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Proyecto de Acuerdo 26 de 2005 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
09/02/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/02/2005
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No

PROYECTO DE ACUERDO No. 26 DE 2005

"POR MEDIO DEL CUAL ESTABLECE COMO OBLIGATORIAS JORNADAS DE VACUNACIÓN EN EL DÍA DEL ADULTO MAYOR"

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La política pública debe construirse hacia el mejoramiento de las condiciones de vida de las personas de mayor edad y elevar la calidad de vida de toda la población con el fin de que alcance una vejez saludable y satisfactoria.

Los adultos mayores son una población prioritaria en todas las estrategias de inversión social, y en especial de los sectores de población, que además de sus condiciones de pobreza y vulnerabilidad, se encuentran en riesgo evidente y requieren de acciones especiales y contundentes.

Bogotá requiere empezar a desarrollar un sistema institucional de atención al adulto mayor, las personas que hoy han llegado a la vejez, no vivieron su vida como indigentes, si no que, en su mayoría fueron trabajadores en diversos sectores, y que con el paso del tiempo o perdieron su afiliación, o no contaron con ninguna forma de seguridad social y por eso hoy en día viven en condiciones mínimas.

En el mundo entero la población está constituida por mayores, es decir la longevidad ha aumentado en forma notable y se ha incrementado las personas que sobrepasan los 60 años, e incluso, hoy llegan a 80 y más años, mientras que los nacimientos, han disminuido.

En 1997, en Colombia había 20 personas mayores de 60 años por cada 100 menores de 15 años. En el 2007, habrá 40 personas mayores de 60 años, por cada 100 menores de 15, y a su vez, nacerán menos colombianos.

El envejecimiento poblacional denota la tendencia al incremento, en la proporción de personas mayores de 60 años con relación a la población total. El aumento de esperanza de vida, así como la disminución en la tasas de mortalidad y fecundidad, son factores que están asociados a éste fenómeno, el cual en el último siglo ha causado un incremento en el ritmo de envejecimiento de la población mundial.

En Colombia, la esperanza de vida al nacer ha aumentado desde 1985, en aproximadamente 5 años, y según las proyecciones de población del DANE, esta senda ascendente continuará y llegará en el periodo de 2010-2015 a 70.95 y 77.10 años para hombres y mujeres, respectivamente. Este aumento en la esperanza de vida se ha producido principalmente por la disminución en la fecundidad y la mortalidad.

Del total de la población para el 2003, el 9.41%, es mayor de 60 años, para un total de 55.43%, siendo mayor la proporción de mujeres en 44.57%, según encuesta de calidad de vida, cálculos DNP-DDS. A nivel Nacional, Bogotá ocupa el quinto lugar con el 16.5%, concentrada en la parte urbana.

Debe tenerse en cuenta que el aumento de la población mayor en los países como Colombia es grave por la situación de pobreza, el bajo nivel de vida y carencia de seguridad social. Por ende, todo conlleva a que las personas busquen su manutención de diversas maneras y descuidan la salud.

Es preocupante la disminución en los niveles de inmunización de los adultos, ya que se convierten en personas vulnerables y en ellas, podrían surgir brotes de enfermedades inmunoprevenibles, lo que hace necesario fortalecer todos los programas de salud, para proteger a cada uno de los adultos mayores de la ciudad, con las vacunas.

Las vacunas no sólo son para los niños, ya que según diversos estudios han llegado a la conclusión de que personas mayores quedan incapacitadas cada año por causa de enfermedades que se pueden evitar fácilmente a través de éstas.

Hay la convicción en la sociedad, de que las enfermedades sólo atacan a los menores en sus primeros años, y por ello, se les aplican defensas y refuerzos constantes. Pero se olvida a la población mayor, quienes se convierten en víctimas potenciales de enfermedades al sobrepasar los 65 años, por disminuir sus defensas por el desgaste normal del cuerpo.

ENFERMEDADES DE LA EDAD ADULTA QUE SE PUEDEN PREVENIR POR MEDIO DE VACUNAS.

A.- Difteria. B.- Hepatitis AyB

C.- Influencia. D.- Enfermedad del Lyme .

E.- Sarampión. F.- Polio.

G.- Parotiditis (Paperas). H.- Neumococo.

I.-Rubéola. J.- Varicela.

Para evitar brotes de estas enfermedades debe existir altos niveles de inmunización lo que hace necesario fortalecer las políticas Distritales en salud para tener una cobertura don de llegue a todos los Adultos Mayores de la Ciudad.

Teniendo en cuenta que la Ley 271 de 1996, por la cual se institucionaliza el Día Nacional de las Personas de la Tercera Edad, él último domingo del mes de Agosto de cada año, se propone una jornada de vacunación gratuita en cada una de las localidades de Bogotá para ésta población.

La Ley 812 de 2003, Plan Nacional de Desarrollo, establece como parte de la ampliación y el mejoramiento de la protección y la seguridad social, programas especiales para atención de ancianos, así como la asistencia permanente de alimentos y de medicamentos a las mujeres y hombres mayores de 60 años, de escasos recursos económicos y que presenten deficiencias nutricionales.

El artículo 46 de la Constitución Nacional, establece que el "Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria. El Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia."

De igual manera el artículo 49 de la Constitución Nacional, consagra que "La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud (.) La Ley señalará los términos en los cuales la atención básica para todos los habitantes será gratuita y obligatoria (.)"

La ciudadanía en general, debe estar consciente de la importancia de la vacunación de los adultos mayores, y por ello se debe fijar una fecha para llevar a cabo la jornada y de esa manera crear conciencia de la obligación de acudir cada año el último domingo del mes de agosto, con motivo del Día del Adulto Mayor. Ésta no generará más gastos para la ciudad porque lo asumirá la Secretaría de Salud, dentro de sus funciones.

En aras de la equidad y de incluir a éste grupo a la vacunación masiva, se tendrá en cuenta a los mayores de 60 años, y tendrán prioridad, aquellos que se encuentren en condiciones de desplazamiento forzado, que presenten condición de discapacidad y se encuentren en nivel SISBÉN I. por igual a los que pertenezcan a los estratos 1 y 2.

Cordialmente,

LEO CÉSAR DIAGO CASASBUENAS

Concejal de Bogotá, D.C.

PROYECTO DE ACUERDO No. ______ DE 2005

"POR MEDIO DEL CUAL ESTABLECE COMO OBLIGATORIAS JORNADAS DE VACUNACIÓN EN EL DÍA DEL ADULTO MAYOR"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial de las que confieren el artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993,

ACUERDA

Artículo 1. Establécese como obligatoria una jornada de vacunación gratuita en cada una de las Localidades de Bogotá D.C., para los Adultos Mayores de los Estratos 1 y 2, habitantes de la Ciudad.

Parágrafo: Se tendrá en cuenta a los mayores de 60 años, con prioridad, aquellos que se encuentren en condiciones de desplazamiento forzado, que presenten algún tipo de discapacidad y se encuentren en nivel SISBÉN I. Por igual, a los que pertenezcan a los estratos, anteriormente mencionados.

Artículo 2. La Secretaría Distrital de Salud realizará sus jornadas de vacunación gratuita para los adultos mayores, el último día sábado del mes de Agosto de cada año.

Parágrafo: La Secretaría Distrital de Salud adelantará las jornadas de vacunación de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de cada vigencia.

Artículo 3. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

Comuníquese, Publíquese y Cúmplase.

Dado en Bogotá a los ___________ días del mes __________ de 2005.

PRESIDENTE

SECRETARIO

Concejo de Bogotá, D.C.

Concejo de Bogotá, D.C.

LUIS EDUARDO GARZÓN

ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ