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Proyecto de Acuerdo 168 de 2004 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/07/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/07/2004
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO 168 DE 2004

"Por el cual se adoptan normas relativas a la promoción de tecnologías no contaminantes en el Distrito Capital".

EXPOSICION DE MOTIVOS

I.- OBJETO DEL PROYECTO

Ver la Resolución del DAMA 1337 de 2001 , Ver el Proyecto de Acuerdo Distrital 190 de 2005

Bogotá es una Ciudad con altos índices de contaminación ambiental. Se calcula que la contaminación por fuentes móviles es de 1.231.748 toneladas por año.

El costo anual en salud por enfermedades respiratorias, es de 7.266 millones de pesos por año. Sin considerar costos por ausencias laborales, compra de medicamentos, pérdida de visibilidad y calidad de vida.

"La ciudad ha venido desarrollándose más no de manera sostenible; su crecimiento ha sido proporcional a la pérdida de ecosistemas, al deterioro de la calidad de sus recursos y a la disminución de calidad de vida, lo que ha llevado a tener en este momento una verdadera crisis ambiental que no se puede enfrentar de manera independiente".

Todos los sectores de la sociedad y estamentos públicos deben trabajar mancomunadamente para el mejoramiento y recuperación de los bienes ambientales. Se hace necesario aunar esfuerzos con dicho propósito.

Teniendo en cuenta que uno de las fuentes de alta contaminación son los vehículos que circulan en la ciudad, situación que nos lleva a realizar un análisis sobre la manera de reducir esa contaminación que genera tantos problemas, concentrándonos en el aprendizaje de la tecnología del uso del gas natural en motores de combustión que ha tomado más de 10 años. En éste período se ha superado muchos obstáculos, se han decantado los buenos equipos; se aprendió a formularlos de acuerdo con el tamaño de los motores y se ha logrado establecer en algunas ciudades una red para el abastecimiento en varias zonas del país.

Se deben tener en cuenta recomendaciones que orientaran a que quienes lo utilicen saquen el mayor beneficio.

El estado Colombiano es el principal explotador y vendedor de Gas Natural en Colombia, a través de ECOPETROL.

Razones para convertir los vehículos a G.N.V.C..

1-MEDIO AMBIENTE:

Como bien es sabido, el deterioro en gran parte de la calidad del aire proviene del tráfico automotor.

El Gas Natural Vehicular es un 85% menos contaminante que la gasolina, e incluso el nivel de ruidos se reduce en un 35%. Como la combustión es mucho más limpia, las emisiones a la atmósfera son cero.

2. AHORRO EN EL SISTEMA DE COMBUSTIBLE:

El Gas Natural Vehicular Comprimido (G.N.V.C.) es un combustible de gran abundancia en nuestro país, que no requiere de proceso alguno para su fabricación, lo cual abarata su producción, si se compara el precio actual de la gasolina de $4.760 el galón con equivalente a Gas Natural de 3 Tres metros cúbicos que en pesos representa la suma de: ( costo del metro cúbico de gas es de $ 750 x 3 =) $ 2.250 lo cual representa una diferencia de $ 2.450 pesos por galón de gasolina. Notamos que G.N.V.C es aproximadamente un 50% más económico que la gasolina.

El uso de Gas Natural Vehicular, a diferencia de la gasolina o A.C.P.M. le permite al propietario, tener un control estricto de la tanqueada consumo real al evitarse su extracción y sobrefacturación por ser un tiquete impreso y computarizado.

Este aspecto es muy importante ya que por ejemplo en el presupuesto del año 2004, para el Distrito Capital se asignó una partida de $ 3.109.178.887 millones, en el rubro combustibles lubricantes y llantas de los cuales se calcula que el 70% o sea $2.174.625.230 millones se ejecutarán en la adquisición de combustibles (gasolina) lo que traducido en un ahorro del 50% equivaldría a los $1.087.312.615 millones de pesos anuales.

3. SEGURIDAD

EL Gas Natural es mucho más liviano que el aire y por consiguiente, en caso de liberarse a la atmósfera se disipa rápidamente, a diferencia de los combustibles líquidos que se derraman y sus vapores se acumulan, presentando una alta posibilidad de incendio y se infiltran en el suelo, contaminándolo y dificultando su limpieza.

4. ALARGA LA VIDA DEL MOTOR

Debido a que el Gas Natural Vehícular comprimido (Gas metano) es un combustible limpio, en su combustión no deja ningún tipo de residuo, incrementándose la vida útil de algunos componentes tales como cilindros, pistones, anillos, bujías, carburador y sistema de escape.

5. SISTEMA DUAL

Una vez que el vehículo es convertido a Gas Natural Vehicular Comprimido (G.N.V.C.), no se altera el Sistema de Combustible original, lo que permite usar alternativamente dos tipos de combustibles con tan solo operar un interruptor que se encuentra en el tablero de instrumentos. Teniendo dos combustibles en el vehículo permite aumentar apreciablemente el rango de autonomía.

El costo de la conversión depende de los siguientes factores:

Tipo de Sistema Carburación o inyección. Si el vehículo tiene Sistema de inyección; demanda la utilización de unos elementos adicionales que incrementan su precio.

La Cilindrada del Vehículo: a mayor número de centímetros cúbicos, mayor será la exigencia del equipo de conversión y por ende su valor se incrementará.

La Clase, Tamaño y el número de cilindros a utilizar de acuerdo a las necesidades del espacio o de la autonomía requerida se determina cual y cuantos cilindros se deben instalar.

Con Gas Natural Vehicular por su alta tecnología los vehículos tendrán mejor desempeño en calles y carreteras sin perder nada y además, también funciona con gasolina cuando se quiera.

PROBLEMÁTICAS IDENTIFICADAS

Subsidio a los Combustibles Vs. Déficit Fiscal

SUBSIDIOS GENERANDO

Según cifras presentadas en el CONPES, al cierre del año 2003, si no existieran subsidios en los combustibles líquidos, el Estado tendría $2.62 Billones de pesos en ingresos.

DEFICIT

Se estima que en el 2004, se requiere realizar ajustes al Gobierno por $ 3.1 Billones

Así:

Reforma Tributaria

1.6

Recorte de Inversión

0.6

Recorte Funcionamiento

0.5

Descentralizado

Reforma Estado 0.4

Total

3.1

Capacidad limitada de producción de ACPM y reservas de gasolina; frente a la problemática mencionada se tiene la opción de la utilización del G.N.V.C. cuyas normas probadas son de 7.2 TPC de gas disponible que alcanzarán a plena demanda para 22 años de utilización

Adicionalmente, existen campos como Macuira con reservas potenciales estimadas de 15 TPC, Bahía con 4 TPC y sorpresa con 2 TPC para un total de 21 TPC adicionales. 1

Existen 14 campos de Gas en todo Colombia.

Actualmente en la Capital existen 19 EDS en operación mas 2 EDS en construcción para un total de 21 EDS

Se cuenta con 20 talleres especializados y aprobados por Gas Natural de conversión. Dicho trabajo se realiza de manera ágil (1 o 2 días).

Gas Natural da un Subsidio de $1.000.000 por la conversión, de cada vehículo y financia el saldo (que fluctúa entre $2.800.000 a $3.400.000) de manera, que cada vez que se tanquea, agregan una suma que se va pagando en pequeñas cuotas, lo que significa que para la conversión la administración no requiere de recursos adicionales a los ya aprobados en el presupuesto de la presente vigencia.

Por las razones anotadas anteriormente, el uso del Gas Natural es altamente favorable desde el punto de vista de la no contaminación del medio ambiente y de la economía ya que el ahorro es del 50% frente al uso de Gasolina.

De otro lado se da estricto cumplimiento a las normas sobre austeridad, en esta época donde el gasto público ha aumentado de manera desproporcional a los ingresos de la nación2.

II.- MARCO LEGAL

COMPETENCIA DEL CONCEJO DE BOGOTA

El presente Acuerdo se sustenta en las normas que se transcriben a continuación:

Decreto 1421 de 1993

Articulo 12

Numeral 1. "Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito" .

Numeral 7. "Dictar las normas necesarias para garantizar la prevención y defensa del patrimonio ecológico, los recursos naturales y el medio ambiente."

Igualmente, en los Decretos sobre austeridad en el gasto público tales como:

Decreto 1737 de Agosto de 1998

Decreto 2209 de Octubre de 1998

Decreto 212 de Febrero de 1999

Decreto 950 de Junio de 1999

Decreto 2445 de Noviembre de 2000

NORMATIVIDAD

Los vehículos convertidos a Gas Natural quedan exentos de obtener el certificado de Emisiones (Resolución 1337 del DAMA, parágrafo 3).

CORDIALMENTE,

GUILLERMO VILLATE SUPELANO

Concejal

FRANCISCO NOGUERA ROCHA

Concejal

NOTAS DE PIE DE PAGINA:

1 Fuente. Presentación Juan Ricardo Ortega "La Economía Colombiana con confianza Post- Referendo.", Cartagena Octubre 30 de 2003. Viceministro de Hacienda y Crédito Público. Diapositiva No. 29.

Interpretación documento CONPES: "Estrategias para la dinamización y consolidación del sector GAS NATURAL en Colombia.

2 Fuentes Reservas : Natur Gas

Reservas potenciales : ECOPETROL

Estudio de Consultaría en Gas Natural Vehicular

Ministerio del Medio Ambiente

PROYECTO DE ACUERDO __ DE 2004.

"Por el cual se adoptan normas relativas a la promoción de tecnologías no contaminantes en el Distrito Capital".

El Concejo de Bogotá D.C. en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas por los numerales 1 y 7 del Artículo 12 del Decreto 1421 de 1993.

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO.- ÁMBITO DE APLICACIÓN: El presente Acuerdo se aplica para todos los Organismos y Entidades que conforman el Sector Central y Descentralizado del Distrito Capital.

ARTICULO SEGUNDO: Las Entidades y Organismos a los que se refiere el presente Acuerdo, adoptarán las medidas correspondientes, tendientes a la conversión de los vehículos de su propiedad, de gasolina a Gas Natural Vehicular.

ARTICULO TERCERO: Los Representantes Legales de las Entidades mencionadas en el Articulo 1° desarrollarán el proceso de manera técnica, confiable, adecuada e idónea.

ARTICULO CUARTO: Requisitos para dar cumplimiento al presente Acuerdo:

Las Entidades deben como mínimo:

  1. Identificar a través de los talleres autorizados los vehículos que ameriten la conversión de Gasolina a Gas Natural.

  2. Realizar un análisis sobre la conveniencia de realizar la conversión con pago de contado o a crédito.

  3. Apoyo Estatal: Solicitar al Servicio Nacional de Aprendizaje una capacitación para los conductores de cada entidad.

d) El proceso de conversión deberá realizarse a más tardar dentro de los (6) meses siguientes a la aprobación y divulgación del presente Acuerdo .

ARTICULO QUINTO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.