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DECRETO 1264 DE 1997 (Diciembre 30) Modificado por el Decreto 475 de 2001 Por el cual se reglamenta lo concerniente a la calidades del Director del Jardín Botánico "José Celestino Mutis" El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en ejercicio de sus facultades constitucionales y, en especial, de las que le atribuye el Decreto-Ley 1421 de 1993, artículo 38, numerales 4 y 8, y CONSIDERANDO: Que el Jardín Botánico "José Celestino Mutis" es un establecimiento público de orden distrital, sobre el cual el Alcalde Mayor ejerce control de tutela, entre otras Cosas, nombrando y removiendo libremente al representante legal; Que el mencionado establecimiento público fue desarrollado como ente distrital por el Decreto 40 de 1993 (5 de febrero), en relación con su naturaleza jurídica, estructura orgánica, fuentes de financiación y funciones, de acuerdo con las facultades conferidas al Alcalde Mayor, por el Acuerdo 39 de 1992, del Concejo Distrital; Que el Alcalde Mayor ejerce, por disposición constitucional y determinación expresa del Decreto - Ley 1421 de 1993, facultad reglamentaria, en su carácter de representante legal de Santa Fe de Bogotá, D.C.; Que por estrictas consideraciones de racionalidad administrativa, resulta convenientes ampliar las calidades necesarias para ocupar el cargo de Director de Jardín Botánico "José Celestino Mutis", DECRETA: Artículo Único.- El Director del Jardín Botánico "José Celestino Mutis", será de libre nombramiento y remoción del Alcalde Mayor y debe ser científico de reconocida competencia en el campo de la Botánica un profesional con amplia experiencia administrativa. Ver Artículo 6 Decreto 40 de 1993. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de Diciembre del año 1997. El Alcalde Mayor, PAUL BROMBERG ZILBERSTEIN. El Director del D.A.M.A., EDUARDO URIBE BOTERO. |