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Acuerdo 133 de 2004 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
23/12/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/12/2004
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3245 de diciembre 23 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

TEXTO DEFINITIVO DEL PROYECTO DE ACUERDO No

ACUERDO 133 DE 2004

(Diciembre 23)

«Por el cual se reconoce el Fútbol de Salón (Microfútbol) como un deporte símbolo de la ciudad de Bogotá».

EL CONCEJO DE BOGOTÁ

en uso de sus atribuciones conferidas por el artículo 300 numeral 10° de la Constitución Política y los artículos 8 y 12 numerales 10 y 13 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

CONSIDERANDO:

1- Que el fútbol de salón (microfútbol) es el deporte más practicado por los ciudadanos de Bogotá D.C.

2- Que el deporte fútbol de salón (microfútbol) contribuye significativamente a crear espacios de convivencia ciudadana, familiar, de salud física y mental a los Capitalinos.

3- Que el deporte fútbol de salón (microfútbol) genera además de esparcimiento y recreación, empleo, diversión fortaleza física de los deportistas y desarrollo económico y social en los ciudadanos de Bogotá D.C.

4- Que la práctica del fútbol de salón (microfútbol) ha contribuido a mejorar la imagen nacional e internacional de Bogotá D.C.

5- Que la práctica masiva de este deporte constribuye al desarrollo formal de la pequeña industria y del comercio en general.

Ver Proyectos de Acuerdo 205 y 224 de 2004 Concejo de Bogotá, D.C.

ACUERDA:

Artículo Primero.- Declarar el fútbol de salón (microfútbol) como un deporte símbolo de la ciudad de Bogotá.

Artículo Segundo.- El Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte IDRD, promoverá directamente o a través de los organismos deportivos de Bogotá, las iniciativas que sean pertinentes para fomentar y apoyar la práctica masiva del fútbol de salón (microfútbol), con proyección competitiva nacional e internacional.

Artículo Tercero.- El IDRD propenderá porque la Liga de Fútbol de Salón o Microfútbol de Bogotá, reglamente y defina la forma de selección de los mejores equipos de la ciudad en la práctica del fútbol de salón (microfútbol).

Artículo Cuarto.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de diciembre de dos mil cuatro (2004).

BRUNO ALBERTO DÍAZ OBREGÓN

Presidente Concejo de Bogotá

CARLOS ALBERTO SAAVEDRA WALTERO

Secretario General

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor del Distrito Capital

23 de diciembre de 2004

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3245 de diciembre 23 de 2004.