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Proyecto de Acuerdo 241 de 2005 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
19/07/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/07/2005
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No

PROYECTO DE ACUERDO No. 241 DE 2005

"POR MEDIO DEL CUAL SE OTORGAN INCENTIVOS EN LA UNIVERSIDAD DISTRITAL "FRANCISCO JOSE DE CALDAS" A LOS 100 MEJORES ESTUDIANTES DE ESTRATOS 1 Y 2 DEL SISBEN QUE OBTENGAN LOS MAS ALTOS PUNTAJES DEL ICFES"

I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En Bogotá los niveles de escolaridad se han incrementado notablemente durante los últimos 30 años, ubicándola en una posición semejante a la de las grandes capitales del mundo.

En esta ciudad los jóvenes bachilleres estudiantes de los estratos 1 y 2, no tienen la misma oportunidad de ingresar a la Universidad y menos aún, sostenerse económicamente para llevar hasta su culminación una carrera profesional.

Las circunstancias económicas que han golpeado a nuestro país en los últimos 5 años y en especial al Distrito Capital, han deteriorado notablemente las condiciones socioeconómicas de la población perteneciente a los estratos 1 y 2, hecho que hace más difícil el acceso a la educación superior de los jóvenes de estos sectores de la población en condiciones de pobreza y vulnerabilidad.

Según las cifras oficiales, entre los años 2000-2002 se trasladaron dentro de estos mismos estratos, 58.197 estudiantes de la educación privada a la pública, por problemas económicos1. Esta situación obliga a la mayoría de estas personas a ingresar sin elementos suficientes en el mercado laboral o a incrementar las filas de la informalidad (un 58% de la Población Económicamente Activa .PEA- en Bogotá), o el desempleo (un 15% promedio en años recientes o 23% en la población entre 18 y 24 años).

De acuerdo con las estadísticas divulgadas, durante el primer semestre del año 2001, se presentaron a las pruebas de Estado en Bogotá2, 12.351 bachilleres y 9.400 estudiantes de grado 11. En agosto (segundo semestre) lo hicieron 9.197 bachilleres y 69.082 estudiantes del último grado de media vocacional. De ellos sólo el 21% ingresó a primer semestre en carreras profesionales, técnicas o tecnológicas en el período lectivo siguiente.

Del total de los evaluados en las pruebas, en el primer semestre de 2001, el 51% de los graduados y el 54% de los que cursaban grado 11, aspiraban a ingresar a universidades públicas. En el segundo semestre del 2001, este porcentaje se incrementó a 59 y 77% respectivamente (ver cuadro 1). En el año 2002, el 15% de la población en edad escolar, 243.431 jóvenes, cursaban educación media vocacional3, lo que supone un incremento notable del número de aspirantes a la educación pública superior.

Cuadro 1.

Preferencia de los examinados en pruebas de Estado, para su ingreso a la educación superior oficial (2001)

I semestre4

 

Bachill. Anteriores

Est. Grado 11

Total

U. Nal. de Bogotá

3.931

3.894

7.825

U. Distrital

1.287

342

1.629

U. Pedag. Nal

677

356

1.033

Sena

415

509

924

II semestre

 

Bachill. Anteriores

Est. Grado 11

Total

U. Nal. de Bogotá

3.748

43.324

47.072

U. Distrital

806

4.043

4.849

U. Pedag. Nal

543

3.153

3.696

Sena

380

2.842

3.222

La anterior información demuestra la preferencia de los aspirantes a continuar su formación profesional en universidades públicas del Distrito Capital. La búsqueda de esta opción es más notoria entre los estratos 1 y 2; claro está, que buena parte de los jóvenes provenientes de estos sectores, aún cumpliendo los puntajes y los requisitos exigidos, se ven obligados a desistir de la idea de iniciar sus estudios profesionales.

A la conclusión anterior llegaron algunos investigadores de la Universidad Nacional5, al analizar las condiciones socioeconómicas de los admitidos en el año 2001 en este centro educativo estatal, teniendo en cuenta los ingresos familiares y los gastos precedentes en la sostenibilidad al adelantar sus estudios, como lo muestran los cuadros 2 y 3.

Cuadro 2

Valor mediano de los ingresos familiares por estrato y semestre (2001)

Estudiantes Universidad Nacional sede Bogotá.

Vr. en salarios mínimos6

Estratos

I

II

III

IV

V

VI

No tiene

I semestre

1,47

1,81

3.09

5,83

8,72

4,69

1,01

II semestre

1,10

1,68

2,77

5,08

9,62

7,39

0,92

De acuerdo a los ingresos familiares reportados, el sostenimiento de los estudiantes sin estrato o de estratos 1 y 2, es difícil debido a los bajos ingresos económicos de sus familias o de las personas que se hacen responsables de colaborar con su educación.

En alguna medida el haber logrado el título de bachilleres se debió a la posibilidad que les brindaron los bajos costos en la educación secundaria como se muestra a continuación (cuadro No. 3).

Cuadro 37

Valor mediano de pensión grado 11, expresada en millones de pesos, por estrato y semestre en el 2001 para estudiantes admitidos de la Univ. Nal. sede Bogotá.

Estratos

I

II

III

IV

V

VI

No tiene

I semestre

0,015

0,027

0,135

0,392

0,639

0,609

0,010

II semestre

0,012

0,023

0,068

0,381

0,671

0,617

0,006

Valor mediano de pensión grado 11, expresada en miles de pesos, por estrato y semestre en el 2001, en colegios oficiales, para estudiantes admitidos de la Univ. Nal. sede Bogotá.

Estratos

I

II

III

IV

V

VI

No tiene

I semestre

0,012

0,013

0,015

0,020

0,019

0,009

0,013

II semestre

0,008

0,013

0,015

0,012

0.006

0,006

0,013

Valor mediano de pensión grado 11, expresada en miles de pesos, por estrato y semestre en el 2001, en colegios privados, para estudiantes admitidos de la Univ. Nal. sede Bogotá.

Estratos

I

II

III

IV

V

VI

No tiene

I semestre

0,128

0,226

0,344

0,525

0,707

0,742

---

II semestre

0,194

0,212

0,289

0,530

0,699

0,719

0,196

Las anteriores estadísticas, a pesar de ser un estudio parcial y específico para la Universidad Nacional, permiten suponer que una buena parte de los talentos y capacidades de los mejores bachilleres de la ciudad no se tienen en cuenta para su ingreso en las universidades u otros centros de educación superior del Distrito Capital.

Como elemento adicional se puede colegir que una buena proporción de estudiantes no llega a terminar su ciclo de formación. Las cifras recientes muestran como un 4.5% para la educación oficial y 3.5% para la privada se retiraron durante el año 2002, lo que significó que 63.000 alumnos no continuaron sus estudios.

Además, de un total de 100 estudiantes matriculados, solamente 58 culminan el ciclo de formación, 27 lo hacen en el tiempo previsto de 11 años, 20 en 13 años y 11 en 16 años8. De acuerdo a esta circunstancia, se hace necesario que a nivel Distrital se establezcan estímulos que incrementen el deseo de ingresar y permanecer en las aulas de la educación superior pública, de los estudiantes bachilleres pertenecientes a los estratos 1 y 2.

II. NECESIDAD

Es clara la necesidad de fomentar el ingreso a la educación pública superior, de los estudiantes de bajos recursos que no pueden ingresar, ni permanecer en las Universidades Públicas y menos aún en las privadas.

De acuerdo a las estadísticas reflejadas en los cuadros presentados, los estudiantes bachilleres pertenecientes a estratos 1 y 2, desean acceder a la Universidad y adelantar estudios superiores, pero encuentran un gran obstáculo al no contar con recursos económicos para su ingreso y continuidad en las Universidades de la ciudad, debiendo conformarse con ser bachilleres.

Hecho que coloca en desventaja a los estudiantes de estratos 1 y 2, frente a los estudiantes pertenecientes a los estratos 3, 4, 5 y 6, al no lograr acceder y mantenerse en el sistema educativo público de nivel superior, toda vez que las circunstancias de supervivencia de sus familias son cada día mas precarias, dada su situación social, económica y laboral, que en la mayoría de los casos es informal.

El artículo 13 de la Constitución Política, estableció el derecho a la igualdad en los siguientes términos:

"Todas las personas nacen libres e iguales ate la Ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozaran de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar. lengua, religión, opinión eolítica o filosófica.

El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas a favor de grupos discriminados o marginados.

El Estado protegeré especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan".

El Fondo Distrital de Financiación de los mejores bachilleres de estrato 1 y 2 de Bogotá, ha beneficiado hasta el año 2001 a 258 estudiantes en cuatro convocatorias realizadas, dentro de las nueve (9) universidades en convenio de cooperación, con la Secretaría de Educación Distrital (Universidad Nacional de Colombia, Universidad Externado de Colombia, Universidad de la Salle, Universidad Jorge Tadeo Lozano, Universidad Santo Tomás, Escuela Colombiana de Ingeniería, Universidad Javeriana, Universidad de los Andes y Universidad del Rosario).

De otro lado, para los años 2002 y 2003, debido al recorte presupuestal en todas las Instituciones Distritales, no se han realizado convocatorias para aumentar el número de beneficiarios del Fondo Distrital de Financiación de los mejores bachilleres de los estratos 1 y 2 de Bogotá.

A través del Acuerdo 37 de 1999, el Concejo de Bogotá, creo el Fondo Distrital para la Financiación de la Educación Superior de los mejores bachilleres de los estratos 1 y 2 y facultó a la Secretaría de Educación Distrital para establecer convenios con las Universidades y creó el fondo dependiente de la Secretaría de Educación Distrital.

El Acuerdo 02 del 5 de julio de 2002, adoptó el Reglamento de Crédito del Fondo Distrital para la financiación de la Educación Superior de los mejores bachilleres de estratos 1 y 2 estableciendo la financiación de la Educación Superior al otorgar créditos educativos con amortización de intereses a los mejores bachilleres de los estratos 1 y 2 de Bogotá.

El Decreto 922 del 18 de diciembre de 2001, reglamentó el funcionamiento del Fondo Distrital para la financiación de la Educación Superior de los mejores bachilleres de estratos 1 y 2.

El Acuerdo 01 del 26 de junio de 2002, adoptó el reglamento de la Junta del Fondo Distrital para la financiación de la Educación superior de los mejores bachilleres de estratos 1 y 2 del Distrito Capital.

Debido a la situación socioeconómica, los jóvenes estudiantes provenientes de los estratos 1 y 2, se ven altamente limitados al no poder acceder a una formación profesional o en la educación técnica o tecnológica.

A la fecha no se ha establecido un estímulo real y efectivo, para los mejores talentos y rendimientos estudiantiles por parte de la Administración Distrital, a los estudiantes de estratos 1 y 2, que garantice no solo la admisión a la Universidad sino su permanencia, con una matrícula gratuita por todo el período académico hasta su culminación.

De acuerdo a las estadísticas de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, son muchas las personas de estratos 1 y 2, que no tienen la posibilidad de terminar sus estudios a causa de su precaria condición económica efectivamente, algunos pertenecientes a estos estratos, ingresan a la Universidad pero no pueden sostenerse y adelantar hasta su culminación su carrera profesional, teniendo que en muchos casos retirarse y perder la oportunidad de estudiar.

III. OBJETO DEL PROYECTO

El objetivo del presente proyecto de acuerdo es otorgar un incentivo educativo a los 50 mejores estudiantes del último grado de educación media de Colegios de Bogotá, reconocidos por la Secretaría de Educación del Distrito Capital, pertenecientes a los estratos 1 y 2 de la población sisbenizada, que hayan obtenido los 100 mejores puntajes en la prueba de estado del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES, consistente en la admisión y matrícula gratuita a los programas de formación profesional y tecnológica durante la carrera en la Universidad Distrital "Francisco José de Caldas", en proporción a sus programas académicos.

Honorables Concejales, en nuestras manos está la decisión de aprobar este proyecto que beneficie a una población desfavorecida por circunstancias sociales y económicas, incentivando a los 100 mejores estudiantes por año en nuestro Distrito Capital, para declarar a través de este documento, la igualdad real y efectiva que proclama la Constitución Política de Colombia.

IV. MARCO LEGAL

Artículos 13,45, 67,69 de la Constitución Política.

Articulo 13: " Todas las personas nacen libres e iguales ante la Ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas a favor de grupos discriminados o marginados.

El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan".

Artículo 45: "El adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral. El estado y la sociedad garantizan la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud".

Artículo 67: "La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y los demás bienes y valores de la cultura.

La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.

El Estado la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica

La educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes pueden sufragarlos.

Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo.

La Nación y las entidades territoriales participarán en la dirección, financiación y administración de los servicios educativos estatales, en los términos que señalen la Constitución y la ley".

Artículo 69: "Se garantiza la autonomía universitaria.... El estado facilitará mecanismos financieros que hagan posible el acceso de todas las personas aptas a la educación superior".

Ley 30 de 1992

Artículo 86: "Las universidades estatales u oficiales recibirán anualmente aportes de los presupuestos nacional y de las entidades territoriales, que signifiquen siempre un incremento en pesos constantes, tomando como base los presupuestos de rentas y gastos, vigentes a partir de 1993".

Ley 15 de 1994

Artículo 99: "Puntajes altos en los exámenes de Estado. A los 50 estudiantes de último grado de educación media que anualmente obtengan los mas altos puntajes de los exámenes de Estado, realizados por el Instituto Colombiano para el fomento de la educación superior, ICFES, se les garantizará el ingreso a programas de educación superior en instituciones del Estado. De igual beneficio gozarán los estudiantes de último grado de educación media que ocupen los dos primeros lugares en cada uno de los departamentos, según las mismas pruebas.

De todos estos, quienes comprueben escasos recursos económicos serán, además beneficiarios de subsidios educativos especiales, otorgados por la Nación".

Artículo 150:"Competencias de asambleas y concejos. La asambleas departamentales y los concejos Distritales y municipales, respectivamente, regulan la educación dentro de su jurisdicción en los términos de la Ley 60 de 1993 y la presente ley.

Los gobernadores y alcaldes ejercerán, en relación con la educación, las facultades que la Constitución Política y las leyes les otorgan".

Artículo 185:" Líneas de crédito, estímulos y apoyo. El Estado establecerá líneas de crédito, estímulos y apoyos para los establecimientos educativos estatales y privados con destino a programas de ampliación de cobertura educativa, construcción, adecuación de planta física, instalaciones deportivas y artísticas, material y, equipo pedagógico...".

V. VIABILIDAD FINANCIERA

Teniendo en cuenta que la Universidad Francisco José de Caldas, es un ente autónomo de carácter Distrital, con personería jurídica, gobierno, rentas y patrimonio propio e independiente, constituido totalmente con bienes o fondos públicos comunes y por el producto de impuestos, tasas o contribuciones y venta de servicios, es viable financieramente que la institución universitaria admita y matricule durante toda la carrera de forma gratuita a los 100 mejores estudiantes de Bogotá, pertenecientes a los estratos 1 y 2, de acuerdo al resultado del examen de estado del ICFES.

COSTO DEL PROYECTO

NUMERO DE BECAS PROYECTADAS

100

COSTO ESTUDIANTE POR AÑO

2.810.041

COSTO ESTUDIANTE POR SEMESTRE

1.405.020

COSTO PROYECTO POR AÑO

281.004.100

PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS 2004

UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS

PESOS $

CONCEPTO

PRESUPUESTO 2004

2

INGRESOS

 

 

 

2_1

INGRESOS CORRIENTES

13.591.081.964

2_2

TRANSFERENCIAS

 

88.385.280.962

2_2_1

NACION

 

13.898.443.498

2_2_1_05

OTRAS TRANSFERENCIAS NACION

13.898.443.498

2_2_4

ADMINISTRACION CENTRAL

74.486.837.464

2_2_4_01

APORTE ORDINARIO

 

74.486.837.464

2_4

RECURSOS DE CAPITAL

2.414.847.291

 

TOTAL INGRESOS

104.391.210.217

Cordialmente,

YAMILE MEDINA MEDINA

Concejal de Bogotá

Bogotá D.C 19 de julio de 2005

Doctor

PEDRO ALEJANDRO FRANCO GOMEZ

Secretario General

Concejo de Bogotá D. C.

Ciudad

REF: Radicación Proyecto de Acuerdo

Respetado Doctor:

De conformidad con las facultades otorgadas en el Reglamento Interno del Concejo, me permito presentar y radicar junto con la exposición de motivos y el articulado, el proyecto de acuerdo "POR MEDIO DEL CUAL SE OTORGAN INCENTIVOS EN LA UNIVERSIDAD DISTRITAL "FRANCISCO JOSE DE CALDAS" A LOS 100 MEJORES ESTUDIANTES DE ESTRATOS 1 Y 2 DEL SISBEN QUE OBTENGAN LOS MAS ALTOS PUNTAJES DEL ICFES", para su correspondiente trámite, estudio y aprobación.

Cordialmente,

YAMILE MEDINA MEDINA

Concejal de Bogotá D.C.

PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIÓN 2004

UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS

PESOS $

CONCEPTO

PRESUPUESTO

RECURSOS ADMINISTRADOS (1)

APORTES DISTRITO (2)

TOTAL (3)=(1)+(2)

3

GASTOS

 

 

 

3_1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

27.699.457.679

74.260.196.048

101.959.653.727

3_1_4

DEFICIT COMPROMISOS VIGENCIA ANTERIOR

0

0

0

3_1_5

PASIVOS EXIGIBLES

0

0

0

3_2

SERVICIO DE LA DEUDA

679.924

226.641.416

227.321.340

3_2_6

DEFICIT COMPROMISOS VIGENCIA ANTERIOR

0

0

0

3_2_7

PASIVOS EXIGIBLES

0

0

0

3_3

INVERSIÓN

2.204.235.150

2.204.235.150

3_3_3

DEFICIT COMPROMISOS VIGENCIA ANTERIOR

0

0

0

3_3_4

PASIVOS EXIGIBLES

0

0

0

 

TOTAL GASTOS E INVERSIÓN

29.904.372.753

74.486.837.464

104.391.210.217

Fuente: Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - PREDIS

PROYECTO DE ACUERDO No. ____ DE 2005

"POR MEDIO DEL CUAL SE OTORGAN INCENTIVOS EN LA UNIVERSIDAD DISTRITAL "FRANCISCO JOSE DE CALDAS" A LOS 100 MEJORES ESTUDIANTES DE ESTRATOS 1 Y 2 DEL SISBEN QUE OBTENGAN LOS MAS ALTOS PUNTAJES DEL ICFES"

El Concejo de Bogotá D. C., en uso de sus facultades Constitucionales y Legales y en especial las que le confiere el numeral 1o. del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1.993.

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO.- La Universidad Distrital "Francisco José de Caldas", otorgará anualmente la matricula gratuita en los programas de formación profesional y tecnológica, a los 100 mejores estudiantes que obtengan los puntajes mas altos del examen de Estado realizado por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES, que pertenezcan a los estratos 1 y 2 del SISBEN.

ARTICULO SEGUNDO.- El incentivo se otorgará eximiendo del pago de matrícula durante la carrera, siempre que el estudiante beneficiario cumpla con los requisitos académicos exigidos por la Universidad Distrital "Francisco José de Caldas" y mantenga el promedio académico requerido en cada programa.

ARTICULO TERCERO.- La Secretaría de Educación Distrital, al finalizar cada período académico, notificará a los estudiantes beneficiados, que de acuerdo a los resultados de las pruebas de Estado, puedan hacer uso de este incentivo.

ARTICULO CUARTO: El Alcalde Mayor de Bogotá, reglamentará el proceso de ingreso y permanencia de los estudiantes beneficiados con el incentivo señalado en este acuerdo, en coordinación con La Secretaria de Educación Distrital y la Universidad Distrital "Francisco José de Caldas".

ARTÍCULO QUINTO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

NOTAS DE PIE DE PÁGINA:

1 Contraloría de Bogotá. Calidad y cobertura de la educación en Bogotá. Colección de informes sectoriales. 2003.

2 Fuente. Estadísticas del Servicio Nacional de Pruebas. 2002.

3 Contraloría Distrital. Ibid.

4 Servicio Nacional de Pruebas. Ibid. 2002.

5 Pérez, Hesper Eduardo; Laguado, Arturo Claudio; Martínez, Adriana. "Perfil socioeconómico de los estudiantes de la Universidad Nacional". En Estadísticas e indicadores de la Universidad Nacional de Colombia, 2001. Rev. De la Oficina Nal de Planeación, No 5-6. Págs. 189 a 232.

6 Pérez et al. Ibid.

7 Pérez, et al. Ibid.

8 Secretaría de Educación Distrital (SED). Cuenta Anual 2002.