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Proyecto de Acuerdo 145 de 2004 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
13/07/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/07/2004
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No

PROYECTO DE ACUERDO 145 DE 2004

"Por el cual se crea la Oficina de Comunicaciones y Prensa del Concejo de Bogotá D.C."

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Honorable Concejo de Bogotá es una institución de significativa importancia para el desarrollo político y social no solamente del Distrito Capital, sino de la nación entera, toda vez que sus decisiones, de una u otra manera trascienden el lindero regional, aunque no por su alcance jurídico, sí a manera de ejemplo en el cual se fincan expectativas y proyectos de otros municipios y distritos del país. No obstante la importancia manifestada, aún adolece de una política clara de información, que permita de una manera equitativa mostrar a la ciudadanía el trabajo realizado por la Corporación como institución, y por los Concejales como miembros del cabildo.

El Distrito Capital ha venido fortaleciéndose en temas tales como el de la gobernabilidad, y su Concejo no puede rezagarse sino que, al contrario, debe lograr su institucionalización como soporte ineludible en el logro de los cometidos de la ciudad.

Lo anterior deja en evidencia la inaplazable necesidad de implementar una Oficina de Comunicaciones y Prensa, a través de la cual se coordinen todas las estrategias de comunicación del Concejo de Bogotá, garantizando la equidad en la utilización de este servicio a todos los Honorables Concejales, acogiendo para ello el sistema de bancadas recientemente adoptado en la reforma política para la toma de decisiones al interior de las Corporaciones de elección popular.

Los portales de Internet implementados por la Veeduría Distrital, así como por algunos concejales de manera individual, no pueden considerarse, ni por asomo, la solución a la ausencia de información del Concejo de Bogotá como institución de la importancia que representa. Muy a pesar del gran avance que para el mundo contemporáneo ha significado este sistema de comunicación, lejos se encuentra aún, en países como el nuestro con escaso adelanto tecnológico, de poder ser considerado como un medio masivo.

Si bien el Concejo durante la anterior administración implementó acciones tendientes ha mejorar la divulgación de sus actividades, como la página de internet, el mapa de riesgos, el programa de televisión e inició el proceso de certificación ISO 9000, consideró que es prioritario la creación de la oficina de comunicaciones y prensa del Concejo Distrital.

  1. Procedimiento
  2. La propuesta no contempla la creación de nuevos cargos o empleos en la planta de personal del Concejo de Bogotá, toda vez que el programa puede implementarse mediante la utilización de mecanismos de contratación. Para ello se facultará a la Mesa Directiva con el fin de que diseñe y ponga en ejecución el proceso correspondiente.

  3. Ventajas
  4. La implementación de la Oficina de Comunicaciones y Prensa del Concejo de Bogotá, garantizará, entre otras, que la opinión pública en general conozca las intervenciones de los Concejales en las sesiones que conforme a la estrategia diseñada se consideren de especial interés para el Distrito, lo cual redundará en transparencia y efectividad de la labor desarrollada.

    Esta Oficina se encargará también de todas las estrategias de comunicación al interior de la Corporación, con el fin de fortalecer la imagen institucional, las relaciones entre los concejales, el contacto con la comunidad; así mismo, con los gremios y entidades relacionadas con la actividad del Concejo Distrital.

  5. Presupuesto del Programa

Según lo establecido por el artículo 18 del Decreto 714 de 1996, "El presupuesto de gastos se clasificará en gastos de funcionamiento, servicio de la deuda pública y gastos de inversión. Cada uno de estos gastos se presentará clasificado por Entidades ejecutoras del Distrito así: Concejo Distrital, Contraloría Distrital,..."

En concordancia con lo establecido en la Ley 617 de 2000, el cómputo del presupuesto del Cabildo Distrital comprende el presupuesto asignado al Concejo de Bogotá D.C., y al Fondo Cuenta del Concejo de Bogotá D.C. Mientras que en el Concejo se apropian las partidas necesarias para cubrir los gastos relativos a los Servicios Personales y a Aportes Patronales de los funcionarios del Concejo, en el Fondo Cuenta se apropian los recursos para cubrir los honorarios de los Concejales y los Gastos Generales necesarios en el normal desarrollo de las funciones y adicionalmente, las partidas requeridas en programas específicos de Inversión.

En el pliego modificatorio del Proyecto de Presupuesto para la vigencia fiscal 2003 el Concejo presentó la propuesta de adicionar $200 millones, y en su discusión se determinó adicionar una partida de $325 millones, los cuales son ejecutados a través del Fondo Cuenta del Concejo de Bogotá D.C., con cargo a Gastos de Funcionamiento, cuyo objetivo ha sido, en parte, cubrir los compromisos derivados de las acciones de divulgación de las actividades del Concejo.

Durante la discusión del presupuesto para la vigencia del 2004, infortunadamente, no fue incluida una partida presupuestal para el funcionamiento de ésta oficina, a pesar de contemplarse en el pliego modificatorio presentado por el Concejo en el debate del Proyecto de Presupuesto. Es necesario entonces, la intervención decidida de la Mesa Directiva de la Corporación, para que dentro del presupuesto actual del Concejo de Bogotá se contemple la posibilidad de estructurar y garantizar la implementación de esta Oficina de Comunicaciones y Prensa.

En los términos expuestos pongo a consideración de los Honorables Concejales el Proyecto de Acuerdo "Por el cual se crea la Oficina de Comunicaciones y Prensa del Concejo de Bogotá D.C.".

CARLOS ALBERTO BAENA LÒPEZ

Concejal de Bogotá D.C

PROYECTO DE ACUERDO __ DE 2004

"Por el cual se crea la Oficina de Comunicaciones y Prensa del Concejo de Bogotá D.C."

El Concejo de Bogotá, Distrito Capital, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 1 y 7 del artículo 12 del Decreto 1421 de 1993.

ACUERDA

ARTÍCULO 1º. Créese la Oficina de Comunicaciones y Prensa del Concejo de Bogotá D.C., la cual actuará dentro del marco de una estrategia de comunicaciones que garantice, en condiciones de igualdad, la divulgación de las principales actividades y realizaciones de la Corporación como institución y de los honorables concejales como sus miembros.

PARÁGRAFO: Las funciones de la Oficina de Comunicaciones y Prensa del Concejo de Bogotá D.C. serán cumplidas por organizaciones privadas o públicas bajo la modalidad contractual que determine la Mesa Directiva de la Corporación.

ARTÍCULO 2º. La Mesa Directiva del Concejo de Bogotá D.C. dentro de los tres meses siguientes a la publicación del presente Acuerdo, diseñará el procedimiento y la puesta en marcha del servicio de la Oficina de Comunicaciones y Prensa, estableciendo la estrategia de comunicaciones que incluya la utilización de medios masivos tales como prensa, radio, televisión e internet, trazando las directrices que servirán de marco regulador para su actividad.

PARÁGRAFO: En el diseño de la estrategia, la Mesa Directiva del Concejo garantizará las condiciones de equidad para la utilización de este servicio por parte de los concejales.

ARTÍCULO 3º. El Concejo de Bogotá D.C., al elaborar el anteproyecto de su presupuesto anual, incluirá el rubro correspondiente para garantizar la permanencia de la Oficina de Comunicaciones y Prensa.

ARTÍCULO 4º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los ___ días del mes de _ de 2004.