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Proyecto de Acuerdo 88 de 2005 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
29/04/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/04/2005
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO NO

PROYECTO DE ACUERDO NO. 088 DE 2005

"Por el cual se crea la Tarjeta Bogotá Joven en el Distrito y se dictan otras disposiciones"

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La población joven de Bogotá representa el 23.6% de la población total de la ciudad, lo que equivale a 1.518.718 personas que se encuentran entre los 14 y los 26 años de edad. Para el año 2001 la mayoría de los jóvenes vivían en hogares de estrato 3, es decir 750.000 mil lo que representa el 47% del total, seguido del estrato 2 con el 23% y el estrato 1 con 3.6%, lo que nos indica que 1.176.000 jóvenes están entre los estratos 1,2 y 3, esta cifra corresponde al 77% de la población total juvenil.

Según la condición económica encontramos que el 16.3% de los jóvenes de Bogotá, es decir 242.994, residen en hogares en condición de miseria, y el 26.8%, lo que corresponde a 394.866, viven en hogares de situación de pobreza. Lo cual equivale casi al 43% del total de la población juvenil de la ciudad.

Esta situación indica la necesidad de apoyar a esta población para mejorar su calidad de vida, ya que casi la mitad de la población juvenil se encuentra en baja situación económica.

Además al ser esta población la cuarta parte del total de los habitantes de la ciudad, es necesario generar mecanismos que ayuden al desarrollo de los jóvenes para que puedan acceder a mayores y mejores oportunidades.

En Colombia han existido dos experiencias sobre la implementación de la Tarjeta Joven. La primera, se remite al año 1994, cuando la Corporación Nacional de Turismo la concibió como un proyecto de incentivos para el turismo juvenil. Posteriormente este proyecto fue trasladado al Viceministerio de la Juventud y dado a conocer por primera vez el 8 de junio de 1995.

La tarjeta Joven se basaba en una red de servicios en recreación, turismo, cultura y salud entre otros, para jóvenes de 12 a 26 años de edad, mediante descuentos especiales concedidos en diversos establecimientos comerciales al presentar la tarjeta de afiliación personal. Esta tarjeta tenía un costo de 3.000 pesos, una vigencia de un año y podía obtenerse en alcaldías, gobernaciones, oficinas de la Corporación Nacional de Turismo, La Previsora compañía de seguros y en algunos supermercados y puntos móviles.

Junto con la tarjeta se entregaba una guía sobre el uso, y el directorio de los establecimientos adscritos en donde se podían obtener los descuentos, los cuales iban desde un 10% en algunos hoteles, en baja temporada, hasta un 50% en museos y sitios culturales. Asimismo con la adquisición de la tarjeta, los y las jóvenes se privilegiaban con un seguro contra accidentes y reconocía gastos médicos y funerarios cuando fuese necesario durante un año.

En el año de 1996 se suspendió este programa por el manejo y recaudo de los dineros, por errores en la interpretación de la naturaleza jurídica del programa, poca acogida en la juventud y por deficiencias en la información e incorporación de mayores e innovadores servicios a lo largo del país1.

Como segunda experiencia, la ley 375 de 1997 "Ley de la Juventud" dio un paso importante hacia la formulación e implementación de políticas y programas dirigidos a jóvenes de todo el país. Uno de los desarrollos importantes que tuvo esta ley, fue el programa Tarjeta Joven Solidaria, el cual fue previsto en su artículo 50 y reglamentado por el Decreto 3107 también del mismo año.

En un proyecto de la nueva Tarjeta Joven Solidaria, el Viceministerio de la Juventud propuso que además de tener acceso a bienes y servicios, se ampliara el portafolio de servicios de salud y educación; con el apoyo de los gremios del sector productivo, las universidades y colegios, las empresas del sector de la salud y las cajas de compensación familiar. Este proyecto infortunadamente a la fecha no ha sido implementado por el gobierno Nacional-

En el ámbito internacional se han creado tarjetas para jóvenes con diferentes características presentando significativos resultados en su implementación; por ejemplo, en España se estableció la tarjeta para jóvenes entre 14 y 26 años de edad, la cual brinda una serie de facilidades en la utilización de determinados servicios y en la adquisición de productos culturales y de mercado en general, para lo cual fue necesaria la colaboración de iniciativas públicas y sociales, materializadas en un conjunto de convenios que concretan las ventajas ofrecidas.

Asimismo, en la Unión Europea se creó el programa "Carnet Joven EURO<26" de aplicación en 28 países, con el objetivo de proporcionar a los jóvenes menores de 26 años mejores condiciones para acceder a diferentes bienes y servicios y a una mayor movilidad en el ámbito europeo. Su implementación se hizo hace 10 años y ha logrado la adhesión de más de 200.000 empresas y servicios que ofrecen innumerables facilidades y descuentos en transportes, servicios culturales y alojamiento, entre otros. Las comisiones que se generan por la utilización de esta tarjeta se destinan como apoyo al desarrollo de proyectos agrarios, en la formación de adultos y en la escolarización de jóvenes y niños del tercer mundo, así como en proyectos asistenciales a diferentes organizaciones no gubernamentales.

En Chile, la tarjeta joven se creó con el fin de contribuir a una mayor presencia de los jóvenes en la vida social e integrarlos en las distintas instancias de la sociedad, mediante el acceso a descuentos en bienes y servicios de manifiesto interés para ellos, sectorizados en los rubros de recreación, tiempo libre, educación, salud, comercio y servicios. La meta inicial era afiliar a 5000 jóvenes, al momento de su expedición se inscribieron 89.000 y al año ya contaba con 250.000 jóvenes afiliados.

En México, el Instituto Mexicano de la Juventud creó el programa "Tarjeta Poder Joven" con el fin de acercar a los jóvenes mexicanos a una oferta atractiva de bienes y servicios a precios preferenciales para tener opciones de consumo del interés de la juventud y mejorar su calidad de vida, dispuestos en el Portal de Internet del Instituto Mexicano http://www.imjuventud.gob.mx/main.asp

En el Salvador la "Tarjeta Joven" esta enfocada a darle los Jóvenes los mejores beneficios para poder salir en la noches y en el día a divertirse: 2x1, descuentos y promociones en diferentes bares, restaurantes, gimnasios, cafés y discotecas, además de esto ofertas en diversidad de rubros como boletos aéreos, tiendas de calzado, cines, telefonía, entre otras.

En Uruguay, se creo la tarjeta para jóvenes con la idea de implementar un sistema de beneficios en compras al contado para jóvenes en edades que oscilan entre los 14 y 29 años, hasta la fecha se han implementado 52.000 tarjetas emitidas en 4 meses, y se cuenta con 773.000 jóvenes inscritos.

En Perú, se creó el proyecto "Tarjeta Joven UNMSM-UNI-UNALM", como una alianza entre universidades para desarrollar programas de mejoramiento de la educación superior, investigación calificada y apoyo a los derechos humanos y de esta manera contribuir al desarrollo del país.

Por otra parte, existe la "Tarjeta de Identificación Estudiantil Internacional ISE CARD", la cual otorga descuentos en todo el mundo; quien posee éste carnet consigue descuentos en admisiones a Museos, exhibiciones, alojamientos, transporte terrestre y aéreo, seguro médico básico por US $2000 y US$5000 para traslados por enfermedad cuando se encuentra fuera del país de origen, servicio de asistencia 24 horas en casos como pasaportes extraviados, documentos de viaje y problemas legales. Los fondos recaudados por la adquisición de esta tarjeta son destinados a un fondo que financia programas de la UNICEF.

Otra tarjeta de aplicación internacional es la "International Student Identity Card - ISIC" un carné Internacional Joven, también conocido como "Go-25", dirigido a jóvenes menores de 35 años el cual ofrece descuentos y precios especiales en transporte, alojamientos, museos, teatros y cines entre otros. De igual forma los fondos recaudados por la adquisición de esta tarjeta son destinados a la UNESCO.

El proyecto de acuerdo en concordancia con los objetivos de la presente administración, busca abrir oportunidades para que los jóvenes se vinculen de manera activa a los procesos de participación que están previstos por ley y desarrollados por el distrito, en especial la elección y conformación de los Consejos de Juventud. De igual forma, las experiencias mencionadas han permitido que los jóvenes puedan acceder a la oferta institucional pública, y así participar en los programas de promoción y prevención principalmente en el área de la salud y en eventos de orden cultural y de turismo, lo cual tiene aplicación para la implementación de la tarjeta Bogotá Joven.

En el marco del éxito y fracaso expuesto sobre la implementación de tarjetas para jóvenes, tanto en Colombia como a nivel internacional, consideramos de vital importancia que se cuente con este instrumento, considerándose que el balance en su mayor parte es exitoso, pues ha permitido la identificación de las expectativas de los y las jóvenes para el acceso a bienes y servicios en teatros, restaurantes, tiendas de discos, almacenes de ropa, bibliotecas, librerías, museos, servicios automotrices, fotocopias y transportes terrestres, entre otros.

Por lo anteriormente expuesto, ponemos a consideración del Honorable Concejo de Bogotá el estudio y aprobación del presente Proyecto de Acuerdo.

Atentamente,

CARLOS ALBERTO BAENA LÓPEZ

MARIA ANGELICA TOVAR

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

El Concejo de Bogotá

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial, las conferidas en los numerales 1y 10 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.

ACUERDA:

Artículo 1º Objeto: El presente Acuerdo tiene por objeto crear la Tarjeta Bogotá Joven como un instrumento de la Política Pública de Juventud con que cuente el Distrito a fin de incentivar la participación juvenil en los planes, programas y proyectos que adelante la Administración Distrital, así como facilitar el acceso de los y las jóvenes a los bienes y servicios ofrecidos por las entidades públicas, y los establecimientos privados de la ciudad mediante convenios.

Artículo 2°. Beneficios de la Tarjeta Bogotá Joven: Para efectos de la implementación de la Tarjeta Bogotá Joven, se tendrá en cuenta el acceso a servicios y actividades de educación, salud, empleo, deporte, recreación, turismo, cultura y medio ambiente, entre otros. Asimismo la tarjeta Bogotá joven será considerada un mecanismo de estímulo para la participación ciudadana de los y las jóvenes en los procesos de elección y conformación de los Consejos locales de Juventud y de otras instancias.

Artículo 3º. Comité interinstitucional: La Administración Distrital conformará un comité interinstitucional con las entidades que ofrecen programas y servicios dirigidos a los y las jóvenes de la ciudad. Este comité cumplirá las siguientes funciones relativas a la implementación, seguimiento y evaluación de la tarjeta Bogotá Joven:

  1. Definir los criterios bajo los cuales se ofrecerán los beneficios y servicios de la tarjeta Bogotá Joven.
  2. Compilar y actualizar la información y documentación relativa a los beneficios y servicios de la tarjeta Bogotá Joven en el portal de internet que se destine para tal fin.
  3. Elaborar y actualizar frecuentemente la base de datos de los jóvenes a quienes les expida la tarjeta.
  4. Buscar y coordinar la financiación con los establecimientos y empresas del sector privado y la consecución de recursos mediante proyectos de cooperación internacional.
  5. Informar a la población juvenil en la rendición de cuentas de la administración, acerca del impacto político, social, económico y cultural de los resultados obtenidos por la tarjeta Bogotá Joven.
  6. Diseñar las estrategias y acciones de orden logístico y publicitario para la promoción y entrega de la tarjeta Bogotá Joven.

Artículo 4°. Reglamentación: La Administración Distrital reglamentará la implementación de la tarjeta Bogotá Joven, en un plazo no mayor a seis (6) meses después de aprobado el presente acuerdo y teniendo en cuenta los criterios de promoción, solicitud, expedición, uso y financiación de la tarjeta.

Parágrafo primero: La Administración Distrital podrá considerar para la financiación de la tarjeta Bogotá Joven, la celebración de convenios con establecimientos y empresas del sector privado y los ingresos correspondientes a recursos obtenidos por cooperación internacional.

Parágrafo segundo: La Administración evaluará la posibilidad de concertar una estrategia con el gremio del transporte público y privado de la Ciudad, a fin de establecer un sistema de subsidio que beneficie a quienes porten la tarjeta Bogotá Joven.

Artículo 5°. De la vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Dado en Bogotá D.C., a los . . . . . . . (..) días del mes de . . . . . de dos mil cinco 2005.

NOTAS DE PIE DE PÁGINA:

1 Juan Manuel Galán Pacho en: "Los jóvenes construyen un nuevo país", Ministerio de Educación Nacional, 2000