Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 154 de 2005 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
22/06/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/06/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3346 de junio 22 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 154 DE 2005 

(Junio 22)

"POR EL CUAL SE DECLARA ACTIVIDAD DE INTERÉS CULTURAL LOS "MERCADOS DE LAS PULGAS", QUE SE REALIZAN EN BOGOTA"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.,

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993 en su artículo 12, numeral 13 y

CONSIDERANDO:

1. Que durante los últimos veinticinco años se viene realizando en la ciudad de Bogotá, D.C. una actividad de carácter cultural y turística de gran tradición en la ciudad, denominada comúnmente el mercado de las pulgas, con una multitudinaria participación de ciudadanos y ciudadanas y de gran atractivo para los visitantes,

2. Que es deber del Estado y de las entidades territoriales impulsar y estimular los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación Colombiana,

3. Que es deber del Estado la preservación del patrimonio cultural de la Nación y el apoyo y el estímulo a las personas, comunidades e instituciones que desarrollen o promuevan las expresiones artísticas y culturales, en el ámbito local, regional y nacional,

4. Que el desarrollo económico y social deberá articularse estrechamente con el desarrollo cultural,

Ver Proyectos de Acuerdo 194 y 239 de 2004 Concejo de Bogotá, D.C.

ACUERDA:

ARTÍCULO  PRIMERO:  Adicionado por el art. 1, Acuerdo Distrital 544 de 2013. Declárese de interés cultural la actividad que realizan los "mercados de las pulgas", Asociación Mercados San alejo y Asociación de Expositores Toldos de San Pelayo, en la ciudad de Bogotá.

ARTÍCULO  SEGUNDO: El Instituto Distrital de Cultura y Turismo .IDCT- y las demás entidades distritales y locales pertinentes, velarán, apoyarán, conforme a sus competencias y disponibilidad presupuestal, por la conservación, estimulo y divulgación de la actividad cultural y económica de estos "mercados de las pulgas" teniendo en cuenta la normatividad vigente.

ARTÍCULO TERCERO: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

HIPOLITO MORENO GUTIERREZ

Presidente

Presidente Secretario de despacho

LUIS EDUARDO GARZON

Alcalde Mayor de Bogotá. D. C.

Junio 22 de 2005