curadurías urbanas quedan igualmente sujetas a lo estipulado en el decreto 1052 de 1998, con lo cual se reglamenta su funcionamiento, así como al decreto 2111 de 1997.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

BRUNO ALBERTO DIAZ OBREGON

Presidente Concejo de Bogotá

CARLOS ALBERTO SAAVEDRA W.

Secretario General

LUIS EDUARDO GARZON

Alcalde mayor de Bogotá

Dado en Bogota, D.C., a los______ días del mes de Abril del año 2004