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Proyecto de Acuerdo 184 de 2005 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
17/06/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/06/2005
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

PROYECTO DE ACUERDO No. 184 DE 2005

"Por el cual se promueve la masificación de Internet en el Distrito Capital, se estimula el acceso gratuito, el aprovechamiento de nuevas tecnologías y se incentiva la industria nacional y la competitividad"

I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Para nadie es un secreto que Internet es una herramienta de desarrollo y crecimiento para los pueblos y su economía, convirtiéndose en una plataforma para informar, educar, capacitar, producir y competir.

Internet es sin duda el medio de telecomunicaciones con mayor crecimiento en la historia. Sin embargo el desarrollo de estas tecnologías y el cubrimiento de sus servicios no se han dado de forma equitativa en todo el mundo. Según los estudios más recientes, en Latinoamérica el acceso a Internet llega al 6% o 7% de la población total. Shashi Tharoon subsecretario de la Unión Internacional de Telecomunicaciones afirma: "Hay más conexiones a Internet en Manhattan que en todo el continente africano". Esta es la "Brecha Digital" que marca las grandes diferencias que hoy existen entre las comunidades desarrolladas y las menos favorecidas.

Por primera vez en la historia de la humanidad, los seres humanos estamos en condiciones de intercambiar información masivamente a un bajo costo (relativo al enorme costo que significaría hacerlo por cualquier otro medio). Esto ha permitido acceder a un inconmensurable acervo de información: enciclopedias, obras maestras de todas las artes, tesis, leyes, técnicas, procedimientos, etc., que no estaban anteriormente a nuestra disposición. Nuestra vida alcanzó el momento, en el que nos enfrentamos al problema arquetípico original de la nueva ciencia de la informática: la explosión informativa.

Tan importante es hoy en día para el maestro utilizar los recursos del Internet como lo es el poder hablar. Cuando nos referimos a los recursos del Internet, no solamente se trata de los beneficios de la consulta de la información, sino también de la posibilidad de generar elementos didácticos, que permitan a la comunidad utilizar y beneficiarse de la tecnología superando barreras sicológicas y culturales. Nos referimos a la necesidad de preparar a la población para ser competitiva, en un mundo más competido, ante las enormes posibilidades que ofrecen los países desarrollados a sus habitantes, en términos de lo que significa un real acceso a la información y a nuevas tecnologías.

Lo fundamental es que el Internet presenta un esquema, en el cual el emisor y el receptor se encuentran en la misma condición, de ser ambos emisores y receptores; en donde la retroalimentación pierde su papel secundario y se iguala en importancia con la información enviada por el canal principal.

Internet es grande, cambiante y diversa, convirtiéndose así misma en una herramienta de trabajo, un periódico global, un buzón de correos, una tienda virtual, una biblioteca, un recurso educativo, una plataforma publicitaria, una plaza pública, un foro abierto a la comunidad, un medio de acercamiento a los ciudadanos, un medio para la realización de trámites.

Todos los gobiernos alrededor del mundo, tienen como constante preocupación, la de garantizar que todos sus ciudadanos tengan acceso a las TICs (Teleservicios de la Información y el Conocimiento) e igualmente se capaciten en su uso, como el factor clave para el desarrollo social, cultural, económico y político de la nueva sociedad, sobre la base de la inclusión social y productiva de toda la población. En lo que a esto se refiere, la masificación del acceso gratuito a INTERNET, se constituye en uno de los pilares básicos de las políticas de conectividad de la sociedad moderna.

Todos los gobiernos alrededor del mundo, incluido el de Colombia, a través del Ministerio de Comunicaciones, han impulsado programas y proyectos de masificación del acceso a Internet, dentro de los cuales se destacan diferentes iniciativas como los telecentros que brindan un acceso comunitario a Internet en los lugares apartados de la geografía colombiana, pero que sin embargo no tienen presencia en las grandes capitales ni han logrado sensibilizar a los habitantes, ni han permitido romper las barreras sicológicas que limitan e impiden el acceso a Internet.

En el sector educativo el proyecto RedP (Red Integrada de Participación Educativa) de la Secretaría de Educación Distrital, busca masificar el acceso a Internet, pero restringido a la comunidad estudiantil de las escuelas y colegios del Distrito.

A Junio del 2004, la penetración de Internet en Colombia fue del 7.9% que aunque muestra un avance con respecto a las cifras de Junio de 2003, que fueron 6.9%, deja a Colombia en la franja de países con menor penetración a nivel Americano.

En Bogotá, las cifras muestran que el internet, ha ido evolucionando, siendo en la actualidad una de las ciudades con la mayor penetración de Internet en Colombia, con un indicador superior a 20 usuarios por cada 100 habitantes, según metodología de cálculo de la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, concentrados en los estratos altos del sector residencial y en el sector comercial de la ciudad, que muestra que aún es mucho lo que hay que hacer desde el sector público y privado para masificar el acceso a Internet e impactar positiva y decididamente este indicador.

Es responsabilidad de las autoridades distritales, en consonancia con la realidad internacional, nacional y local, tomar medidas que orienten el gasto de las entidades distritales a la utilización intensiva de Internet, como medio "global" de información, y a la promoción real y efectiva de estrategias de masificación gratuitas de acceso a Internet, que coadyuven al logro e implementación de la diferentes estrategias de conectividad de la sociedad moderna y específicamente del Gobierno Distrital, pero que puntualmente impacten en:

  • El incremento del acceso a la infraestructura de la información en forma gratuita, sin importar el estrato socioeconómico, etnia o ubicación geográfica, fortaleciendo el aumento de la cobertura y calidad de los servicios como un factor de igualdad para el desarrollo social, cultural y económico disminuyendo la brecha existente entre los diferentes estratos y estimulando la posibilidad y el derecho que tienen todos los ciudadanos de estar informados y de ser competitivos.
  • La desconcentración y descentralización de servicios de las entidades distritales, la transparencia y eficiencia de las instituciones distritales, el conocimiento ciudadano de las actuaciones de la Administración Distrital, lo que deberá permitir una mayor participación ciudadana y un efectivo control social de las actuaciones de la administración distrital.

Tomando en consideración lo expuesto, la presente iniciativa pretende orientar el gasto del presupuesto destinado a la publicidad, divulgación y promoción de sus actividades administrativas, logísticas, comerciales y de relación con los ciudadanos de las entidades distritales, hacía la utilización de herramientas de última tecnología, que fortalezcan los procesos de Gobierno en Línea y la masificación del acceso a internet en forma gratuita, promoviendo la participación y presencia de la ETB, lo mismo que la inversión publica y privada en la instalación y operación de puntos de acceso a Internet gratuito, con amplia presencia en lugares públicos de gran afluencia de ciudadanos, tales como bibliotecas, centros comerciales, hospitales, aeropuertos, universidades, sedes de oficinas públicas, entre otros.

II. ALCANCE DEL PROYECTO DE ACUERDO.

En búsqueda de todo lo anterior, el proyecto propone conducir sistemáticamente los Programas y Proyectos del Plan de Desarrollo, lo mismo que los Proyectos debidamente apropiados de los presupuestos anuales de las entidades involucradas, hacia el logro de propósitos claramente establecidos, desde las escuelas, colegios, universidades y cursos de capacitación específica que conlleven al manejo, dominio y desarrollo de la internet y sus múltiples usos para el desarrollo de las personas y con el propósito de lograr su adecuación en la búsqueda de sus metas económicas, sociales y culturales.

Lo anterior se amplia a la posibilidad de que las entidades oficiales logren implantar procesos tecnológicos de punta en la ejecución de sus funciones, que les generen eficiencia, rentabilidad y la máxima y mejor atención al público, así como lograr los mejores canales de información a la comunidad sobre la ejecución de sus funciones y proyectos.

III. MARCO LEGAL.

Desde el punto de vista constitucional, los proyectos se apoyan en el precepto del Estado Social de Derecho y en la garantía de los derechos fundamentales de las personas y concretamente en la Educación y Capacitación de las personas, a través de programas administrativos como lo consagra el artículo 67 de la Carta Magna que señala que la educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social que busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura.

A nivel de normas especificas y de la Competencia del Concejo en esos asuntos, se apoya el proyecto en el artículo 12, numeral 1 del decreto ley 1421 de 1993 según el cual, corresponde al Concejo Distrital de conformidad con la Constitución y la Ley, dictar las normas para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

Los recursos que garanticen el desarrollo del presente proyecto de acuerdo, se encuentran contemplados en el Plan de Desarrollo Titulo IV Objetivo de Gestión Pública Humana, Articulo 24 numerales 5 y 6 Sistema Distrital de Información y Comunicación para la Solidaridad. Igualmente, dentro de los programas del eje social contemplados en el Artículo 9° Numeral 2°, Más y Mejor Educación para Todos y Todas.

Por todo lo anterior propongo al Honorable Concejo de Bogota, la discusion y aprobación del presente proyecto de acuerdo "Por el cual se promueve la masificación de Internet en el Distrito Capital, se estimula el acceso y aprovechamiento de nuevas tecnologías, se incentiva la industria nacional y la competitividad"

CARLOS ROMERO JIMENEZ

Concejal de Bogotá D.C.

PROYECTO DE ACUERDO NO. 2005

"Por el cual se promueve la masificación de Internet en el Distrito Capital, se estimula el acceso gratuito, el aprovechamiento de nuevas tecnologías y se incentiva la industria nacional y la competitividad"

EL CONCEJO DE BOGOTA D. C.,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial las que le confiere el decreto ley 1421 de 1993,

ACUERDA:

ARTICULO 1º. Todas las entidades del Distrito Capital de Bogotá, del sector central, descentralizado, localidades y empresas en las cuales el distrito tenga participación accionaria, impulsarán y realizarán las acciones y gestiones necesarias tendientes a fomentar a través del uso de Internet, los procesos de Gobierno en línea, la participación ciudadana y el control social sobre sus actividades administrativas, logísticas, comerciales y de relación con los ciudadanos, promoviendo la inversión pública y privada en la instalación y operación de plataformas de última tecnología que garanticen el acceso masivo a Internet en forma gratuita para el ciudadano, sin ningún tipo de discriminación.

ARTICULO 2º. La consecución de los recursos que genere el funcionamiento del presente acuerdo y los aspectos técnicos del mismo, serán objeto de reglamentación por parte de la Administración Distrital.

ARTICULO 3º. Todas las empresas que presten el servicio de Internet deberán tener como mínimo un año de constituida , contar con el certificado de gestión de calidad y su objeto social relacionado desde el momento de su constitución , con alguna de las siguientes modalidades.

  1. La promoción y divulgación de información educativa, cultural, comercial y/o de esparcimiento por medio del intercambio electrónico de información.
  2. La prestación y explotación de servicios telemáticos y de valor agregado para promover el acceso publico a Internet.
  3. La implementación de instrumentos de intercambio electrónico de datos para la celebración de operaciones de comercio electrónico y, en ejecución de dicho objeto haya desarrollado un modelo de acceso publico a Internet, el cual consista en el uso de terminales informáticas integradas por dos soportes , uno físico y otro lógico, que además de permitir al usuario acceder a red de redes, se halle intrínsecamente habilitada para ofrecer operaciones electrónicas, y otras funcionalidades especificas dependiendo del lugar de ubicación.

ARTICULO 4º. Las empresas que presten este servicio financiarán la implementación del mismo, adquisición de los equipos, el desarrollo del software de administración y operación y el mantenimiento de la plataforma con recursos propios , con los ingresos que reciban del Distrito por concepto de publicidad y con los recursos que se generen por la publicidad que realicen los anunciantes privados que oferten o promuevan sus servicios o productos dentro de un marco de pauta con sentido social.

ARTICULO 5º. Las empresas que pretendan prestar el servicio de masificación de Internet deberán poner en funcionamiento un numero no menor a quinientas (500) terminales informáticas en un termino no superior a 180 días hábiles, las cuales estarán instaladas como mínimo en dos zonas diferentes de la capital operando de ocho a doce horas diarias, dependiendo de la localización y en consulta con el Comité Coordinador.

ARTICULO 6º. Los lugares que serán dispuestos para instalar las terminales son: Universidades, Bibliotecas, Centros Comerciales, Supermercados, Centros de Salud, Hospitales, Oficinas de Gobierno Distrital, Colegios Distritales, Alcaldías Locales, terminales de Transporte y demás sitios en donde exista trafico peatonal.

ARTICULO 7º. Todas las entidades del Distrito Capital de Bogotá del Sector Central, descentralizado, localidades y entidades en las cuales el Distrito tenga participación accionaria facilitarán los espacios necesarios para la prestación de este servicio, cuando este se pretenda ofrecer en inmuebles que sean propiedad de las mismas.

ARTICULO 8º El Gobierno Distrital apoyará la industria nacional y dará total prioridad a aquellas empresas publicas y privadas colombianas que en desarrollo del programa de masificación de Internet demuestren fomentar y generar empleos de manera directa e indirecta en el ensamblaje o fabricación de las terminales, y en desarrollo del software para la implementación del modelo o plataforma de acceso gratuito a Internet y utilización de nuevas tecnologías.

ARTICULO 9º. El objetivo del Gobierno Distrital es lograr la universalidad del uso de esta herramienta tecnológica; para tal efecto, garantizará que la empresa prestadora del servicio proporcione a los usuarios una interfase amigable que ofrezca múltiples servicios para que puedan acceder a ella sin importar su estrato social, económico o cultural. La empresa prestadora del servicio deberá disponer de un diseño especial para una terminal informática especialmente dispuesta por cada cincuenta de ellas, para ser utilizada por personas minusválidas o menores de 10 años.

ARTICULO 10°.- El Gobierno Distrital exigirá altas especificaciones técnicas de los equipos que proporcionará la empresa contratista, debiendo incluir como mínimo:

  • Pantalla touch screen
  • Impresora para recibos
  • Teléfono (mínimo un teléfono por cada tres terminales instaladas)
  • Teclado con Mouse de alta resistencia
  • Webcam
  • Parlantes
  • Lector de tarjetas
  • Procesador mínimo de 2.4 Ghz (Gigahertz)
  • Memoria no inferior a 256 Mb (Megabytes)
  • Disco Duro de 20 Gb como mínimo (Gigabytes)
  • Sistema Operativo Linux o Microsoft

La plataforma que implementen las empresas privadas contratadas para la prestación de este servicio al Distrito deberá estar en posibilidad de ser utilizada como herramienta en la elaboración de censos o consultas a la comunidad.

ARTICULO 11°.- Las empresas que desarrollen e implementen este programa podrán celebrar y ejecutar todos los contratos y operaciones necesarias o convenientes para lograr su objeto social, como también contratar con el sector público y privado al igual que con entidades sin ánimo de lucro y ONG´s. Las empresas escogidas deberán acreditar la propiedad del software que se utilizará para el desarrollo del Proyecto, su operación deberá estar avalada o respaldada por las licencias correspondientes y no deberán estar incursas al igual que sus socios, en ninguna inhabilidad tanto en Colombia como en el exterior.

ARTICULO 12°.- La Secretaría de Gobierno Distrital, La Secretaría de Educación, La Lotería de Bogotá, La Empresa de Teléfonos de Bogotá, La Empresa de Acueducto de Bogotá y la Secretaría General de la Alcaldía Mayor conformarán un Comité Coordinador para el cumplimiento de este acuerdo.

Parágrafo Único. El Comité Coordinador para el pleno establecimiento de sus funciones tendrá 90 días a partir de la vigencia del presente acuerdo para diseñar y aprobar los siguientes aspectos:

  1. Identificar sus funciones
  2. Diseñar un plan de inversiones que recomendará a las entidades involucradas para la elaboración de sus presupuestos anuales y que tendrán como base el Plan de Desarrollo vigente.
  3. Elaborar sus estatutos y procesos de funcionamiento.

ARTICULO 13°.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.